viernes, 6 de junio de 2014

REVELACION DE LOS AUDITORES DE LA CDEE EN RELACION A ESTOS CONTRATOS

SANTO DOMINGO,R.D.- Smith Enron Cogeneration Limited International, Inc. 
Contrato del 26 de julio de 1993, con duración de 22 años, con enmiendas firmadas el 

2 de noviembre de 1993, el 10 de noviembre de 1994 y el 29 de septiembre de 1999, 

en lo cual se establece lo siguiente: 
 
♦ Suministrar a la CDEEE una capacidad mensual de 170 mega wat-hora.
♦ Smith Enron facturará mensualmente a la CDEEE por los siguientes 
conceptos:
 
• Cargos por energía, que está compuesto por la energía suministrada por la 
cual será calculada utilizando las formulas incluidas en el contrato.
 
• Cargos por capacidad instalada, la cual será calculada utilizando las 
formulas incluidas en el contrato.
 
• Cargos mensuales de operación y mantenimiento, el cual será calculada 
utilizando las formulas incluidas en el contrato.
 
• Los saldos vencidos entre CDEEE y Smith Enron devengan un interés sobre el saldo insoluto equivalente a un 10%.

Durante el año 2009, Smith Enron facturó a la CDEEE bajo los términos de este contrato aproximadamente US$174,000,000, los cuales se encuentran registrados como parte de los costos de ventas e intereses pagados en el estado de resultados que se acompaña.
Al 31 de diciembre de 2009, la CDEEE mantiene una litis judicial con esta empresa, 
relacionada con los términos de contrato de venta de energía.

5. Compañía de Electricidad de San Pedro de Macorís “Cogentrix”Contrato firmado el 16 de septiembre de 1998 con duración de 20 años. Este contrato fue puesto en ejecución en fecha 1ro. de marzo de 2002. La capacidad de la planta es de 295 MW y está compuesta por tres (3) unidades.
Esta compañía facturará mensualmente a la CDEEE por los siguientes conceptos:

• Cargo por capacidad que refleja el costo fijo de la vendedora por el desarrollo, construcción,
financiamiento y operación del proyecto. El cargo por capacidad se establecerá cada año de facturación en US$/Kw/mes, según las especificaciones de una tabla de cálculo anexa al contrato.

• Cargo por energía que está compuesto por el cargo por O&M variable que es igual a US$0.003681/Kw/h indexado anualmente por el índice de precio implícito desinflado del producto doméstico bruto de los Estados Unidos y el precio de compensación de combustible el cual se determinará de acuerdo a lo expresado en el contrato y será ajustado mensualmente por el porcentaje de cambio en el precio aplicable por combustible sobre el precio base.

• Cargo por arranque en frío, equivalente a US$4,000 por cada arranque.

• Cargo por energía comprada a la CDEEE, el cual es un valor negativo que se le resta a la factura y corresponde al pago de “Cogentrix” a la CDEEE por su consumo propio de energía.
Durante el año 2009, Cogentrix ha factura a la CDEEE bajo los términos de este contrato aproximadamente US$126,000,000, los cuales se encuentran registrados como parte de los costos de ventas e intereses pagados en el estado de resultados que se acompaña.
Al 31 de diciembre de 2009, la CDEEE mantiene una litis judicial con esta empresa, relacionada con los términos de contrato de venta de energía.

http://ramonf2004.blogspot.com/2013/07/cdee-y-contratos-ipp-cogentrix-y-smith.html

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