Mostrando entradas con la etiqueta ANACO. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta ANACO. Mostrar todas las entradas

sábado, 8 de octubre de 2016

Critica se quiera imponer tarifa eléctrica que perjudicaría a clientes de menor consumo



SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Director de la Comisión de Energía del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Antonio Almonte, consideró injusto que se pretenda imponer una tarifa de electricidad que en la práctica eliminaría la diferencia de precio por nivel de consumo.
Explicó que se ponerse en práctica esa modalidad de tarifa, sería el fin del subsidio que en la actualidad pagan los clientes de alto consumo a favor de los de menor consumo.
Según explicó la implementación de la nueva tarifa técnica tendría un impacto terrible en lo que ha sido el modelo actual, debido a que representaría un aumento de más del 80 por ciento en la tarifa a sectores de escasos recursos y una reducción en un 25 por ciento a favor de los grandes consumidores.
Asimismo, consideró que la tarifa de electricidad en República Dominicana se maneja de manera “despótica y autoritaria”, ya que pese a que los costos del combustible y de generación descendieron cerca del 40 por ciento del 2014 a la fecha, el precio para los consumidores no ha descendido.
Aseguró que se ha tomado una decisión basada en el interés político, para sustentar una “política clientelar que ha funcionado durante décadas”.
“Si buscamos ahora el informe de desempeño de las empresas distribuidoras nos daremos cuenta que a través de la tarifa eléctrica la gente está pagando los dispendios y designaciones politiqueras del Gobierno, que tienen costos impresentables”, reprochó Almonte.
Apuntó que un estudio basado en la Ley General de Electricidad, en su artículo 115, solicitado por la Superintendencia de Electricidad y elaborado por la firma chilena INECON, señala que la tarifa eléctrica debe revalidarse cada 4 años mediante estudio de costos, mandato que no se cumple.
Consideró que el Gobierno no desea implementar la tarifa técnica propuesta por INECON, debido a que se desmontarían los elevados costos operacionales anuales de las empresas distribuidoras de electricidad.
Subrayó que sólo en el caso de Edesur, los costos deberían ser de 18 millones de dólares al año, y en la actualidad sobrepasan los 100 millones de dólares.


http://acento.com.do/2016/economia/8390147-ingeniero-almonte-critica-se-quiera-imponer-tarifa-electrica-perjudicaria-clientes-menor-consumo/

viernes, 7 de octubre de 2016

Tricom aumenta tarifa debido al comportamiento del mercado en R.D.




SANTO DOMINGO.- La empresa de telecomunicaciones Tricom explicó este martes que se vio en la obligación de aplicar un reajuste en la tarifa de algunos de sus servicios, debido a que no lo hacía desde el año 2012, a pesar de los cambios experimentados en el mercado.
Mediante un comunicado, la empresa precisó que hay dos incrementos, uno de 50 pesos y otro de RD$100 y agregó que ambos fueron notificados previamente a los clientes de los planes.
“En cumplimiento con las normas del Mercado, Tricom informa, con el tiempo de antelación establecido, la medida de aumento de precio en los planes de sus clientes abonados al plan básico, el cual tiene un incremento solo de RD$50.00 mensuales en la renta y para los clientes en los planes empaquetados de Triple Play, un incremento de RD100.00 mensuales”, se lee en parte del comunicado.
La empresa señaló que en el caso de los clientes que recibieron la notificación de incremento de RD100.00 también se les comunicó la inclusión de una medida de valor para estos la cual consiste en que Tricom a partir de la fecha estará beneficiándole con 20 minutos para llamadas telefónicas (sin costo) a móviles de la competencia. Esto dentro de su plan sin costo adicional.
LA reacción de Tricom es en respuesta a una publicación del corresponsal de El Nuevo Diario en Santiago, quien reprodujo las alegadas quejas de los usuarios que supuestamente se habían mostrado inconformes con las alzas.
“No se trata de una penalización al cliente como indica el articulo Nuevo Diario Santiago, es un ajuste de precio que contempla seguir siendo competitivos en base a que prevalezca la relación costo – beneficio o valor agregado para el cliente”, concluyó la telefónica.


http://www.elnuevodiario.com.do/app/article.aspx?id=501065

martes, 16 de agosto de 2016

invertir los recursos públicos en R.D.



SIE: La Superintendencia de Electricidad cuenta con tres miembros. El gasto mensual en esta entidad es de RD$1.5 millón, para un total anual de RD$19.3 millones.

Edenorte: Con un consejo compuesto por siete miembros, el gasto mensual es de RD$1.4 millones, igual a un monto anual de RD$189.2 millones.

Edesur: Sin duda la principal de las tres distribuidoras. Su consejo cuesta RD$1.7 millón al mes, lo que equivalen a RD$22.9 millones cada año.

Edeeste: El consejo de esta distribuidora, que al igual que las otras dos es de siete miembros, cuesta RD$1.1 millón al mes, para un total anual de RD$13.9 millones.

CDEEE: La institución líder del sector eléctrico cuenta con un consejo de ocho miembros, cuyo costo mensual es RD$1.6 millón, menor que el de ETE y Edesur.

ETED: Con el consejo más poblado, con nueve miembros, esta estructura le cuesta mensualmente al Estado RD$1.7 millón, para un total al año de RD$22.9 millones.

UERS: Aunque es una unidad operativa dentro de la CDEEE, esta estructura cuenta con un consejo de seis miembros (Decreto dice 7) que cuesta RD$1.1 millón mensual.


http://www.eldinero.com.do/26726/para-que-han-servido-los-consejos-de-administracion-del-sector-electrico/

jueves, 11 de agosto de 2016

Revisión de la tarifa eléctrica perjudicaría al consumidor final

SANTO DOMINGO,R.D.- El comentarista Carlos Peña externó su preocupación este miércoles porque nuevamente se sentarán en la mesa del diálogo los principales actores del Pacto Eléctrico para tratar el tema de la tarifa al consumidor final, entendiendo que los empresarios pretenden se transfiera directamente al consumidor cualquier incremento que sufran sus costos de producción.
Para Carlos Peña cada decisión que se tome terminará pagándola el pueblo dominicano, “como siempre ha sucedido, las buenas o malas decisiones terminan impactando al eslabón más vulnerable de la cadena”.
“Hoy se tratará el tema de la tarifa eléctrica, la que recibe el cliente final. Este pliego de precio de valores tanto al kilovatio hora, como a la potencia, viene dada y calculada en función de unos precios de bases de energía a los que las generadoras le venden a las distribuidoras; esos precios bases, que es sobre los cuales se coloca la indexación del combustible y del IPC (índice de precio al consumidor), la indexación por el tipo de cambio porque la tasa del dólar influye en el precio, y la indexación que tiene que ver con el valor agregado de distribución y todo lo demás”, explicó.
Pero Carlos Peña entiende que el origen de los precios base están viciados, en palabras llanas, el precio al que las generadoras le venden a las distribuidoras no se corresponde con la realidad.
“Aquí no se ha realizado auditoría de costos de generación, no se ha realizado tampoco una evaluación de los costos reales en los que incurren los generadores para saber si es cierto que el precio al que están vendiendo el kilovatio hora y que ellos dicen que les cuesta producir se corresponde con la realidad, entonces  a partir de ahí no me pueden hablar de tarifa justa, no existe esa tarifa justa”, manifestó.
El tema a tratar hoy será de la tarifa técnica, que explicado por Peña es el procedimiento o transformación directa con el que se pretende transferir de manera directa al consumidor los supuestos costos de producción en los que se incurre para entregar al cliente un kilovatio hora.
Agregó que actualmente no se transfiere ese costo al consumidor final porque existe el subsidio en la tarifa eléctrica, “el Estado dominicano ha subsidiado el costo de producción a las generadoras, absorbe parte de las tarifas y es ahí donde inicia el déficit del sector eléctrico”.
En palabras de Carlos Peña, a pesar de lo cara que es en República Dominicana, la tarifa es subsidiada, sin embargo cuestiona ¿Por qué se ve todo ese cuadro fantasmagórico e infernal? La respuesta la da él mismo: “porque el precio base no está hablando la verdad, no se acopla a la realidad de la producción, el precio base sobre el cual se están colocando los valores agregados de distribución, comercialización y de transmisión no son realidades”.
En ese sentido hizo un llamado al mediador del Pacto Eléctrico, Agripino Núñez Collado, para que sean tocadas la base y la raíz y se sinceren y transparenten los costos de producción.
“Tengan cuidado con legitimar cosas, hoy hablarán de la tarifa técnica ¿y con esa tarifa técnica que hacen? Eliminan el subsidio, al eliminarlo le pudiera subir la  tarifa entre un 20 y 30% y cuidado y entonces desaparece lo que se conoce como el Fondo de Estabilización de la Tarifa Eléctrica”, puntualizó.
Con toda responsabilidad Peña afirma que la intención de los empresarios consiste en que es que si sube el combustible en el mercado internacional, se le transfiera al consumidor final la tarifa eléctrica.
Pero ¿Sobre cuál base? Cuestiona, sobre un precio base abultado, que no se corresponde con la realidad, “entonces hoy antes de hablar sugiero a los integrantes del Pacto Eléctrico en especial a los que representan al Gobierno que aborden ese tema, transparenten los costos porque hay plantas que tienen niveles de ineficiencia y esos niveles quieren transferirlos al sector eléctrico”
“Antes de hablar de hablar de tarifa al consumidor final háblenme de los costos reales en la producción del kilovatio hora”, finalizó.


http://z101digital.com/app/article.aspx?id=187936

viernes, 24 de junio de 2016

Es ilegal forma en que se calcula precios combustibles en R.D.



SANTO DOMINGO,R.D.- La directora ejecutiva de la Fundación por los Derechos del Consumidor (Fundecom), Alfonsina Cuesta, consideró este jueves que es ilegal la forma en que se ha ido calculando cada semana los precios de los combustibles. 
Al ser entrevistada por la vía telefónica en el programa “En la Mira”, de Fidelity, Cuesta manifestó que los precios de los combustibles no deberían variar semanalmente porque los factores a tomar en cuenta no cambian tan drásticamente. 
Indicó que hace unos años cuando el dólar estaba a 50 pesos y el barril de petróleo por encima de los 100 dólares los precios de los combustibles en el país eran más baratos que en la actualidad. 
Sostuvo que a diferencia de República Dominicana la baja registrada en los últimos meses en el precio del petróleo en el mercado internacional se ha reflejado en la mayoría de los países de la región. 
“El precio del petróleo ha impactado a países hermanos de la región y todos han tenido una reducción significativa en los precios de los combustibles”, manifestó. 
Cuesta dijo que hace un tiempo se depositó una instancia ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), el cual dictó una sentencia favorable para que el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) explique la fórmula usada para variar los precios de los combustibles, pero que aún no la han entregado.
“En la actualidad no se está siendo transparente con los precios de los combustibles”, resaltó Cuesta. 
Agregó que los combustibles constituyen un elemento que incide en la canasta familiar de la población, ya que los alimentos son transportados en vehículos, los cuales a la vez usan combustibles. 
El programa “En la Mira” se transmite de lunes a viernes de 5:00 pm a 7:00 pm por la emisora Fidelity 94.1 FM y es conducido por las periodistas Edith Febles y Amelia Deschamps.

http://z101digital.com/app/article.aspx?id=186276

miércoles, 1 de junio de 2016

Tarifa eléctrica no subirá en el mes junio 2016



SANTO DOMINGO,R.D.- La Superintendencia de Electricidad, luego de emitir la Resolución SIE-035-2016-TF, informa que en el mes de junio la Tarifa Eléctrica para los usuarios del servicio público se mantendrá inalterable.
La Superintendencia también reportó el comportamiento que presentaron las variables que determinan la tarifa eléctrica indexada: el Fuel Oil No. 6 registró un aumento de 9.6% al pasar de US$23.6409/Bbl a US$25.9105/Bbl; el Gas Natural disminuyó de US$1.9784/MMBTU a US$1.7915/MMBTU; el Carbón Mineral se mantuvo en US$50.32/ton, mientras que la Tasa de Cambio Promedio Mensual aumentó de RD$45.8440 a RD$45.8850 por dólar.
Como resultado de las variaciones antes citadas, la tarifa indexada para junio 2016 experimentó un aumento de 1.54% respecto a la de mayo, y la brecha tarifaria fue de -9.61%.
Como el Artículo 8 del Decreto 302-03, que creó el Fondo de Estabilización de la Tarifa Eléctrica (FETE), establece que “una vez se inicie la reducción de la tarifa por efecto de la variación de los precios de los hidrocarburos o la variación de la tasa de cambio, la SIE no aplicará la totalidad del ajuste hacia la disminución de la tarifa […]”.
En junio de 2016 el FETE será compensado con RD$540.41 millones, para un total acumulado de -RD$3,683.35 millones para el primer semestre del año 2016.

http://www.elnuevodiario.com.do/app/article.aspx?id=481156

lunes, 30 de mayo de 2016

Tarifa técnica asumirá que un 12% de la energía en perjuicio del usuario final

http://eldia.com.do/image/article/29/460x390/0/70528797-D690-4440-9EC3-A6C258E32D89.jpeg

Santo Domingo.-La tarifa técnica asumirá que un 12%  de la energía generada se pierde en  transmisión, distribución y falta de cobro, según estima la Superintendencia de Electricidad.
Ese porcentaje  incluirá un máximo de hasta un 3% de energía incobrable, entre lo que figura  el costo por pérdida de expansión, mantenimiento y márgenes de operación.
Dichos costos serán transferidos a los usuarios a través de la factura eléctrica, una vez se concluya el estudio que realizará la Superintendencia de Electricidad, para determinar el precio real de ese servicio.
Actualmente esos cargos no son transferidos a los usuarios  porque el Gobierno asume mensualmente las variaciones del precio de los combustibles y de la tasa de cambio a través del Fondo de Estabilización de la Tarifa Eléctrica (FETE), según explicó el director del Mercado Eléctrico Mayorista de la Superintendencia de Electricidad, José Ramón Acosta.
La ley General de Electricidad 125-01, en su artículo 110, define la Tarifa Técnica como aquella que cubre el costo de abastecimiento de las distribuidoras sustentado en un régimen de competencia, más las pérdidas técnicas que se producen desde que inicia la generación de la energía hasta que se factura el servicio al consumidor.

http://eldia.com.do/tarifa-tecnica-asumira-que-un-12-de-la-energia-generada-se-pierde/

jueves, 26 de mayo de 2016

ORIENTANDO AL CONSUMIDOR:Un caso de abuso de posición dominante

SANTO DOMINGO,R.D.- En los últimos años en la República Dominicana uno de los sectores que ha experimentado mayor avance y crecimiento es el sector financiero, esto se debe entre otros factores a la evolución de la economía. En ese sentido, hay un tema que nos preocupa y es el tema de las tarjetas de crédito y el abuso de la posición dominante que utilizan las instituciones de intermediación financiera con los clientes.

Este abuso de posición dominante consiste en que los bancos de acuerdo al buen historial de pagos de sus clientes le van incrementando su límite de manera exponencial, sin tomar en consideración los ingresos y la capacidad de pago. Esta situación provoca que muchos ciudadanos se endeuden hasta tal punto que la misma se hace insostenible y es en este momento donde inicia el vía crucis de muchos clientes, que tienen un límite que en muchos casos quintuplica sus ingresos.

Sobre este particular, muchas personas dirán que los consumos con tarjeta constituyen créditos que los usuarios deben pagar y por consiguiente deben manejarse y consumir hasta un monto que puedan pagar. En principio esto es cierto, pero el problema es que en la República Dominicana el 65% de los empleados devenga salarios de aproximadamente RD$15,000 mensuales y aumentarle el límite de crédito en 4 y 5 veces ese monto constituye un abuso de posición dominante de los bancos.

El problema mayor de esta situación en estos clientes tiene que ver con el hecho de que en muchos casos son compradores compulsivos y está comprobado que esto es una enfermedad como el tabaquismo, el alcoholismo, uso de drogas o los juegos de azar. En este sentido, una persona con esta condición siempre se verá tentada a utilizar de manera ilimitada su tarjeta de crédito sin pensar en las consecuencias ulteriores.

En síntesis, colegimos que el Estado tiene la obligación positiva de garantizar la protección efectiva de los derechos de los ciudadanos y por consiguiente tiene que regular esta situación para impedir este abuso de posición dominante. Para resolver esta situación se requiere de la aprobación del Proyecto de Ley de Tarjetas de Crédito que cursa en el Congreso Nacional desde hace varios años y que es promovido por el diputado de Santiago Francisco Matos. -

Por Máximo Calzado Reyes


 www.elcaribe.com.do/2016/05/26/caso-abuso-posicion-dominante

viernes, 29 de abril de 2016

Tarifa eléctrica a los clientes de CEPM se ha reducido en un 50% -

El Consorcio Energético Punta Cana-Macao (CEPM) ha reducido en más de un 50% la tarifa eléctrica de sus clientes en los sectores donde sirve, tanto en Punta Cana, como en Miches y Bayahíbe (parte Este de República Dominicana.La empresa invirtió el pasado año unos US$6.0 millones en la instalación de medidores inteligentes en su zona de concesión, informó aquí su presidente Rolando González Búnster. Aseguró que CEPM está dispuesta a hacer la inversión necesaria para dotar a todo el país de ese sistema de medición de uso de energía eléctrica que evitaría las pérdidas de un 25% que registra el servicio.

González Búnster le dijo a una parte de los periodistas dominicanos que asistieron a Madrid a cubrir la Feria Internacional de Turismo (Fitur) versión 2016, que las reducciones en la tarifa son la consecuencia de la caída de los precios del petróleo y el combustible derivado que usan para la generación de energía.

“El problema que hay en República Dominicana es que una gran parte del país no tiene medidores eléctricos, mientras que por otro lado se hace difícil la lectura manualmente de todos los que ya están instalados”, apuntó. Dijo que el Estado dominicano está haciendo inversión en la generación de energía, por lo que el sector privado puede participar en la distribución y comercialización. “Cobramos una tarifa menor a lo que cobra el resto del sistema energético nacional”, expresó el empresario. Y agregó: “Nosotros pasamos las reducciones del petróleo al cliente. 
Hemos bajado la tarifa en más de un 50% en los últimos 18 meses”. Calculó que al bajar la tarifa eléctrica no solo se benefician sus más de 22,000 clientes comerciales y residenciales en las zonas mencionadas antes, sino, de manera especial, el sector turístico, tomando en cuenta que CEPM suple energía al 65% de los hoteles nacionales.

Advirtió que el turístico no puede tener una energía que no sea 100% confiable. Y rememoró que para desarrollar los medidores CEPM realizó una alianza con la empresa multinacional General Electric. “El sistema puede ser replicado en cualquier parte del mundo”,

 - See more at: http://www.elcaribe.com.do/2016/01/26/tarifa-electrica-los-clientes-cepm-reducido-50#sthash.MZ950pn3.dpuf

lunes, 25 de abril de 2016

El consumidor ELÉCTRICO es el perjudicado

Si algo caracteriza el actual servicio eléctrico es lo injusto que es para el cliente. No importa que tan cumplidor y responsable sea, a pesar de ello, recibirá horas de apagones en proporción al cumplimiento de pago de los consumidores de su sector o del circuito al que esté conectado. 
Es injusto porque a pesar del mandato de la Ley General de Electricidad, no se retribuye o compensa al cliente que recibe apagones de las distribuidoras; tampoco se penalizan las distribuidoras por dar los cortes eléctricos sin notificación. Se le corta el servicio al cliente con apenas uno o dos días de demora en el pago de su factura, además que muchos consumidores que no son clientes reciben el servicio igual que aquel que si paga, en muchas ocasiones bajo conocimiento del suplidor que les brinda el servicio.  
Existe mucha desinformación que no permite que el consumidor conozca las razones de por qué recibe apagones diariamente y por qué en ocasiones se agudizan tanto que terminan afectando hasta a los clientes ubicados en los circuitos 24 horas. 
Algunos creen que los apagones los producen los generadores, y otros piensan que son las distribuidoras. En la lógica más simple, el negocio del generador es vender electricidad. Ellos producen para que las distribuidoras le compren, si sus plantas se quedan apagadas no pueden facturar energía vendida al cierre del mes, por tanto su incentivo es tener sus plantas dispuestas para producir la mayor cantidad de energía cuando le es requerido. 
En el caso de las distribuidoras, también su negocio es vender electricidad, porque si no le venden al cliente no pueden facturar en el mes y por ende no obtendrían ingresos. No obstante, existe una excepción vinculada con las pérdidas del 33% de la energía que tienen las EDE's. La existencia de estas pérdidas provoca que mientras más energía se sirve a las redes más dinero se pierde. No es lo mismo perder el 33% de 100 unidades que de 80 unidades. Por lo que existen incentivos indirectos para dar apagones en aquellos sectores o circuitos donde no es rentable entregar 24 horas de electricidad.    
Los más perjudicados con los apagones son los clientes; estos tienen que recurrir a alternativas eléctricas cuyo precio del kilovatio hora es mucho más elevado que el kilovatio hora que les compran a las distribuidoras, independientemente que las EDE's se lo compren al más costoso de los generadores del sistema. Es decir, la electricidad o iluminación que se obtiene de una planta eléctrica de emergencia (gasoil o gasolina), de un inversor, baterías, velas o gas kerosene para lámparas, es mucho mayor que el kilovatio hora comprado a cualquier distribuidora. Eso es algo demostrado en múltiples estudios incluyendo el más reciente realizado por el BID e INTEC. 
En días pasados, una de las distribuidoras afirmó en medio de la crisis de apagones que azota al país, que hay plantas eléctricas disponibles pero que no les compraban energía porque sus costos eran altos en comparación con otras plantas que se encontraban en mantenimiento programado y eso les genera un déficit financiero. En términos llanos eso significa que las EDE's prefieren dar apagones y que el consumidor resuelva por sus propios medios, en vez de comprar una electricidad supuestamente más cara que la que usualmente compran a pesar de la gran reducción de costos de generación que ha habido desde hace un año y medio por casusa de la baja del petróleo, y a sabiendas que les cobran a los consumidores de más de 400 kWh mes una tarifa eléctrica igual o más alta que el precio de generación que les venden esas plantas a las que las EDE's prefieren no comprarle energía.   
El precio de electricidad más alto que paga el consumidor es el de la ausencia de ella misma (apagón). Lamentablemente el servicio eléctrico ha estado durante décadas de espalda de quien debería ser el más beneficiado: me refiero al consumidor.

http://www.listindiario.com/economia/2016/04/25/416850/el-consumidor-es-el-perjudicado

sábado, 19 de marzo de 2016

Planta Punta Catalina reducirá drásticamente el subsidio energético

Catalina
SANTO DOMINGO,R.D.- El vicepresidente ejecutivo de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), Rubén Jiménez Bichara, reveló hoy que la construcción de la Central Termoeléctrica Punta Catalina en la provincia Peravia, reducirá drásticamente el subsidio, que ha implicado el desembolso de más de US$ 9,000 millones al sector eléctrico.
Bichara explicó que la creación de Punta Catalina será la primera central generadora con tecnología de reducción de dióxido de azufre, mercurio y otros metales en hasta un 98%.
Al igual que  destacó que el menor consumo de combustible por cada kwh generado de Punta Catalina reducirá las emisiones de CO2.
Los costos de producción de Punta Catalina permitirán reducir la dependencia del país en derivados del petróleo de 53% a 27% en el 2017.
Asimismo, afirmó que la oferta de licitación ganadora fue para invertir US$1,945 M en una central con capacidad de 720 MW como es considera Punta Catalina.
El funcionario reiteró que Punta Catalina siempre ha cumplido con estrictos estándares medioambientales, económicos y de trámites de licitación.
Punta Catalina cumple con estándares medioambientales y reducirá a la mitad la dependencia del petróleo en el sistema eléctrico, aseguró.
Los equipos de la central generadora serán de última generación, fabricados e instalados bajo los más altos estándares internacionales, lo cual garantizará el suministro de energía eléctrica por más de 25 años.
El proyecto beneficiará a miles de personas, a través de la generación de fuentes de trabajo e ingresos, programas de capacitación, alfabetización, salud así como a través del desarrollo de planes de inclusión social.

http://hoy.com.do/bichara-planta-punta-catalina-reducira-drasticamente-el-subsidio-energetico/

sábado, 12 de marzo de 2016

Edes no logran meta reducción de pérdidas por falta de fondos

Problema del sector eléctrico ha sido uno de los más difíciles para República Dominicana.
SANTO DOMINGO. En 2012, a través del Plan Estratégico 2013-2016 de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), el gobierno dominicano se propuso bajar las pérdidas de las empresas distribuidoras de electricidad (Ede) de un 35.5% que se encontraban en ese momento a un 25.5% al 2016.
Para lograr esa meta, el gobierno había planificado una inversión de US$577 millones, los cuales provendrían de financiamientos de organismos internacionales, y se invertirían del seguimiento modo, US$118 millones en 2013; US$156 millones en 2014; US$153 millones en 2015; y US$151 millones en 2016.
Sin embargo, resulta que hasta el 2015, las autoridades sólo habían podido invertir US$240.38 millones, o sea menos de la mitad de lo programado, en la rehabilitación de redes y la reducción de pérdidas de las Edes, razón por la cual no se pudo lograr el nivel de pérdida esperado a esta fecha, según explicó Radhamés del Carmen, director de Proyectos y Control de Gestión de la CDEEE.
De acuerdo con el cronograma de inversión, las pérdidas debieron bajar a 27.5% en 2015, pero las mismas se colocaron en 31.2% al finalizar el pasado año, lo que se atribuye a que no se realizaron las inversiones como indicaba el plan.
El funcionario manifestó que la CDEEE ha registrado inversiones en el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) por US$570 millones, los cuales están aprobados por el Congreso Nacional, para la reducción de pérdidas y otros US$220 millones para la expansión de la distribución. “No hemos podido ejecutar el plan, porque los fondos de los organismos multilaterales han venido con dilación, nos hemos pasado el cuatrenio, prácticamente en gestión de los préstamos”, afirmó el director de Proyectos y Control de Gestión de la CDEEE.
Dice Castellanos
En tanto que el experto en temas del sector eléctrico, Bernardo Castellanos, manifestó que entre el 2012 y el 2015, las pérdidas de energía se han reducido 4.4 puntos porcentuales para un promedio anual de alrededor de unos 1.48 puntos porcentuales de reducción por año, lo cual es una cifra ridículamente baja e insignificante.
Dijo que en el caso de las pérdidas totales, entre el 2012 y el 2105, las mismas se han reducido alrededor de 5 puntos porcentuales, lo que da un promedio anual de alrededor de 1.65 puntos porcentuales de reducción por año, lo cual considera que también es una cifra ridículamente baja e insignificante.
Castellanos expresó que entre el 2013 y el 2015, las distribuidoras han invertido en proyectos de reducción de perdidas un total de US$474 millones, para un promedio anual de unos US$158 millones.
“Esta cifra resulta muy baja para la magnitud de las perdidas y déficit financiero de las distribuidoras”, indicó.
El experto consideró que mientras el gobierno no tome la firme decisión de invertir cuantiosos recursos en reducción de pérdidas, por lo menos entre unos US$300 millones y US$400 millones en un año, y de reducir drásticamente el exceso de empleomanía en las distribuidoras y la CDEEE, el nivel de pérdidas de las distribuidoras y déficit financiero de esas empresas y del sector eléctrico seguirá siendo muy elevado.
“De la misma manera que el gobierno tomó la firme decisión de invertir unos US$3 mil millones en las plantas a carbón de Punta Catalina, de esa misma manera debe tomar la firme decisión de invertir entre US$600 millones y US$800 millones en reducción de pérdidas de distribución, en un máximo de tres años, concentrando la mayor parte de esa inversión en los dos primeros años entre US$500 millones y US$700 millones.
Dijo que de no hacer esas inversiones, el país seguirá en el circulo vicioso de altas perdidas y altos déficits financieros a pesar de la reducción drástica y dramática de los precios del petróleo en el mercado internacional.
Crece la empleomanía en las Edes
Castellanos dijo que entre el 2012 y el 2015, el número promedio de empleados de las distribuidoras paso de 6,301 a 7,733, para un incremento de unos 1,432 empleados, equivalentes a un aumento alrededor del 23% con relación a la empleomanía del 2012. En el 2011 la cantidad de empleados de las distribuidoras era de 5,620, lo que implica que entre el 2011 y el 2015, se ha producido un aumento de unos 2,113 empleados. Dijo que a pesar de que la inversión en reducción de pérdidas ha sido baja, crece la empleomanía.

    http://www.diariolibre.com/economia/edes-no-logran-meta-reduccion-de-perdidas-por-falta-de-fondos-IB3003794

    viernes, 11 de marzo de 2016

    ORIENTANDO AL CONSUMIDOR:Responsabilidad civil médica

    SANTO DOMINGO,R.D.- La responsabilidad civil en el marco del ejercicio de la medicina, se da no sólo en el ámbito de las relaciones privadas, sino también en el marco de los hospitales públicos, cuyas previsiones están contenidas en el artículo 148 de la Constitución. Partiendo de esto, en el desarrollo de este artículo abordaremos el tema de la responsabilidad desde el punto de vista del Derecho Privado. Las personas que acuden a un centro de salud, por la razón que sea entran dentro de la categoría de consumidores y usuarios de este servicio, en esta interacción entre médico, centro y paciente pueden ocurrir situaciones en las cuales el paciente se vea afectado en su salud y en sus intereses económicos. En este escenario entran las disposiciones establecidas en la Ley Sustantiva, Código Civil Dominicano, Ley No. 42-2001 General de Salud, el Reglamento Hospitalario, el Código de Ética Médico y de manera supletoria la Ley No. 358-2005, partiendo del hecho de que la salud es un servicio y por consiguiente encuentra protección en el ordenamiento jurídico.

    En virtud de lo expresado precedentemente, la pregunta obligada es: ¿Cuándo un médico incurre en responsabilidad civil?, en este contexto para dar respuesta a esta inquietud, debemos destacar que el primer elemento que debe estar presente es el daño, si éste no está presente, no podemos hablar de responsabilidad, el segundo elemento es la culpa del médico ya sea por error, torpeza, impericia, acción u omisión, inobservancia de los protocolos médicos, etc. obviamente el paciente tiene una cuota de responsabilidad ( de cuidado, llevar el tratamiento, visita al médico, etc.). Ahora bien, debemos puntualizar que dentro de las eximentes de responsabilidad para el médico y el centro, tenemos hechos de fuerza mayor, imprevisible y los riesgos que conlleva someterse a un tratamiento quirúrgico.

    En síntesis, colegimos que la naturaleza jurídica de la relación médico- paciente en principio es “contractual”, lo que implica una obligación de prudencia y diligencia a cargo del profesional de la salud. En ese sentido, habrá Responsabilidad Civil Médica, cuando se demuestre la relación o conexión entre el daño y la conducta, con excepción de los casos que no estén presentes elementos de fuerza mayor o que el daño sea el resultado de la actuación del paciente. 


    See more at: http://www.elcaribe.com.do/2016/03/11/responsabilidad-civil-medica#sthash.1Lqq5L8D.dpuf

    martes, 8 de marzo de 2016

    Los consumidores ante la Constitución

    SANTO DOMINGO,R.D.- Al principio fundacional del Estado de Derecho de que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, el Estado Social le ha revestido de un andamiaje concreto de medidas para garantizar una igualdad real que asegure la efectividad de los derechos de las personas.

    Y pese a que no hay un reconocimiento explícito en el artículo 53 de la Constitución de la desigualdad que se da en la relación entre consumidores y empresarios, lo cierto es que esa hiposuficiencia debe ser morigerada en nuestro ordenamiento a la luz de los artículos 7 y 8 de la Carta Política, que proclaman un Estado Social que tiene por función esencial el respeto de la dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva. 

    Así, pues, en la Constitución dominicana hay un hilo transversal que busca pasar de la igualdad formal a una igualdad real y que se expresa neurálgicamente en su artículo 39.3 cuando se proclama que, el Estado debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión. 

    Precepto que encuentra su blindaje procesal en el artículo 74.4 al disponer que, los poderes públicos interpretan y aplican las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías, en el sentido más favorable a la persona titular del mismo y, en caso de conflicto entre derechos fundamentales, procurarán armonizar los bienes e intereses protegidos por la Constitución. 

    Estas disposiciones constitucionales encuentran eco en la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, n.° 358-05, cuando en su artículo 1 expresa que el objeto de la misma es “establecer un régimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho público o privado, nacionales o extranjeros, en armonía con las disposiciones al efecto contenidas en las leyes sectoriales”.

    Más adelante el mismo artículo, prescribe que en caso de duda, las disposiciones de la ley serán siempre interpretadas de la forma más favorable para el consumidor. 

    En ese sentido, cuando el juzgador se aboca a buscar una solución a un conflicto entre consumidor y empresario se debe guiar esencialmente por los principios de interpretación de los artículos 74.4 y 53 de la Constitución, dejando a un lado el viejo sistema de solución de conflictos normativos inspirado en las reglas de las antinomias legales tradicionales. 

    Aquí el tema no es si la ley que se confronta a la de los consumidores es anterior frente a una posterior o si se trata de una ley sectorial confrontada con una ley general. El juzgador debe aplicar un juicio de ponderación que le conduzca a los principios que inclinan la balanza a favor del consumidor, porque existe una ley que fija cuál es el criterio a utilizar en dicha ponderación. - 

    See more at: http://www.elcaribe.com.do/2016/03/08/los-consumidores-ante-constitucion#sthash.g9PbtPMq.dpuf

    jueves, 3 de marzo de 2016

    ORIENTANDO AL CONSUMIDOR:Delito de omisión por publicidad engañosa

    SANTO DOMINGO,R.D.- Cuando hablamos de omisión, nos referimos a la inacción. En cualquier actividad es posible que esta falta de actividad no genere consecuencias, pero en el ámbito penal quien tiene la responsabilidad de ejecutar una acción, y no lo hace y la misma causa un daño, entonces compromete su responsabilidad penal.

    En el delito publicitario, puede inferirse que las omisiones del proveedor integran una acción, la cual se corresponde con la conducta tipificada como delito. E jurista español Jesús María Silva Sánchez en su obra “El delito de omisión, conceptos y sistemas”, en relación a la omisión en el delito de publicidad engañosa, refiriéndose al Código Penal de España, dice: “Aunque la modalidad omisiva no aparece expresamente tipificada en el artículo 282 del CP, sin embargo, es posible encuadrarla en el tipo”. Es importante destacar que, en principio, la acción tiene como elemento principal un comportamiento activo, lo cual impide la admisión de inactividad. Sin embargo, es posible que cuando en una publicidad se omite una información que contradiga lo manifestado en la misma, convirtiéndola en falsa, estamos en presencia no de una simple omisión, sino ante un acto concluyente que perfectamente puede incluirse en la acción positiva del tipo penal.

    En el Derecho Civil, lo que más se asemeja a la publicidad engañosa es en el ámbito de las convenciones, cuando se configura el dolo como uno de los vicios del consintiendo. El artículo 1116 se prescribe: “El dolo es causa de nulidad, cuando los medios puestos en práctica por uno de los contratantes son tales, que quede evidenciado que sin ellos no hubiese contratado la otra parte”.

    Partiendo de lo expresado, lo que busca la tipificación de la publicidad engañosa como delito, es brindar a los consumidores y usuarios una mayor protección de sus intereses económicos, su salud e integridad física, porque generalmente la relación entre proveedores y consumidores se desarrolla en asimetría.

    En síntesis, colegimos que será engañosa la publicidad en la cual se omitan informaciones relevantes, referentes a las características básicas de los bienes y servicios, siempre que esta omisión induzca a los consumidores a error y afecte sus intereses económicos. -

    www.elcaribe.com.do/2016/03/03/delito-omision-por-publicidad-enganosa

    miércoles, 2 de marzo de 2016

    RD en riesgo de dificultades financieras por préstamo US$200 MM plantas Punta Catalina

    SANTO DOMINGO,R.D.- Las Finanzas públicas de República Dominicana estarían en serias dificultades si al 31 de marzo de este año el gobierno no cumple con los requisitos establecidos en un documento que, bajo exigencias de un pool de bancos extranjeros firmó como condición previa al desembolso de US$200 millones el pasado 31 de diciembre para la continuación de los trabajos de construcción de las plantas a carbón de Punta Catalina. 
    Es decir,  mediante Carta de Entendimiento firmada el 23 de diciembre entre el Ministerio de Hacienda y el Deutsche Bank, el Estado dominicano deberá evidenciar el pago del comprador, en este caso CDEEE, al Contratista EPC, --Consorcio Punta Catalina--,  a más tardar en la fecha mencionada,  de que todas las deudas que la entidad estatal posee con el Consorcio han sido totalmente saldadas, a menos que se firme un nuevo acuerdo en donde el Consorcio accede y conviene diferir hasta una fecha no más temprana del 31 de marzo del 2016, cualquier deuda pendiente de CDEEE con el Consorcio, segùn los términos contractuales contenidos en el contrato firmado entre las partes.
    El bien guardado “Documento Waiver”, al que tuvo acceso Zdigital.com, conforma el acuerdo legal para salvar la continuidad de los trabajos del megaproyecto eléctrico de Punta Catalina, y traza para este fin de mes lo que se conoce en los convenios internacionales como “The Dead Line” o “Línea de la Muerte”, que implica que si el Estado no muestra que logró al 31 de marzo el cierre financiero con el BANDES brasileño u otra alternativa, tendrá que devolver los US$200 millones y entrará en estado de default financiero o de impago, con serias complicaciones para nuestra economía. 
    Todo ello a pesar de la alharaca con que el Licenciado Rubén Bichara anunció en diciembre del pasado año la erogación de la referida partida para la continuación de los trabajos de construcción de las plantas a carbón. Lo cierto es que, además  de los serios problemas financieros para el país, se enfrentarían otras reclamaciones de orden legal si a la fecha señalada la CDEEE y el Estado no honran los compromisos asumidos ante las Instituciones financieras, pues se admite que la empresa estatal no cumplió el contrato con el Consorcio Punta Catalina en lo relativo a los pagos que se había comprometido a realizar según lo establecido en el contrato.
    Más aún, no solo se corre el riesgo de que el monto pendiente por desembolsar del referido préstamo se pierda, sino que se coloca al país al borde de una reclamación del Consorcio Punta Catalina por incumplimiento del Cronograma de Pagos Contractual por parte de la empresa eléctrica estatal, esto así, debido a que el funcionario nunca reveló las condiciones en que fue firmada la Carta de Entendimiento entre  el Estado Dominicano, representado por el Ministro de Hacienda y el Deutsche Bank como facilitador del financiamiento garantizado por SACE, el 23 de diciembre del 2015.
    Todo inicia el 20 de mayo del 2015, cuando el país, representado por el Ministro de Finanzas, firmó un préstamo con un pool de bancos liderado por el Deutsche Bank de Milán, Italia, como banco facilitador o estructurador del financiamiento por un monto de US$632.5 millones para ser utilizados en el Proyecto de las Plantas a Carbón de Punta Catalina.
    El referido préstamo es garantizado por el Servizi Assicurativi del Commercio Estero (SACE), la agencia italiana de crédito de exportación, institución encargada de la promoción de las exportaciones de los bienes y servicios de origen italiano, en adición al Deutsche Bank, en la estructuración del financiamiento, en el que participan las sucursales de Milán de los bancos Santander, ING, Societé Generale y Unibank.
    Según lo establecido en el acuerdo, el monto del financiamiento de US$632.5 millones, incluye el pago de la prima del seguro Riesgo-País a SACE por un monto de US$82.5 millones, por lo que la cantidad neta a  ser utilizada en el Proyecto es de US$550 millones, lo que implica que el pago de la prima de riesgo representa un 15% del monto efectivo que recibirá el país.
    Sin embargo, cuando Rubén Bichara hizo el anuncio de que el 31 de diciembre los bancos desembolsaron 200 millones de dólares, en verdad, solo se recibieron US$117.5 millones, ya que de ese total, SACE se cobró los US$82.5 millones por concepto del valor total de la prima del seguro para cubrir el riesgo-país, tal y como lo establece el acuerdo de financiamiento entregado por el Ministerio de Hacienda, luego de ser solicitado vía la Oficina de Acceso a la Información Pública.
    El referido documento establece además que el Estado deberá presentar a las instituciones financieras a más tardar el 31 de marzo del 2016 y subsecuentemente el 1º de enero de cada año, una copia certificada del documento firmado entre la CDEEE y el Consorcio Punta Catalina, en donde se establezca el Cronograma de los Trabajos y de Pagos para el 2016 y años subsiguientes, de acuerdo a los términos del contrato firmado entre las partes.
    Asimismo, es claro cuando establece que el Estado debe presentar a las instituciones financieras que otorgan el préstamo garantizado por SACE, una confirmación por escrito y firmada por un representante autorizado de la entidad  financiera, de que facilitará un financiamiento al Estado dominicano de no menos de US$656 millones para ser utilizados en el Proyecto de las Plantas a carbón de Punta Catalina.
    No hay que olvidar que la CDEEE ha recibido asignación de fondos del Estado dominicano contenidos dentro del presupuesto general del país, para ser aplicados específicamente a este proyecto, y de esa forma cumplir con la totalidad del cronograma de ejecución y pagos contractuales firmados entre las partes.
    No solo eso, el gobierno admite y reconoce que la CDEEE no cumplió con el referido cronograma, lo que repercute en un incremento de precio de la obra, pues de seguro el contrato establece el pago de penalidades y multas cuando la CDEEE incumple el Cronograma de Pagos Contractual.
    Eso implica que si la CDEEE no honra todas sus deudas a mas tardar el 31 de Marzo del 2016,  esta disputa podría alcanzar matices y ribetes internacionales, pues el contrato firmado entre la CDEEE y el Consorcio Punta Catalina establece como sede del arbitraje la ciudad de New York, y tal disputa, además del reclamo de pago de la suma adeudada, el Consorcio pudiera exigir montos adicionales por concepto de daños y perjuicios, además de costos  adicionales ocasionados por el incumplimiento por parte de la CDEEE.
     Esa es la razón por la que, de acuerdo a lo acordado entre Hacienda y Deutsche Bank, el Consorcio Punta Catalina se compromete a mantener el ritmo de los trabajos de una manera prudente y razonable y declara que antes del 31 de marzo del 2016 no suspenderá ni terminará el contrato firmado con la CDEEE. Tampoco iniciará disputa o reclamación dentro del marco del contrato firmado entre las partes, con relación a cualquier situación de incumplimiento de pagos por parte de la CDEEE.   Es importante señalar que el Gobierno Dominicano admitió públicamente haber utilizado en el 2015, para la construcción de las Plantas a Carbón de Punta Catalina, unos US$175 millones provenientes de los ahorros obtenidos para el sector eléctrico, debido a la dramática rebaja de los derivados del petróleo y que debieron ser traspasados como reducción en la tarifa a los usuarios. Al finalizar el 2015, el gobierno había pagado al Consorcio Punta Catalina solo en ese año, unos US$292.5 millones.
    De acuerdo con el Informe Evaluación Macroeconómica Enero-Diciembre 2014, elaborado por la Fundación Economía y Desarrollo, se establecía el año 2015 como el de mayor demanda de recursos financieros para el Proyecto de las Plantas a Carbón de Punta Catalina, por los compromisos de pago de unos US$860 millones para poder mantener el ritmo de ejecución acorde con el cronograma contractual de ejecución del Proyecto y no producir atrasos.
    Como el gobierno solo pudo desembolsar unos US$292.5 millones de los US$860 millones programados según el compromiso contractual, el 2015 cerró con una deuda a través de la CDEEE con el Consorcio de por lo menos unos US$567.5 millones.
    Recientemente, el presidente Danilo Medina en su reunión con los directores de Medios de Comunicación, reconoció que el préstamo garantizado por SACE para el Proyecto de las Plantas a Carbón estaba atado al préstamo del BANDES de Brasil, y por las dificultades y escándalos, ha sido imposible de materializar y luce que no se podrá contar con dicho financiamiento. También informó el compromiso del gobierno de aportar US$200 millones como contrapartida a los US$200 millones desembolsados en diciembre 2015 del financiamiento garantizado por SACE, y que cada vez que se desembolsara un monto de dinero con cargo a ese financiamiento, el gobierno se comprometía a un pago por un monto similar.
    Por tanto, es claro que el futuro inmediato del financiamiento del Mega Proyecto Eléctrico Punta Catalina es  incierto y amenaza en convertirse en una inversión a “Fondo Perdido”


    http://z101digital.com/app/article.aspx?id=179072

    lunes, 29 de febrero de 2016

    ORIENTACIÓN AL CONSUMIDOR: Razones para ofrecer 24 horas de luz

    SANTO DOMINGO,R.D.- No es posible lograr el desarrollo del país sin satisfacer la demanda de energía eléctrica en la cantidad y calidad que requiere el consumidor. Existen varias razones para que las empresas distribuidoras de electricidad ofrezcan mayor cantidad de energía a los clientes y por tanto reduzcan los apagones. 
    En los actuales momentos, las distribuidoras están pagando menos dinero por la misma cantidad de energía que compraban hace un año a los generadores, por lo que podrían usar ese ahorro para comprar más energía, suplirla a cliente y reducir los apagones. Esto es posible, porque el precio de compra de las distribuidoras a las generadoras ha bajado significativamente fruto de la reducción de los precios internacionales del petróleo, lo que ha provocado que la factura mensual de compra de las distribuidoras disminuya.
    Llama la atención, que el porcentaje de apagones que recibe la población es prácticamente el mismo desde hace varios años como resultado de la gestión de la demanda que diariamente hacen las empresas distribuidoras donde determinan cuantas horas de apagones le ofrecerán a cada circuito o sector, situación que ha restringido la demanda eléctrica en los últimos años. Por ejemplo, en julio de 2014  el porcentaje de apagones declarado por las distribuidoras fue 17% mientras que en noviembre de 2015 los apagones reportados por las EDE en su programa de gestión de la demanda, llegaron al 15%, es decir solo se redujeron en un 2%.
    Otro elemento que llama la atención, y que justifica el ofrecer más energía es que en el año 2015 el ahorro obtenido por la baja en la factura de compra de energía de las distribuidoras a las generadoras fue mayor que el costo de haber suplido la energía a todos los clientes. Lo anterior significa que si se calcula la cantidad de dinero que se hubiese necesitado para no dar apagones es menor que lo que se ahorraron las distribuidoras por comprar más barato la electricidad a los generadores.   
    La razón de mayor peso para reducir los apagones programados, es el ahorro en dinero que significa para el cliente recibir 24 horas de energía. Lo primero es que el cliente que tiene inversor y lo usa permanentemente, recibiría una reducción significativa en su factura eléctrica, ya que al no usar inversor y baterías se reducen las ineficiencias ya que el kilovatio hora suministrado por el inversor es mayor que el proporcionado por las distribuidoras.  
    En el caso de aquellos clientes que tienen plantas eléctricas, de igual forma generan importantes ahorros de dinero al no comprar combustible para sus plantas de emergencia, las cuales ofrecen un kWh más caro que el de las EDE. 
    Algo positivo para las empresas distribuidoras es que aumentarían sus ingresos por cobros en aquellos que son clientes, ya que al entregarles más electricidad mayor serán sus ingresos. El reto lo tienen con aquellos consumidores que no son clientes, con los cuales deberán normalizar convirtiéndolos en clientes y cobrándoles el servicio eléctrico. Lo que no debe seguir ocurriendo es que todos los usuarios sean medidos con la misma vara, y aquellos que sí pagan por un servicio 24 horas reciban electricidad y no apagones por las deficiencias comerciales o la gestión de demanda que aplican las EDE.

    http://www.listindiario.com/economia/2016/02/29/409714/razones-para-ofrecer-24-horas-de-luz

    domingo, 28 de febrero de 2016

    Edeeste


    SANTO DOMINGO ESTE,R.D.- Hará ya casi tres años que la iglesia donde ejerzo mi ministerio rentó un local en la Avenida Hermanas Mirabal. Específicamente en el edificio Plaza Galerías de Villa Mella.
    Sin embargo, para poder tener energía eléctrica, nos hemos visto en la necesidad de comprar dos plantas eléctricas y un inversor de varios kilos.
    Al cierre de cada mes, llora ante la presencia de Dios la cantidad de dinero que desembolsamos para la compra de combustible. Ahora mismo tenemos varios meses sin que se dé un solo servicio contando con la energía suministrada por Edeeste.
    No obstante, el miércoles de esta semana, al levantar el teléfono de la casa, recibí un mensaje de un oficial de la compañía eléctrica diciendo que fui sometido al departamento legal por atraso en el pago. (Esto así por estar fuera del país).
    Al verificar, ciertamente tenían razón: debíamos dos meses. Así que fui corriendo y los pagué. Ya no debemos un centavo.
    Lo único que, todo cuanto la iglesia ha pagado ha sido apagones. Esto es algo que uno no puede entender: una compañía cobrando por un servicio público que no da. Y, peor aún, que tiene el derecho con esto para dañarle a cualquiera el expediente crediticio.
    En el juicio final, ¿qué excusa podrán presentar ante Dios esos señores dueños de esa enorme compañía?
    Estas son de las cosas que sólo se ven en un país como el nuestro, donde cada quien hace lo que bien le parece sin que haya justicia.
    Imagínese, no hay piedad ni siquiera con la obra de Dios.
    Nuestra iglesia es sólo el ejemplo de lo que ocurre con todas las demás en la zona. De no ser por la fuerte devoción, sería imposible asistir y estar en un templo.

    lunes, 22 de febrero de 2016

    ORIENTANDO AL CONSUMIDOR: Siempre verifique la factura y el medidor eléctrico

    SANTO DOMINGO,R.D.- cómo verificar que el monto de la factura eléctrica correspon-diera a la lectura real de su medidor, y expliqué dos maneras de cómo hacerlo.
    La primera, a través de la verificación y registro diario del consumo en el medidor eléctrico para luego compararlo con la energía consumida que dice su factura; y la segunda verificando el medidor eléctrico el mismo día que el técnico de la distribuidora hace la visita (en caso no sea telemedido) para así recolectar la medición eléctrica mensual y compararla con lo que le reportan en la factura.
    En esta ocasión, les comentaré nuestra experiencia de hace unos días con la factura eléctrica de la Asociación Dominicana de la Industria Eléctrica (ADIE).
    Resulta, que al recibir la factura eléctrica a principios de enero de este año, me llamó la atención la gran diferencia en el consumo del mes de diciembre respecto a los restantes meses del año 2015.
    Mi sorpresa fue grande debido a que en diciembre se trabajaron 10 días menos que todos los otros meses del año por razones de vacaciones colectivas, y a pesar de que todos los breakers habían sido apagados durante esa parte del feriado de navidad que se extendió hasta el 5 de enero, fecha aproximada cuando termina el período de facturación de Edesur.   
    Al darnos cuenta de esa situa-ción, nuestro primer pensa-miento lo relacionamos con la posibilidad de alguna conexión ilegal que se hacía evidente en esa factura durante nuestra ausencia. Para ir descartando esa opción procedimos a hacer algunas pruebas técnicas, las cuales no arrojaron el resultado supuesto. Por tanto, optamos por esperar hasta tanto llegara el día que el técnico de Edesur realizara las lecturas de los medidores como efectivamente lo hicimos.
    Esa mañana del lunes 15 de febrero a las 11:21 a.m. verificamos junto al técnico de la EDE y factura anterior en manos, que la última lectura del 7 enero del 2016 el medidor había marcado un consumo de 1,747 kWh (kilovatios hora), y lo que estábamos observando en el medidor en ese momento del 15 de febrero 2016 correspondería a la lectura actual cuyo valor fue de 2,751 kWh, por tanto la diferencia entre ambas lecturas era de 1,003 kWh, y por ende, esperábamos que la factura reflejara dicho valor.
    Sorpresa
    La gran sorpresa fue recibir tres días después la factura eléctrica fechada del 17 de febrero reportando una lectura actual con un consumo de 4,616 kWh, cuando días antes personalmente habíamos verificado junto al técnico que el medidor marcaba 2,751 kWh. Nada más y nada menos, la factura estaba reportando 1,865 kWh de más, que en términos económicos equivalen a RD$21,428.85 por encima del valor real de la factura.
    Por suerte hicimos fotos al medidor con el valor de consumo que marcaba en ese momento y hasta hicimos que el técnico escribiera con su puño y letra en nuestra factura la medición que él veía, sin saber que tres días más tarde ese valor del consumo llegaría totalmente alterado y sería la base para el reclamo que hicimos el pasado 18 de febrero en una estafeta acogiéndonos al artículo 445 del reglamento de la ley.
    Cabe mencionar que al momento de esta publicación, el medidor indica un consumo de 3,046 kWh valor muy lejano al reflejado en la reciente factura eléctrica.  


    http://www.listindiario.com/economia/2016/02/22/408748/siempre-verifique-la-factura-y-el-medidor-electrico

    viernes, 19 de febrero de 2016

    ORIENTANDO AL Consumidor: Delito de publicidad engañosa

    SANTO DOMINGO,R.D.- El Consejo Directivo de Pro Consumidor, en materia de publicidad engañosa ha emitido la Resolución No. 16-2014 de fecha 14 de agosto del año 2014, donde ha delineado una serie de conceptos vinculados con el tema de la publicidad. La misma establece, en el literal k) del artículo primero lo siguiente:

    “Se considera publicidad engañosa cuando de cualquier forma, induzca o puede inducir a error a sus destinatarios razonables en la elección que realicen del producto o servicio, partiendo de que el mismo tiene determinadas características que resulten falsa. También se entiende engañosa la publicidad en la que omitan intencionalmente datos fundamentales de los bienes o servicios ofertados, siempre que dicha omisión induzca al error o confusión a los destinatarios razonables”.

    El delito de publicidad engañosa se configura cuando los proveedores de bienes o servicios realicen algún tipo de publicidad falsa, la cual cause un daño o perjuicio a los consumidores y usuarios. Este delito en otros ordenamientos se encuentra tipificado en la normativa penal, en el caso de España, en el artículo No. 282 del Código Penal se castiga el mismo con pena privativa de libertad de seis (6) meses a un año o multa. En el Código Penal Dominicano, Ley No. 550-2014, no se aborda de manera expresa el delito de publicidad engañosa, pero el mismo puede derivarse de lo establecido en el artículo No. 352, cuando se refiere a la falsedad. La cual está penalizada con pena privativa de libertad de uno (1) a dos (2) años y multa de seis (6) salarios mínimos del sector público. En ese sentido, en el referido artículo la falsedad se configura en el siguiente caso:

    “Constituye falsedad el hecho de alterar de modo fraudulento la verdad, de forma que pueda causar un perjuicio a otra persona, siempre que tenga por efecto establecer la prueba de un derecho o de un hecho que produzca consecuencias jurídicas, pero sin importar el medio que se emplee, sea éste un escrito o cualquier otro soporte de la expresión del pensamiento de carácter privado”. 

    En síntesis, es engañosa toda publicidad que induzca a los consumidores o usuarios a adquirir un bien o servicio, cuyas características sean falsas y causan un daño moral, físico o económico a éstos. - 

    www.elcaribe.com.do/2016/02/18/delito-publicidad-enganosa