sábado, 19 de noviembre de 2016

El dilema de las edes (5 de 5)

En un Estado social y democrático de Derecho, que se inspira en el valor de la verdad, es paradójico que la administración de justicia se sustente en meras presunciones. Todo proceso debe estar dirigido a maximizar la posibilidad de que la decisión se sustente en la verdad de los hechos, y al ampararse en presunciones como las que he referido en esta serie de artículos, la sentencia que interviene quebranta el principio de justicia.
Michele Taruffo, eminente catedrático italiano, expresa que “Un procedimiento satisface las exigencias del debido proceso si está dirigido sistemáticamente a lograr que se determine la verdad sobre los hechos relevantes para la decisión, y que no la satisface en la medida que esté estructurado de una forma que obstaculice o limite el descubrimiento de la verdad, pues en este caso lo que se obstaculiza o se limita es la justicia de la decisión con la que el proceso concluye”.
En efecto, el debido proceso está dirigido, estructural y funcionalmente, hacia la consecución de decisiones justas, y si la “determinación de la verdad de los hechos” es una condición necesaria de la justicia de la decisión, entonces puede afirmarse que las presunciones subjetivas de los jueces del fondo no se corresponden con el debido proceso.
En esta última entrega recuerdo que una de las salas de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del DN, reteniendo una “certificación” emitida por una supuesta junta de vecinos, dio por acreditado que cierta persona perdió la vida en la azotea de su residencia al hacer contacto con un cable eléctrico a las 3 de la madrugada.
Si ciertamente fue así, ¿era un cable de baja, media o alta tensión? La callada fue dada por respuesta. La convicción que el juez adquiere sobre un hecho determinado debe estar basada en los elementos de prueba suministrados, y si bien es verdad que se aportó el acta de defunción de la víctima, no es menos cierto que ni ese documento ni la “certificación” de la presunta junta de vecinos probaba la causa ni la circunstancia del deceso.
Lo más grave de la sentencia que motiva estos artículos es que si el tribunal consideraba que una cosa y otra podían establecerse a través de dicha “certificación”, lo lógico era que, al menos, comprobase que la junta de vecinos que la emitió estaba regularmente organizada por los residentes del sector. Y es que para constituirse como tal, debe seguirse un proceso a través del Departamento de Juntas de Vecinos y Organizaciones de Bases del ayuntamiento correspondiente.
Insisto en que la repetida sentencia pone de manifiesto el escaso rigor jurídico que permea la administración de justicia, pues ninguna junta de vecinos, supuesta o real, dispone de conocimientos especializados para acreditar los voltios de la corriente eléctrica, a más de que en su condición de persona jurídica no pudo haber visto, de forma personal y directa, el suceso para sostener que la víctima se tropezó con la muerte en el patio de su residencia al hacer contacto con un cable eléctrico en la madrugada de un cierto día.


http://noticiassin.com/2016/11/el-dilema-de-las-edes-5-de-5/

Propone trabajadores con salario mínimo puedan pensionarse por sistema de Reparto

El diputado Ramón Cabrera, presidente de la Comisión de Hacienda, saludó la iniciativa del Gobierno de enviar al Congreso Nacional una modificación a la Ley 87-01 que crea el Sistema de la Seguridad Social.
Cabrera expresó que ve como una conquista para el pueblo trabajador que se contemple  la posibilidad de eliminar la comisión complementaria de treinta por ciento (30%) y la comisión administrativa de cero punto cinco por ciento (0.5%) que cobran las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs).
“Aún así me preocupa que a mitad de camino, cuando faltan 13 años para empezar a pensionar por vejez, es que se quiere hacer en República Dominicana, lo que en Chile tiene 30 años aplicándose, y aún así las pensiones noalcanzan el  35% de los salarios de los trabajadores”, expresó.
El legislador indicó que disminuir las comisiones a las AFPs será positivo, pero no suficiente para aumentar considerablemente la tasa de remplazo, o lo que es lo mismo, el porcentaje del salario con el que se pensionarán los afiliados; es por ello que propuso  que los trabajadores que ganan hasta un salario mínimo, tengan la opción de afiliarse al sistema de pensiones de reparto y que todo el que esté por encima de ese nivel se mantenga en el sistema privado de pensiones que administran las AFP. Similar modificación ha sometido  al Congreso el Gobierno del Salvador, para los trabajadores que ganan hasta dos salarios mínimos.
“Bajo el sistema actual de Pensiones, los trabajadores que cobran hasta un salario mínimo, nueve mil ochocientos cincuenta y cinco pesos ($9,855), que son las mayorías en el país, no les alcanzará para una pensión digna, porque los salarios son bajos e inestable, los trabajadores entran y salen del sistema, por tanto será imposible alcanzar las 360 cotizaciones requerida a los 60 años, por lo que habrá que buscar una salida a esos afiliados”, manifestó.
Citó al economista norteamericano, Joseph Stiglitz, Premio Nobel de Economía,   quien está sugiriendo que Chile se aleje del Sistema Privado de Pensiones y que establezca un sistema de pensiones de reparto para trabajadores con salarios deprimidos.  Así mismo la presidenta Michelle Bachelet envió al Congreso una propuesta de modificación a la ley para crear una AFP del Estado que compita con las privadas y mejorar las pensiones de ese país.
Valoró   como muy positivo que se cambie el actual esquema de comisiones estableciendo una comisión por saldo, es decir un porcentaje del total del fondo que administra cada AFP. “Pero estaremos pendiente de que el Congreso no establezca,  desde el inicio del nuevo esquema, un porcentaje que permita a las AFP ganar más dinero de lo que actualmente perciben, ya que “el propósito de la modificación debe ser con el criterio de disminuir el lucro excesivo de las AFPs”, precisó .

http://hoy.com.do/diputado-propone-trabajadores-con-salario-minimo-puedan-pensionarse-por-sistema-de-reparto/

viernes, 18 de noviembre de 2016

Centroamericanos pagan el doble en su tarifa eléctrica

Centroamericanos pagan el doble en su tarifa eléctrica

Los residentes de los países de istmo centroamericano pagan en promedio el doble de su tarifa eléctrica que sus vecinos de América del Sur, según un informe digital de la IFC (International Finance Corporation), brazo privado del Grupo Banco Mundial.
“Los altos precios de la energía eléctrica golpean las gestiones de negocios y el presupuesto de sus residentes en América Central, limitando la creación de empleos y complicando el pleno de desarrollo de la vida de las personas”, indicó la publicación de la IFC, que financia por parte del Banco Mundial los proyectos ideados por el sector privado.
“Altas tasas de tarifas eléctricas en América Central complican esta región, al tiempo que la demanda de energía aumenta tanto por parte de las empresas como de los hogares y estos países se hacen cada vez más dependientes del petróleo importado, además de que quedan a merced de la fluctuación de sus precios en el mercado internacional”, sostuvo la publicación Cambiando la matriz energética en América Central.
Con fines de enfrentar este desafío, la IFC aseguró que apoya al sector privado centroamericano con el financiamiento de proyectos de energía renovable. 
“La IFC es uno de los grandes inversionistas en energía limpia del mundo, con más de 200 proyectos de generación verde financiados en los últimos años, entre los cuales se consolidan siete gigavatios hídricos, cuatro de producción eólica y dos de energía solar”, explicó una gráfica de la IFC. 
EMISIONES DE CARBONO
La IFC (Internacional Finance Corporation) señaló al gas natural como la matriz de energía limpia más conveniente, como parte de la necesidad de reducir la dependencia de los combustibles fósiles, la cual, según el informe digital, reposa en un 40% de la generación eléctrica del istmo centroamericano (Guatemala, Belice, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica y Panamá). “Desde Panamá hasta Honduras, la energía está cambiando en Centroamérica”, indicó.

http://www.listindiario.com/economia/2016/11/14/443037/centroamericanos-pagan-el-doble-en-su-tarifa-electrica

ELECTRICIDAD Rehabilitan redes en la zona oeste

SANTO DOMINGO,R.D.- La Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (Edesur) junto a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) iniciaran la rehabilitación de las redes eléctricas en varios sectores del kilómetro 14 de la autopista Duarte.
La empresa detalló en una nota que estos trabajos buscan mejorar el servicio eléctrico en esos barrios beneficiando a más de 80,000 personas, con una inversión de US$8.6 millones, financiados por el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional OFID.
El director de Gestión de Proyectos de Edesur, Cristino Sánchez, al dar las explicaciones técnicas del proyecto, indicó que consiste en la rehabilitación de unos 61.38 kilómetros de redes de media y baja tensión, la instalación de 1,758 luminarias de alumbrado público y 416 transformadores, así como la normalización de 12,566 clientes; de los cuales 9,428 tendrán la tecnología postpago y 3,138 prepago.

Estos trabajos beneficiaran a: La Ciénega, Los Progresos, Paraíso, Las Palmeras, Villa Verde, Villa Ogando, Calle La Cordillera, Los Humildes, La Concordia, Las Mercedes, Cerros del Oeste, Valle Encantado, Canaán y Barrio Independencia del km.14 de la autopista Duarte, proporcionándoles un servicio eléctrico estable, permanente y seguro.

http://www.listindiario.com/economia/2016/11/14/443041/rehabilitan-redes-en-la-zona-oeste

jueves, 17 de noviembre de 2016

Pensiones: ¿Cómo salir de la trampa?

SANTO DOMINGO,R.D.- Lo primero es resaltar que cuando hablamos de pensiones, estamos hablando de un derecho fundamental. En la Constitución dominicana queda establecido así mediante el artículo 60: “Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y la vejez”. Que queden resaltadas dos palabras: “universal” y “adecuada”.
Más allá de la Constitución, la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su artículo 22: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.
Pero el derecho a la seguridad social y, como parte de este, a las pensiones dignas, se ve limitado por razones varias: una de ellas son los bajos salarios del país; otra muy importarte son las perversiones que el Sistema Dominicano de Seguridad Social tiene estructuralmente, entre ellas una esencial: la llamada “capitalización individual”.
Los salarios extremadamente bajos hacen que las cotizaciones sean bajas. Eso se podría resolver de manera directa elevando los salarios, que es un tema de política económica, y por vía indirecta aumentando las cotizaciones, lo que no deja de afectar a empleadores y trabajadores y sería tema de conflicto ineludible. Pero a ello sumemos que, como dijimos en la columna anterior, los recursos acumulados en los fondos de pensiones prácticamente no se usan en inversiones productivas y que, de la rentabilidad alcanzada, 519 millones de dólares se han ido simplemente a engordar los bolsillos de dueños de bancos y empresas accionistas que ya tienen suficiente como para querer tanto.
Pero, insistimos, la trampa clave está en el sistema de cotización y “capitalización individual”. En un sistema así, con la promesa de que “cada quien es dueño de sus ahorros”, considerando salarios bajos y cotizaciones no altas, se impide que funcione el motor que haría posible (y lo hace en otros países) pensiones dignas, al menos al nivel promedio de los salarios del país: la solidaridad intergeneracional.
La solidaridad intergeneracional es todo lo distinto a la “ley de sálvese quien pueda” de la “capitalización individual”, donde en realidad la mayoría capitaliza miserias para sí y privatiza en pocas manos la gran parte del bizcocho. Cuando hay solidaridad intergeneracional, esto es en “sistemas de reparto”, los trabajadores jóvenes y activos aportan con sus cotizaciones los recursos que se invierten productivamente y ayudan a los que se retiran a tener pensiones decentes, y así sucesivamente, cada generación apoya a la mayor, ayudado también por un aporte fiscal (que existe en nuestro país, pero sólo en rol subsidiario, para evitar la catástrofe del régimen de AFP o la “falla de mercado”). La “capitalización individual” es individualismo contra solidaridad, mercancía contra derecho.
Los salarios bajos y cotizaciones no altas explican que las pensiones no sean suculentas, pero es la “capitalización individual” lo que explica, en gran medida, que los trabajadores dominicanos van a recibir como pensión cuando se retiren un 22.8% de su salario promedio, una bajísima tasa de reemplazo. Una alta autoridad de la Superintendencia de Pensiones hace un tiempo nos comentaba que los trabajadores dominicanos pensionados bajo las AFP, en el mejor de los casos, podrían esperar, en promedio, unos 8000 pesos mensuales por el resto de su vida. Esto es el peor rendimiento entre los países con sistema de AFP y el peor de todos los países latinoamericanos, según las proyecciones de la OECD. El promedio de América Latina es un 63% de tasa de reemplazo.
Atiéndase bien: la forma de invertir es ineficiente; las ganancias parasitarias e improductivas para grandes grupos económicos agregan una doble ineficiencia; pero aun cuando la comisión de ganancia se las AFP fuera ninguna, igual a 0, bajo la “capitalización individual” no habrá pensiones decentes. Cada quién tendrá que rascarse con sus propias uñas, mientras entre todos alimentamos una maquinaria financiera gigantesca, que es de todo menos un sistema de pensiones.
El país tiene -gracias a casi un milagro- una alternativa que existe y funciona, y permite ver cómo sería el caso si las pensiones se manejaran con un sistema de reparto con solidaridad intergeneracional: nos referimos a INABIMA. Es el fondo de pensiones de los maestros y maestras, que no está privatizado ni se maneja con “capitalización individual” (como tampoco es privado ni de “capitalización individual” el fondo de pensiones de diputados y senadores dominicanos), sino que los nuevos cotizantes ayudan a los viejos. En INABIMA la tasa se reemplazo es 66%, tres veces mejor que la 22.8% del sistema de AFP dominicano.
Si alguien pregunta si un sistema de reparto y solidario sería sostenible (ya que en Europa estos sistemas la tienen difícil porque hay mucha población envejeciente y hay menos jóvenes) usted contéstele: eso es en Europa, porque en República Dominicana tenemos más de 5 trabajadores activos por cada trabajador que se retira o inactivo. Un sistema de reparto solidario y que asegure derechos es totalmente financiable, sostenible y más eficiente y justo que el actual.
Subrayemos: no basta con mejorar un poquito las cotizaciones o con disminuir las comisiones que cobran las AFP. Esos son aspectos marginales, no sustantivos. Las maneras de cambiar el actual sistema van desde una modificación radical, terminando con la vigencia de las AFP para los nuevos afiliados a partir de ahora y que devuelvan a los cotizantes sus ahorros proponiéndoles una nueva institucionalidad de reparto y social, hasta una modalidad intermedia como la tomada en Perú, donde un sistema de AFP seguirá existiendo pero también habrá un sistema de reparto gerenciado públicamente, solidario y sin capitalización individual, y los trabajadores podrán optar por cual modelo es preferible. Una tercera opción es posible: Un sistema cuyo pilar sea el reparto solidario y de gobierno público, más la posibilidad del ahorro individual complementario de tipo privado.
Una cosa esta clara, el sistema de AFP cayó en desgracia, no por prejuicios, sino porque es un fracaso social y económico en los países en que existe, y no es lo que se supone que deba ser: es seguridad de grandes negocios y no seguridad social.
Quien lo acaba de ratificar no ha sido un luchador “antisistema”, sino nada menos y nada más que Ricardo Lagos, ex presidente y hoy precandidato presidencial en Chile, reconocido líder del país-modelo de las AFP y del “éxito económico” latinoamericano. Lagos es quien acaba de declarar hace pocas semanas lo siguiente:
“Las AFP se preocupan más de las utilidades de sus propietarios que de las pensiones de sus afiliados. Es un sistema injusto y hay cambiarlo.
Los trabajadores y trabajadoras chilenos merecen un sistema de pensiones solidario y justo que reconozca el trabajo de toda una vida
Ni un peso más para las AFP. Participemos del debate y alcancemos amplios acuerdos para cambiar este sistema injusto”.


http://acento.com.do/2016/opinion/8401795-pensiones-salir-la-trampa/

miércoles, 16 de noviembre de 2016

Seguridad social, penurias de los pensionados y las ARS en R.D.

NOTA:Reproducimos este trabajo ya publicado en el periodido


26 Febrero 2013, 3:02 PM



SANTO DOMINGO,R.D.- El poder adquisitivo de los más de 92,000 jubilados y pensionados de R.D. cae continuamente desde hace 7 años, ya que el monto que recibe como pago de la pensión  se ha congelado en ese período y, más grave aún,  el cálculo creativo de la inflación por parte de la entidad correspondiente (BC) hace perenne la congelación del monto de dicho pago debido a la imposibilidad de compensación por el aumento de dicha inflación.
Es un acto de crueldad. Recuérdese que el mayor beneficiario de impuesto inflación es el gobierno, ¿será por  eso que para mostrarse “magnánimo” se quiso evitar el aumento de la inflación y se hizo un aumento amplio de precios vía la Reforma Fiscal? Entonces, si así fuera, en general, y en el caso particular de los pensionados y jubilados, el aumento de la carga fue triple: el aumento de la reforma, la inflación real que percibe y enfrenta y la carga de los servicios médicos.
Lo anterior es así, debido a que SENASA, atendiendo al decreto 342-09 que crea el Plan de Servicios de Salud Especial Transitorio para incorporar a los pensionados y jubilados que cobran por HACIENDA a cargo del Estado, negoció la entrada de los pensionados y jubilados a dicha ARS en dos etapas: primero se incorporó a los jubilados y pensionados de la CDEEE y luego a los restantes de otras instituciones Estatales.
Fue en el 2009-2010 que SENASA,  a instancia de la administración de la CDEEE, y también en dos etapas, elaboró y presentó un plan de salud inferior al básico que en  primera instancia fue rechazado por el incumbente de dicha empresa en ese momento.
Entonces, SENASA le acomodó un plan sub infra básico para los titulares pensionados y acomodó a los dependientes al plan contributivo. ¿Por qué tanta saña con los pensionados y bondad aparente con sus dependientes (derecho adquirido de los pensionados de CDEEE)? ¿Quiso el administrador favorecer al Estado, al sector público, vía SENASA?
No, ya que motu proprio, sin nadie quejarse, canceló el contributivo de los dependientes con SENASA y contrató una ARS privada. ¡Inexplicable! Posteriormente se incorporó a los pensionados y jubilados que no entraron a las ARS SEMMA o a la ARS SALUD SEGURA. En total, según SENASA se incorporaron 10,500 pensionados y jubilados, equivalente a un11.4 % de los más de 92,000 que es el universo de pensionados y jubilados del sector público.
El Estado, CDEEE y SENASA desdeñan a sus pensionados desde hace tiempo, pero ahora, tienen un instrumento sutil en sus manos con el que miden y controlan  el valor de la vida de los pensionados. Otorgar o no el servicio de salud a tiempo a un pensionado es una forma de castigar por parte del funcionario a quien dicho pensionado o la institución del Estado de donde provenga, no le caiga bien.
Están administrando incomodidad y desánimo a los usuarios del Plan de Servicios Especial de Salud Transitorio para Pensionados y Jubilados de entidades del sector público que no auto gestionan un plan de salud.  
Esto sucede en la sede de SENASA de la Av. 27 de Febrero. Ahí, usted solicita un folleto de la red  prestadora de servicios de salud a los pensionados de la CDEEE y le dan un folleto de seis páginas, de las cuales el equivalente de tres páginas lo ocupan seis centros, entre ellos uno cerrado.
Si usted no encuentra en el listado de médicos al especialista, al que lo han referido después de acudir a la sala de emergencia, entonces usted está en problemas. Después de esperar su turno va a donde le van a autorizar ir al médico específico, ya usted fue al primer nivel.
Pero hay otro problema, la persona que lo atiende le dice que no sabe a dónde enviarlo, que si quiere que espere o que hable con el superior: el encargado del plan de los pensionados.
Sus problemas se agravan, quien maneja el plan tampoco sabe cómo hacerlo, no sabe qué hacer, pero aunque está de acuerdo que el folleto representa un infra plan de salud no deja de defenderse y defender, pero es la hora del almuerzo… Le pide la cédula, el carnet y el número  de teléfono al pensionado y acuerdan que lo llamarán para decirle donde y a qué medico ir a consultar.
Eso fue el martes 12 de febrero…todavía hoy día 18, SENASA no se han comunicado con el usuario del servicio de salud.    
Da pena y vergüenza que a doce años de la implementación de la seguridad social en R.D., los PENSIONADOS Y JUBILADOS siguen pasando penurias, no solo desde el punto de vista económico sino desde el punto de vista de la preservación de la salud, para garantizar un retiro digno y seguro. La situación es calamitosa para los pensionados.  
El debate sigue candente. Decimos esto, porque las ARS gubernamentales, son detractoras tanto de los pensionados y jubilados como del modelo implementado.
Estas demuestran fuertes debilidades en el sector de los pensionados y jubilados que generan una imagen de desprestigio e insostenibilidad del sistema, ya que dan a entender que los culpables, la piedra en el zapato de la seguridad social son los pensionados y jubilados; han convertido a los afiliados del plan transitorio en el hazme reír del sistema de salud dominicano a tal punto que todas las ARS quieren salir de los pensionados, pero el Gobierno los condenó mediante el Decreto 342-09 a que sólo pueden pertenecer a estas tres ARS: SENASA, SEMMA y SALUD SEGURA.
El caso reseñado más arriba es típico de las tres ARS estatales, parece ser que es para obligarlos, a los pensionados, a seguir emigrando a las ARS privadas por el mal trato, la falta de atención y la discriminación de que son objetos.
 La mejor prueba, la más palpable son las declaraciones o figureo de prensa de que: “El Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) dinamiza la economía del sector salud de República Dominicana, al que le transfiere unos 8 mil millones de pesos anuales por concepto de pagos a prestadores de servicios de salud públicos, privados y mixtos para los afiliados en los regímenes Subsidiado, Contributivo y Plan de Servicios Especial de Salud Transitorio para Pensionados y Jubilados”.
Destacamos que de estos tres planes, para SENASA, el peor para esa ARS es el  Plan Especial Transitorio para Pensionados y Jubilados, no el subsidiado ni mucho menos el contributivo. ¿Prueba, quieren pruebas? A la incumbente le duele que “El Seguro Nacional de Salud (Senasa) agotó su presupuesto de RD$30 millones que tenía destinados para cubrir las enfermedades  que padecen 10,500 pensionados que asumió esta aseguradora” (periódico HOY 19 de Abril 2011).
Debido a este hecho, la directora declaró, sutilmente, que no quería la mayoría de esos pensionados en su ARS y “propuso que los pensionados formen parte del régimen contributivo y que sean distribuidos entre todas las ARS  que forman parte del sistema, pues “este es un negocio en el que se debe repartir todo, la abundancia y la carencia”.
Nótese el contraste de la algarabía por el poder y la opulencia de SENASA dinamizando la economía de sector salud del país, al que le transfiere 8mil millones de pesos, con el griterío y lamentos de repartir la carencia(los pensionados y jubilados) porque se gastaron RD$30 millones en 10,500 pensionados, equivalente a un 0.38% de los 8mil millones que transfiere al sector salud. Este porcentaje es mucho menor si se compara con el monto total que manejaba SENASA en ese tiempo.
Ahora le toca al gobierno, ¿qué ha hecho y ha dejado de hacer? La LEY 87-01, reconoce en su Art. 43 Reconocimiento de los Derechos Adquiridos de los pensionados y jubilados, además, en el decreto 342-09, en los quince (15) considerandos que contiene, se citan la Constitución de la República y las leyes 1896, 379 y la Ley 87-01, que crea el SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL, donde se deja ver que no se justifica la omisión de no incluir explícitamente a los pensionados y jubilados en dicha ley. Por tanto, el poder ejecutivo crea el “Plan de Servicios Especial de Salud Transitorio para Pensionados y Jubilados”. ¿Es justo este Plan? Creemos que no.
Decimos que el Plan no es justo porque el gobierno puso en manos del, empresariado, el sector privado la salud y la vida de estos pensionados. Esta situación llevó a dicho sector de los empresarios a pensar que son los verdaderos dueños del SDSS, por lo cual acusaron al gobierno de violar al SDSS cuando  “Marisol Vicens Bello, Presidente de COPARDOM, expresó que la creación mediante el Decreto No. 342-09 del Plan de Servicios de Salud Especial Transitorio para incorporar los Pensionados y Jubilados del Estado, a un supuesto Régimen Especial Transitorio  que no está previsto en la Ley 87-01, es un atentado a la legalidad e institucionalidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y  una muestra más de las múltiples violaciones a la institucionalidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social”.( http://copardom.org/ip/?author=1&paged=3)
Frente a esta declaración queremos resaltar que lo de atentado a la legalidad e institucionalidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), si hubo tales atentados y violaciones, estas podrían atribuirse en este caso al Gobierno, debido a que no se respetó la institucionalidad ni la legalidad en el caso de los pensionados, pero fue diferente a como dice COPARDOM. El Decreto 342-09 enumera y detalla las  razones que justifican, según la misma ley 87-01 y la Constitución de la República, la pertenencia de los jubilados y pensionados al SDSS, lo cual niega COPARDOM. El error del gobierno fue no hacer lo que se hizo cuando se modificó la Ley por las leyes 188-07 y 189-07: someterla vía el Congreso Nacional.
Y es que el poder ejecutivo le envió el proyecto que dio origen al decreto 342-09 al CNSS, el cual lo sometió y lo rechazó el 16 de Abril del 2009.(ver penúltimo considerando del Decreto) ¡COPARDOM, es decir, los empresarios representados en el CNSS, comieron con su dama! Lo correcto era que COPARDOM o CNSS declarara que le correspondía al Congreso Nacional, modificar la ley 87-01, por lo cual ellos no podían ni conocerla ni aprobarla ni rechazarla. Legislar no es una función del CNSS, lo más cercano, según el Art. 22, literal n, de la ley 87-07, es “conocer y/o revisar los reglamentos dispuestos por la presente ley y someterlos a la aprobación del Poder Ejecutivo”
 Y hablando de las múltiples violaciones a la institucionalidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social”, la primera gran violación al sistema y a la institucionalidad la cometió el empresariado cuando dejó de pagar las contribuciones al Sistema Dominicano de Seguridad Social, acumulando deudas que pusieron en peligro la viabilidad del sistema, razón por la cual hubo que modificar la ley otra vez con la ley 189-07.
Pero no han dejado de atentar contra la sostenibilidad de la Seguridad Social, siguen dejando de pagar, además reportan sueldos más bajos para aportar menos al sistema…  Es por eso que solicitamos encarecidamente al Señor Presidente de la República para que introduzca el proyecto  Plan de Servicios de Salud para Pensionados y Jubilados, al Congreso Nacional, no al CNSS, para que se modifique la ley 87-01 y se incorpore a los pensionados y jubilados al SDSS.
Así saldríamos de este plan “transitorio” de 4 años, el próximo mes de abril, que tanta pena, dolor, incapacidad y muerte ha aportado a este sector de envejecientes retirados.

  
 Ings. Domingo Rodríguez Tatis y Héctor González Vargas

La salud: de un derecho a un negocio

SANTO DOMINGO,R.D.- Artículo 61, Constitución Dominicana: “El Estado debe velar por la protección a la salud de todas las personas (…) procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran”.
A pesar de que la Carta Magna dice eso, han instaurado un sistema para que los fondos públicos de la salud entren al mercado privado.
El Estado, en lugar de ofrecer los servicios de salud, ahora los subsidia. Cosas muy diferentes. La herramienta de esta privatización tiene un nombre: SeNaSa.
El Gobierno otorga este seguro para que vayan a centros privados a pagar con dinero público, mientras los hospitales públicos van pasando a un régimen de “autogestión”, donde los servicios son tan costosos como en las clínicas privadas.
Para muestra un botón. El año pasado tuvimos que ingresar a mi esposa por dengue en la Plaza de la Salud, hospital construido en terrenos del Estado, con fondos del Estado, equipado por el Estado, que opera con dinero del Estado. La cuenta hizo 80 mil pesos; con seguro privado tuvimos que pagar una diferencia de 20 mil.
¡Por un dengue! Una enfermedad que no debería existir si las autoridades de salud cumplieran su rol preventivo.
Para peor de males, el SeNaSa también es usado por el voraz clientelismo político, exigiendo militancia en un determinado partido para poder ser beneficiario del seguro “del Estado”.
La salud es un derecho de todas las personas, según la Constitución; imponer el uso de un carnet de seguro para poder acceder a este derecho es una clara violación. Además, la Constitución establece que la salud debe ser gratuita, sin embargo, el SeNaSa implica pagar un diferencial, lo cual es otra violación.
Cuando la salud es ofrecida por el Estado, los enfermos son un costo y debe procurar que la gente no se enferme; pero si la salud es privada, el enfermo es un cliente. Este modelo mercantilista es la razón por la cual no hay programas efectivos de salud preventiva, ni atención primaria: si no hay enfermos no hay negocio.
El enfermo ha dejado de ser un paciente y se ha convertido en un cliente; la salud ha dejado de ser un derecho y se ha convertido en una mercancía con la cual se hacen grandes negocios.
Debemos luchar por una salud pública y de calidad. Por un sistema de salud que eduque, que prevenga, y que cuente con un nivel efectivo de atención primaria con centros en cada barrio y sector. Luchemos por algo muy simple: que se cumpla la Constitución.
Tal vez alguien pensará que pretendo que la salud sea gratis. ¡Claro que no! El dinero de la salud pública sale de los impuestos, no del bolsillo de ningún político, ni de ningún empresario en particular. Sale de las costillas de este pueblo.

http://eldia.com.do/la-salud-de-un-derecho-a-un-negocio/

martes, 15 de noviembre de 2016

El dilema de las edes (4 de 5)

SANTO DOMINGO,R.D.- Un error que frecuentemente comenten los jueces es presumir la propiedad del cableado eléctrico incriminado. Para ello, se amparan en la zona de distribución de las edes, desconociendo que la Ley No. 125-01, General de Electricidad, dispone en su art. 2 que a estas últimas les corresponden “las instalaciones de media y baja tensión destinadas a transferir electricidad…”.
Más claramente, las edes son propietarias de los cables de media y baja tensión, no así de los de alta tensión, los cuales les pertenecen a la ETED. El solo hecho de que una ede sea concesionaria de la distribución eléctrica de cierta zona del país, no la presume guardiana de los cables de alta tensión, de lo que resulta que al atribuírsele responsabilidad por un siniestro eléctrico sin precisare cuál lo generó, se parte de la falsa premisa de que es guardiana de los tres tipos.
En su “Tratado de la prueba”, Enrique Falcón explica que “la presunción es la consecuencia de un silogismo fundando en premisas, llamadas indicios, que se apoyan en hechos reales y probados, graves, precisos y concordantes, que nos llevan al convencimiento de que determinados hechos se produjeron de cierta manera”. De ahí que en las circunstancias expuestas, la falta que se presume en perjuicio de las edes por accidentes eléctricos supuestamente provocados por cables eléctricos, se ampara en meras suposiciones, y la justicia así administrada apareja un déficit en la determinación de la verdad.
Lo que convierte una creencia en verdadera son las razones probables, por lo que el juez debe motivar su decisión en la determinación de los hechos sobre la base de las pruebas relevantes aportadas o de presunciones legales. Y si bien es verdad que pesa una presunción de guarda sobre el propietario de la cosa inanimada, no es menos cierto que es sobre su propietario y no sobre terceros, por lo que cuando se condena a una de las edes por el daño provocado por un cableado eléctrico de su zona de distribución, se desnaturaliza dicha presunción legal.
La verdad deja entonces de ser objetiva y se le abre paso a las inferencias personales del juez, o si se prefiere, a presunciones subjetivas. Considerando que las edes no son propietarias del cableado de alta tensión, ella, la verdad, debe fundarse en razones objetivas que se derivan de los datos cognoscitivos que resultan de las pruebas, por lo que salvo que el demandante no demuestre cuál de los tres tipos de cables ocasionó el daño que alega haber sufrido, no procede, en buena lógica jurídica, atribuirle la responsabilidad a la ede demandada.

http://noticiassin.com/2016/11/el-dilema-de-las-edes-4-de-5/

Ordenan parar planta de energía en Los Mina


 Estas son parte de las chimeneas de AES en la avenida Venezuela, en el sector de Los Mina.

SANTO DOMINGO ESTE.R.D.- El Concejo de Regidores del cabildo de Santo Domingo Este aprobó el pasado jueves una resolución que ordena la paralización de los trabajos de construcción de la planta AES-DPP, en la avenida Venezuela, porque alegadamente no fue aprobada por la instancia correspondiente, pero la empresa energética niega la versión.
Ángel Danilo Mesa, vocero del bloque de regidores del Partido de la Liberación Dominicana y proponente del proyecto, explicó que la empresa carece de los permisos adecuados porque la Ley 176-07 sobre municipio establece que la prerrogativa para otorgar permiso de uso de suelo es del Concejo de Regidores.
Reveló que quien otorgó el permiso fue la directora de planeamiento urbano de la pasada administración, la ingeniera Miguelina Santana, a sabiendas de que estaba violando la ley municipal.
“Primero, eso es una atribución del Consejo de Regidores. Segundo, el Concejo no lo aprobó, y aparte de eso, un gasoducto que ellos hicieron en 2003- 2004, tampoco pasó por el Concejo de Regidores”, puntualizó.
También dijo que coordinan el recálculo del pago de arbitrios municipales porque alegadamente AES pagó un millón 600 mil pesos de arbitrios municipales al Ayuntamiento para usar un área de 1,600 metros donde se está construyendo la turbina y las chimeneas, que en un descenso que hicieron encontraron que hay almacenes, depósitos y rampas que no tienen permiso, por lo que entiende que hay que hacer un nuevo cálculo de los arbitrios.
Insistió e que se oponen a la planta porque la temperatura aumentará en la zona y porque se afectará la salud de la gente con los resultados de la combustión. La aprobación de la resolución contó con el respaldo de 29 de 31 regidores, según informó el edil.
La posición de AES
La empresa AES Dominicana respondió al Concejo de Regidores recordándole que 2014, Dominican Power Partners (DPP) agotó los trámites administrativos para la obtención del permiso de uso de suelo en conformidad con los procedimientos del cabildo y la Ley 176-07.
Explicó que se firmó un acuerdo de obras sociales con el cabildo, como parte de los requisitos para el otorgamiento del uso de suelo, con el consenso de las Juntas de Vecinos más cercanas a la obra. “Nos sorprende que a más de dos años de iniciar los trabajos para la conversión a Ciclo Combinado, el recién formado Concejo de Regidores pretenda desconocer la validez de los permisos y busque detener una obra de vital importancia”.
AES afirma se apega a la Ley
Mediante un documento enviado a Diario Libre, AES explica que el proyecto se enmarca y coincide con la estrategia del Gobierno dominicano de diversificar la matriz energética, utilizando soluciones económicas, eficientes y amigables con el medioambiente y que muestra de ello es que la obra cuenta con todos los permisos de los reguladores para proyectos de esta naturaleza.
“AES Dominicana considera que este hecho ‘aislado’ responde a causas que desconoce, ya que la obra cuenta con el correspondiente uso de suelo otorgado con apego a la ley, el cual no obstante su vigencia se pretende arbitrariamente detener la construcción de esta infraestructura eléctrica que se encuentra en su fase final”.

http://www.diariolibre.com/noticias/ciudad/regidores-ordenan-parar-obras-de-una-planta-de-energia-en-los-mina-GC5455778

lunes, 14 de noviembre de 2016

Medicina antienvejecimiento

SANTO DOMINGO,R.D.- Nunca he acordado con designar con este nombre esta rama de la medicina, porque al escuchar esa palabra, ipso facto tendemos a asociarla que es para detener el proceso vital, eliminar arrugas, correcciones estéticas, que nos convidan a pensar que detenemos el proceso degenerativo celular.
Esa especialidad en realidad debe enseñarnos a envejecer con salud y calidad óptima de vida hasta el final, y surge la medicina antienvejecimiento con un grupo de científicos suizos e italianos que se unen para buscar explicación a lo que nos sucede hoy en día, en que una cantidad de máquinas que facilitan el diagnóstico e incluso precisan el tratamiento de enfermedades.
Luego de años de investigación, se arriba a la conclusión de que hay un conjunto de elementos que inciden para ver la salud del paciente, y que solo cuando todos y cada uno de ellos está en equilibrio es cuando disponemos de calidad de vida y estamos plenos de salud.
Nos acostumbramos a tener una o varias áreas de nuestra vida en desequilibrio, problemas psicológicos que en la gran mayoría creamos, ficticios, y los somatizamos en quebrantos.
Algunas de esas áreas que permean al individuo surgen de las obligaciones laborales, cuido familiar, sueño perturbado por cargas emotivas, faltas de reposo, higiene, ritmo sexual, distracciones, hidratación, fe, presupuesto deficitario y vacaciones que potencializan el estrés, todo lo cual amerita correcciones.
Cada una de estas áreas requiere equilibrio para completar un mejor funcionamiento y propender a una mejor calidad de vida, y la buena nueva es que podemos lograrlo, con el auxilio de la medicina antienvejecimiento.
Con la relación “A la mujer”, la medicina antienvejecimiento podemos entender dolencias que hace tiempo atrás no comprendíamos cómo tratarlas , y que han experimentado un incremento preocupante, implementando nuevas terapias combinadas con notable éxito.
Contaminación por metales es otro tema a tratar, cocinar en ollas de aluminio y hierro, cubiertos de metales indebidos, prendas de metales tóxicos, desodorantes con aluminio, tintes de pelo que contienen plomo, combustibles, baterías de inversores dentro del hogar, pintalabios y esmaltes de uñas que nos contaminan, alimentos con sustancias preservativas y hormonas de rápido crecimiento, exponiéndonos a muchos riesgos de salud.
El cateterismo moderno es una variante médica nueva consistente en limpiar los vasos sanguíneos, arterias, venas arteriales y otras, consiguiendo eliminar las toxinas mediante la micción, apropiado para pacientes varicosos, deficiencia venosa, colesterol, hígado graso, triglicéridos y otras dolencias, en un cambio de estilo de vida, dentificando cuáles prácticas indebidas hemos asumido que dañan nuestra salud y como superarlas, concientizando el individuo que las grandes dolencias están vinculadas a estilos de vida incorrectos y emociones dañosas que urge identificar para acercarnos a un universo nuevo de salud.

http://eldia.com.do/medicina-antienvejecimiento-2/

domingo, 13 de noviembre de 2016

El dilema de las edes (3 de 5)

SANTO DOMINGO,R.D.- Cuando hay controversia sobre la existencia de los hechos alegados, el tribunal debe recurrir al procedimiento que le permita a la parte interesada constituir la prueba del hecho que invoca. En lugar de dictar una sentencia de instrucción para prescribir un peritaje a fin de comprobar, fuera de toda duda, que el día del siniestro el voltaje eléctrico era irregular y que el cable incriminado era de baja o media tensión, que son los únicos propiedad de la edes, el tribunal se amparó en una “certificación” de una junta de vecinos, acaso como si tuviese aptitud pericial para acreditar tales hechos.
Peor aún, retener esa “certificación” para dar por cierto que la víctima murió en la azotea de su residencia al hacer presuntamente contacto con un cable eléctrico en horas de la madrugada, equivale a atribuirle una relevancia insólita. La sana crítica y la lógica empleadas como máximas de la experiencia al momento de admitir y valorar semejante documento, aconsejan desconocerle eficacia, pues solo las declaraciones prestadas al juez por quienes tengan conocimiento personal de los hechos, pueden ofrecer una base cognitiva para establecer la verdad del hecho.
Para aplicar la ley a los casos individuales tomando como base criterios objetivos, siempre en interés de administrar justicia, el tribunal tiene que fundarse en premisas fácticas fiables, lo cual se prueba solo mediante medios probatorios relevantes y admisibles. Y ninguna junta de vecinos puede certificar, insisto, que este o aquel otro pereció de tal causa, respecto de lo cual solo los patólogos pueden hacerlo.
Por otro lado, únicamente aquellos que tienen conocimiento personal de los hechos –no de oídas- pueden hacer declaraciones, y una junta de vecinos, en su condición de persona jurídica, no tiene ojos para ver, y consecuentemente, para consignar cómo le sobrevino la muerte a la víctima. Finalmente, suponer que una junta de vecinos está en capacidad de certificar la irregularidad del fluido eléctrico, cuestiona seriamente el régimen de la prueba y, en particular, su valoración.
Bueno es no olvidar que en cualquier contexto procesal la verdad de lo acontecido se acredita mediante los elementos probatorios disponibles y relevantes, y como explica Michelle
Taruffo, formidable catedrático italiano, “la relevancia es un estándar lógico de acuerdo con el cual los únicos medios de prueba que deben ser admitidos y tomados en consideración por el juzgador son aquellos que mantienen una conexión con los hechos, de modo que pueda sustentarse en ellos una conclusión acerca de la verdad de tales hechos”.

http://noticiassin.com/2016/11/el-dilema-de-las-edes-3-de-5/