viernes, 21 de agosto de 2020

Edes explican facturas eléctricas subieron por alto consumo de clientes en cuarentena


SANTO DOMINGO,R.D.-Las empresas distribuidoras de electricidad EdeNorte, Edesur y EdeEste negaron este domingo que hayan duplicado el costo de su factura eléctrica a los clientes, como han denunciado muchos a través de las redes sociales y medios de comunicación.
En un comunicado conjunto, las compañías explicaron que el aumento en la tarifa que los usuarios han visto reflejado en sus facturas se debe a que durante todo el tiempo de cuarentena, ordenada por el Gobierno para enfrentar la pandemia del COVID-19, mantuvieron el servicio por 24 horas y sin interrupciones y de ahí el aumento del consumo experimenta por los hogares.
“Todos nuestros clientes residenciales que recibían suministro electricidad las 24 horas antes de la pandemia han consumido más electricidad y más aún aquellos que no disfrutaban de ese servicio su consumo ha sido mayor, lo que le hace una facturación más alta y en algunos casos el precio por kilowatts es más caro, al cambiar en la escala tarifaria”, acotaron las compañías.
“No es cierto que las distribuidoras estemos duplicando las facturas o cobrando el doble de la tarifa a los clientes”, destacaron.
“Lo que si es cierto es que producto de la prevención del Gobierno dominicano, fundamentalmente con la construcción de Punta Catalina, el precio que estamos pagando por el servicio de electricidad de 24 horas a la población en esta devastadora crisis sanitaria está por debajo en 31% del presupuesto del 2019 y un 47% menor que los precios del 2012, lo que ha permitido disminuir el déficit financiero de nuestras empresas y con ello el déficit fiscal”, subrayaron.
Las edes explicaron que parte de sus clientes, regulados y no regulados, se han quejado a través de los medios de comunicación y directamente a sus oficinas por la facturación en la que muchos de sus negocios e industrias han permanecido sin actividad productiva. En estos casos, explicaron que lo sucedido fue que esos clientes, en sus contratos, tienen una potencia contratada, según establecen resoluciones SIEC-237-98 y las posteriores emitidas por la Superintendencia de Electricidad, “por lo cual se les ha facturado con un pago mínimo de servicio”.
Señalaron que, en muchos casos de esos clientes, “ya hemos llegado a acuerdos de pagos parciales y estamos buscando una salida colectiva para ellos”.
Las distribuidoras recuerdan no han cortado el servicio a sus clientes y usuarios, ni lo harán, por falta de pago o por factura en reclamación mientras permanezca esta situación. “De hecho, estamos dando facilidades de pago a muchos clientes que tenían facturas vencidas y por las causas conocidas por todos no han podido cumplir con sus compromisos”, expresaron.

jueves, 20 de agosto de 2020

Ley que crea Ministerio de Energía y Minas no disuelve la CDEEE


Somos de opinión que la CDEEE debe ser preservada y limitada sus funciones, al mandato especifico y taxativo de la Ley General de Electricidad, 125-01, el cual establece que las funciones de la CDEEE son “liderear y coordinar las Empresas Eléctricas”. 

Por BERNARDO CASTELLANOS 
Mediante el Decreto 342-20 de fecha 16 de Agosto del 2020, el Poder Ejecutivo declara de alto interés nacional la liquidación de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE).
En los Considerandos del referido Decreto, el Poder Ejecutivo justifica su decisión en los siguientes aspectos:
  1. En el Artículo 138 de la Ley General de Electricidad 125-01, el cual establece que” Se crea la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), cuyas funciones consisten en liderear y coordinar las Empresas Eléctricas,llevar a cabo los programas del Estado en materia de electrificación rural y sub-urbana a favor de las comunidades de escasos recursos económicos, así como de la administración y aplicación de los contratos de suministro de energía eléctrica con los Productores Independientes de Electricidad (IPP). Esta Corporación financiará sus actividades con sus recursos asignados en la Ley de Gastos Públicos, con financiamiento y con cualesquiera otros fondos especializados que les asignen de manera específica”
  2. Artículo 2 de la Ley 100-13 que crea el Ministerio de Energía y Minas, el cual establece que Corresponde al Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de órgano rector del sistema, la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios relativos al sector energético y sus subsectores de energía eléctrica, energía renovable, energía nuclear, gas natural y la minería, asumiendo todas las competencias que la Ley No.290, del 30 de junio del 1966, y su Reglamento de Aplicación otorgaban al Ministerio de Industria y Comercio en materia de minería y energía, y ejerciendo la tutela administrativa de todos los organismos autónomos y descentralizados adscritos a su sector.”
  3. Artículo 17 de la Ley 100-13 que crea el Ministerio de Energía y Minas, el cual establece la derogación del Decreto 923-09 de fecha 30 de Diciembre del 2009. Dicho Decreto establece en su Artículo 1 “Liderazgo y Coordinación.En desarrollo del Articulo l38 de la Ley No. 125-01, Ley General de Electricidad, de fecha 26 de julio de 2001, se establece a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) como ente líder y coordinador de todas las estrategias, objetivos y actuaciones de las empresas eléctricas de carácter estatal, así como aquellas en 1as que el Estado sea propietario mayoritario o controladory se vinculen al funcionamiento de1 sistema eléctrico nacional. Lo anterior incluye a su vez todas aquellas unidades o entes que dependan de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) o de cualquier otra empresa estatal vinculada al sector eléctrico. Párrafo:De manera específica, a 1os fines de la aplicación del presente Decreto, se considerarán empresas y/o entes eléctricos estatales, al menos,1os siguientes La Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED; La Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID; La Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. (EDEESTEI; La Empresa Edenorte Dominicana, S.A. (EDENORTEI; y La Empresa Edesur Dominicana, S.A. (EDESUR);” Articulo 2. “Estrategia Integral de Desarrollo Eléctrico Estatal (EIDEE). Corresponderá, a partir del presente Decreto, a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), por intermedio de su Consejo de Administración, la Preparación y aprobación de la Estrategia Integral de Desarrollo Eléctrico Estatal (EIDEE), mediante la cual se establecerán los lineamientos generales y las políticas integrales para el Desarrollo del sector eléctrico estatal nacional a corto, mediano y largo plazo.La Estrategia Integral será vinculante y obligatoria para todas1as empresas estatales a 1as que les apliquen 1as disposiciones del presente Decreto. Lo anterior se desarrollará sin perjuicio del ejercicio de las funciones generales de la Comisión Nacional de Energía (CNE) respecto a todo el sector eléctrico”.
  4. Articulo 24 de la Ley 142-13, el cual establece que “Las disposiciones relativas a las atribuciones, facultades y funciones que en la actualidad corresponden a la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales, a que se refieren el Artículo 2 y los literales f) y e) del Artículo 3 de la Ley número 100-13, del 30 de julio de 2013,entrarán en vigencia a partir de los cinco (5) años, contados a partir de la promulgación de la presente modificación. En consecuencia, se mantiene vigente todo lo relativo a las atribuciones, facultades y funciones de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) en lo que concierne a su condición de entidad líder y coordinadora de todas las estrategias, objetivos y actuaciones de las Empresas Eléctricas Estatales, así como aquellas en las que el Estado sea propietario mayoritario o controlador y se vinculen al funcionamiento del sistema eléctrico nacional”. En el Primer Considerando de la Ley 142-13, se establece que “Que la Ley número 100-13 de fecha 30 de julio de 2013 que crea el Ministerio de Energía y Minas, en su Artículo 2 y en los literales f) y e) de su Artículo 3, consagra para dicho Ministerio algunas atribuciones que actualmente están a cargo de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales.
  5. Ley 100-13 Articulo 2 Literal e y f, dicen lo siguiente e) Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas de energía, así como promover, organizar y asegurar el desarrollo de los programas de uso racional y eficiente de energía. f) Promover políticas que aseguren la cobertura, abastecimiento y accesibilidad de la energía en armonía con el medio ambiente”.
ALGUNAS PUNTUALIZACIONES Y PRECISIONES
  1. En términos estrictos legales, tomando en cuenta 
  2. la Ley General de Electricidad 125-01 que crea la CDEEE y la Ley 100-13 que crea el Ministerio de Energía y Minas, no existen conflictos entre ambas leyes, pues la Ley General de Electricidad en su Articulo 138 las funciones que le asigna a la CDEEE son de ” líder y coordinador de todas las estrategias, objetivos y actuaciones de las empresas eléctricas de carácter estatal, así como aquellas en 1as que el Estado sea propietario mayoritario o controlador”, mientras que, para el Ministerio de Energía y Minas, las funciones establecidas en la Ley son ” la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios relativos al sector energético y sus subsectores de energía eléctrica, energía renovable, energía nuclear, gas natural y la minería.” En otras palabras, mientras por la Ley General de Electricidad 125-01, el rol de la CDEEE esta circunscrito de manera específica y taxativa, única y exclusivamente a las empresas eléctricas de carácter estatal, así como aquellas en 1as que el Estado sea propietario mayoritario o controlador”, las funciones del Ministerio de Energía y Minas, de manera específica y taxativa, definidas en la Ley 100-13, se refieren a “la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios relativos al sector energético y sus subsectores de energía eléctrica, energía renovable, energía nuclear, gas natural y la minería”.
  3. Mientras la CDEEE, su radio y ámbito de acción está limitado por la Ley General de Electricidad 125-01, al ámbito único y exclusivo de las empresas eléctricas estatales, que son empresas comerciales, el ámbito de aplicación de las funciones del Ministerio de Energía y Minas establecidos en la Ley 100-13, es mucho mayor y de más cobertura, refiriéndose el mismo, al trazado y delineamiento de políticas sectoriales, estrategias, planes, programas, proyectos en general, de corto, mediano y largo plazo, en los sectores de energía (electricidad, combustibles) y minería, sectores que incluyen a las empresas estatales y privadas, asociadas a las áreas de energía y minas del País.
  4. En la realidad, la CDEEE desbordo sus atribuciones establecidas en la Ley General de Electricidad 125-01, pero ese desbordamiento, no requería de su eliminación. Basta y sobra, con un llamado a circunscribir sus actuaciones al mandato especifico de la Ley. 
  5. Ni la Ley 100-13, ni la Ley 142-13, en ninguno de sus artículos ni párrafos, manda la eliminación de la CDEEE. Lo que establece la Ley 142-13, es que el Ministerio de Energía y Minas, debe asumir su rol de planificador de las estrategias públicas en los sectores de energía y minas, específicamente, lo que establecen los acápites e y f del Articulo 2 de la Ley 142-13, los cuales señalan que e) Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas de energía, así como promover, organizar y asegurar el desarrollo de los programas de uso racional y eficiente de energía. f) Promover políticas que aseguren la cobertura, abastecimiento y accesibilidad de la energía en armonía con el medio ambiente”.
  6. El Artículo 1 del Decreto 923-09, no establece las funciones y atribuciones de la CDEEE, ya que dichas funciones están establecidas mediante la Ley General de Electricidad, 125-01. En consecuencia, el mandato del Articulo 17 de la Ley 100-13, de derogación del Decreto 923-09, no puede ser interpretado como un mandato de la eliminación de la CDEEE, pues la CDEEE es creada por la Ley General de Electricidad 125-01 y no por el Decreto 923-09. Un Decreto no puede derogar una Ley.
  7. Somos de opinión, que desde el punto de vista estrictamente institucional, es un error asignar al Ministerio de Energía y Minas funciones que están totalmente ajenas al espíritu de la Ley 100-13 que crea dicho Ministerio. El Ministerio de Energía y Minas es el planificador, quien elabora las políticas sectoriales, estrategias, planes, programas, proyectos en general, de corto, mediano y largo plazo, en los sectores de energía (electricidad, combustibles) y minería, sectores que incluyen a la empresas estatales y privadas, asociadas a las áreas de energía y minas del País.
  8. El Ministerio de Energía y Minas, a nuestro criterio, no debe y no puede, vincularse en el manejo de los aspectos comerciales de las empresas eléctricas estatales, ya que, desde nuestro punto de vista, se crea un conflicto de intereses, entre el rol y mandato especifico y taxativo de la Ley 100-13, de velar por las políticas públicas sectoriales, estrategias, planes, programas, proyectos en general, en los sectores de energía (electricidad, combustibles) y minería y la función específica, de presidir los consejos de administración de las empresas eléctricas estatales, en contradicción con el espíritu de la Ley 100-13, con lo cual el Ministerio pasa a actuar, como un agente más en el sector eléctrico, sector cuyas políticas públicas sectoriales, estrategias, planes, programas, proyectos en general,, son definidas y trazadas por el Ministerio de Energía y Minas.
  9. El Ministerio no debe y no puede, ser el trazador de políticas públicas sectoriales y al mismo tiempo, un agente más, de empresas dentro de un sector cuya planificación y estrategia de corto, mediano y largo plazo, es determinada por las políticas públicas del Ministerio de Energía y Minas.
  10. Somos de opinión que la CDEEE debe ser preservada y limitada sus funciones, al mandato especifico y taxativo de la Ley General de Electricidad, 125-01, el cual establece que las funciones de la CDEEE son “liderear y coordinar las Empresas Eléctricas”. Para desarrollar esas funciones, la CDEEE debe estar compuesta por un personal técnico calificado profesionalmente, con experiencia en las áreas de ingeniería eléctrica, hidroeléctrica, regulación de mercados eléctricos, financieros, administradores, abogados y profesiones afines al sector eléctrico.
  11. Para desempeñar las funciones específicas consignadas en la Ley General de Electricidad 125-01, la CDEEE no requiere de un personal excesivo y supernumerario, como ocurre en la actualidad. Basta y sobra con un personal profesional, especializado, de veinte (20) personas o menos, que puedan estar dando seguimiento al día a día de las ejecuciones, desempeño comercial, financiero y planes de expansión de las empresas eléctricas estatales a corto, mediano y largo plazo.
  12. Tenemos el temor, de que con la ampliación de las funciones del Ministerio de Energía y Minas, más allá del espíritu de la Ley 100-13 que crea dicha Institución, se pueda estar enviando señales equivocadas, a posibles y potenciales nuevos inversionistas extranjeros, con potencial interés en el sector eléctrico, lo cual es perentorio atraer, pues desconocemos que otro País en el mundo, tenga un Ministerio de Energía y Minas involucrado en actividades comerciales de una o varias de las empresas de un sector, cuyas políticas públicas sectoriales, estrategias, planes, programas, proyectos en general, de corto, mediano y largo plazo, son definidas y trazadas por el Ministerio de Energía y Minas.
  13. El Ministerio de Energía y Minas, tiene una enorme carga de trabajo y responsabilidad, con tan solo ejecutar las funciones específicas y taxativas que establece la Ley 100-13 que lo crea, las cuales son “la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios relativos al sector energético y sus subsectores de energía eléctrica, energía renovable, energía nuclear, gas natural y la minería”
  14. De persistir la idea de eliminar la CDEEE, esperemos que con el Ministerio de Energía y Minas, no se cumpla el refrán que dice, “EL QUE MUCHO ABARCA POCO APRIETA”.
  15. https://acento.com.do/opinion/ley-que-crea-ministerio-de-energia-y-minas-no-disuelve-la-cdeee-8850985.html

miércoles, 19 de agosto de 2020

Edenorte tiene un déficit mensual de RD$1,621 millones, según su nuevo director


SANTO DOMINGO,R.D.-La Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (Edenorte) tiene un déficit de RD$1,1621 mensual y una deuda de más de RD$667 millones, según indicó este martes su nuevo director.
Andrés Cueto agregó que Edenorte también tiene RD$ 36,500 millones en pasivo de mantenimiento.
Esos fueron los números que encontraron en esa dependencia, pero en los próximos días darán un informe más preciso, según indicó Cueto durante una visita que realizó al Palacio Nacional.
Esas cifras “demuestran la conducta que tenía el Partido de la Liberación Dominicana ( PLD), de que exhibía bonanza financiando deudas”, indicó.
Agregó que ese crecimiento que se veía en el sistema energético era producto del financiamiento de deudas. Cueto manifestó que el próximo paso es hacer más eficiente el servicio de Edenorte para eliminar los apagones.

martes, 18 de agosto de 2020

Designan a Ing. Serafín Canario como administrador planta Punta Catalina

imagen
SANTO DOMINGO,R.D.- Serafín Canario de la Rosa fue designado anoche por el presidente Luis Abinader como administrador general de la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC), en sustitución de Jaime Aristy Escuder.
El designado es ingeniero y gerente de la firma Serafín Canario y Asociados SRL, que hace un tiempo ganó una licitación para realizar una prueba a las unidades de dicha planta.  Además, él es miembro de la Comisión de Energía del ahora gubernamental Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Tras realizar esa prueba, dicha firma denunció que las unidades operan fuera de los límites establecidos por sus fabricantes y por las especificaciones técnicas, lo que genera pérdidas al Estado de US$3.7 millones mensuales. De inmediato, la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales reaccionó calificando de mentirosos a los miembros de dicha empresa, de ser desconocedores de como funciona y opera el sistema y mercado eléctrico en la Republica Dominicana.

lunes, 17 de agosto de 2020

Eliminación de consejos y recorte de personal, receta del nuevo gobierno para las EDE


SANTO DOMINGO,R.D.- Llevar la eficiencia a las tres empresas distribuidoras de electricidad (EDE) y revisar y concluir el Pacto Eléctrico son parte de los retos que a partir de este domingo asumen las autoridades de ese sector.
La “falta de profesionalización” existente en la EDESur, EDENorte y EDEEste llegó a su fin y serán sometidas a recortes de personal y gastos, con el propósito de mejorar su funcionamiento, según adelantó el designado ministro de Energía y Minas, Antonio Almonte.
“Habrá una reorganización de las distribuidoras para introducir eficiencia, reducir pérdidas y generar mayor confianza en los ciudadanos e inversionistas, dándole profesionalización empresarial. Ese es el propósito esencial, hay más cosas que se harán, pero esa será la primera medida”, sentenció.
El nivel de pérdidas promedio de las tres compañías, hasta el pasado junio, era de un 29.8 %, de acuerdo a las estadísticas de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE).
Almonte afirmó que, en lugar de un consejo de administración para cada distribuidora, como existe en la actualidad, solo habrá uno para las tres empresas, explicando que la medida busca, sobre todo, tener mayor control y mejor alineación en cuanto a los gastos de operación de las EDE.
Sostuvo que los gastos de las empresas distribuidoras “están absolutamente fuera de control” y que una de las metas es la reducción drástica de costos, sin afectar la calidad del servicio. Asimismo, declaró que operan con un exceso de empleomanía.
Las distribuidoras empleaban hasta junio 8,745 personas y registraba gastos de personal, hasta el referido mes, por US$48.9 millones, de acuerdo a los registros de la CDEEE.
“Los estudios dicen que se puede hacer (el trabajo de las EDE) con entre cuatro y cinco mil empleados, pero nunca esa cantidad tan grande, si tomamos en cuenta la extensión de las distribuidoras y la cantidad de clientes que tienen”, criticó.
El titular de Energía y Minas acusó al Partido de la Liberación Dominicana (PLD) del manejo poco responsable en la nómina de las distribuidoras y de politizarlas en extremo.
“Hubo una articulación muy íntima entre las EDE y la actividad política y eso hizo que las pasaran a ser un instrumento fundamental del clientelismo político-electoral. Hubo un desmadre en lo que se refiere a empleomanía”, manifestó.
El Pacto Eléctrico
Sobre el Pacto Eléctrico, pendiente de firma desde diciembre de 2017, el ministro de Energía precisó que primero se hará un examen de la situación actual, debido a que el contexto internacional y local es diferente al que existía cuando se “lanzó” el acuerdo.
Antonio Almonte expresó que en el sector eléctrico las decisiones fundamentales de cambios o reformas deben hacerse con un esfuerzo de consenso entre los actores: ciudadanos, empresarios y el rol responsable del Estado, a través del gobierno.
“La realidad hoy es diferente, en términos del entorno internacional, me refiero al precio del combustible, las nuevas empresas que se han instalado, el ‘boom’ de las energías renovables, entre otros”, precisó.
El Partido Revolucionario Moderno (PRM), que asume el gobierno este domingo, se negó en 2017 a participar en la firma del pacto, que se suponía debió haberse acordado en 2013, como indica la Ley 1-12 Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.
Almonte aseguró que el espíritu y la conducta fundamental del gobierno de Luis Abinader en materia de energía será la promoción del diálogo y consenso para hacer reformas y cambios que la sociedad valide y legitime.

domingo, 16 de agosto de 2020

Cuidar la tierra. Un cambio de visión y de estilo de vida

Cuidar la tierra. Un cambio de visión y de estilo de vida
Ante la destrucción de los ecosistemas de la Tierra provocada por el ser humano, que pone en riesgo el futuro de la humanidad, cada persona es responsable del cambio climático, cuyas consecuencias vivimos ya.
El cambio climático, además de ser una amenaza real, nos lleva a la necesidad de abrirnos a otra forma de pensar, vivir y actuar para cuidar de la Tierra y de todo lo que contiene. Nuestra responsabilidad como seres humanos con mayor conciencia que otros seres del Planeta es cuidar la Tierra para que la vida crezca y se desarrolle, como lo ha hecho siempre en su evolución.
Abrirnos a la nueva cultura ecológica significa cambiar nuestra relación a la naturaleza y a los otros seres del planeta. La visión ecológica es holística, de inspiración ética y espiritual
En la situación de "urgencia" o “emergencia” climática actual, no solo los gobiernos, las instituciones, las empresas y la sociedad tienen que cambiar, sino
que cada uno de nosotros hemos de transformarnos para disminuir nuestro impacto en el cambio climático. Cambiar yo mismo para instar a los gobiernos a cambiar.
Este cambio es un proceso que lleva tiempo. Pero lo vivimos con muchos otros y felizmente, hoy también con muchos jóvenes luchando por un mundo mejor para todos. Unidos podemos transformar el sistema y el mundo.
Cambio de sistema y cambio personal para cuidar del Planeta
Mirando al mundo percibimos la situación catastrófica del planeta: la degradación ambiental, la sobre-explotación de los recursos de la Tierra, los fenómenos del cambio climático, las extremas desigualdades entre riqueza y pobreza, la explotación, las injusticias.... Pero también vemos las muchas transformaciones realizados para mejorar la vida del Planeta y de los seres que lo pueblan. Desde ciertas políticas, comportamientos, acciones, evolución de las mentalidades hacia más interés y atención al cuidado de “la Casa común”; mayor interés y compromiso por un mundo para todos...
Para resolver esta crisis, se necesita un cambio estructural que tienen que dirigir quienes toman las decisiones, pero que ha de estar influido por todos los que quieran contribuir. Favorecer ese cambio significa participar en movimientos sociales, lanzar y vivir proyectos alternativos, sensibilizar a las personas sobre las causas de la situación actual, incidir a todos los niveles para lograr un cambio de políticas que han de estar al servicio de los ciudadanos y no de las grandes corporaciones empresariales multinacionales, la Banca y las Entidades Financieras... Y todo ello para exigir a los gobiernos e instituciones que tomen medidas para reducir los gases de efecto invernadero y que sus decisiones conduzcan a un cambio sistémico para detener el cambio climático e ir hacia un mundo mejor para todos. Pero el compromiso por un cambio estructural debe ir acompañado de un cambio personal: de visión, de estilo de vida más sencillo... que afecte todas los aspectos de la vida: comida, transporte, casa, relaciones, organizaciones en las que nos comprometemos y aliados vitales con quienes caminamos, bancos, comercios, negocios que hacemos... Todo ello tiene un efecto mayor o menor en el cambio climático y en la sociedad que configuramos.
Nuestra visión guiará los cambios necesarios en nuestras vidas para pasar de ser consumidor a ser un cuidador que mejora la vida para todos.