sábado, 9 de abril de 2022

HEPEJCODEEE HACE LLAMADO AL PRESIDENTE ABINADER DONDE LE DICE QUE ES IMPROCEDENTE EL AUMENTO DE LA TARIFA ELECTRICA

La Hermandad de Pensionados de la CDEEE (HEPEJCODEEE), como ONG de pensionados/jubilados y apegada a nuestra declaración de principios, de integrarnos a la sociedad para canalizar nuestras inquietudes y aspiraciones, de brindar nuestra experiencia y participar en la defensa, evolución y el progreso de nuestra nación. Comisionó a su Comision tecnica deIngenieros: para tratar el tema señalado que afecta a la poblacion. La tarifa eléctrica o factura resulta de la suma final del precio que te ofrece tu comercializadora + los impuestos + los peajes de distribución (los dos últimos están regulados por ley). ... Según un estudio de la SIE: ANALISIS SOBRE EL ESQUEMA TARIFARIO EN R.D. los COMPONENTES DE COSTOS PARA DETERMINAR LAS TARIFAS ELECTRICAS del usuario final son: TUF =CG+CT+CD+CC Donde: TUF:TarifaUsuariosFinales CG:Costo Generación CT:Costo Transmisión CD:Costo Distribución=Costo Red Media Tension,costo red baja tensión,costo Operación y mantenimiento. CC:Costo Comercialización=Medición ,Facturación, Cobro, Servicio al cliente El cálculo de tarifa que se salga de esa ecuación con otros factores ,como es el caso del ART.7 de la RESOLUCION 0106-19 emitida el 14 de noviembre del 2019, QUE TRATA SOBRE EL NIVEL DE COBRANZA Y RECARGO PARA EL ALUMBRADO PUBLICO para favorecer a organismos como la SIE Y CNE Y A LOS GENERADORES, ES UNA DISTORSION O UN ADEFESIO JURIDICO QUE NO CORRESPONDE A LA REALIDAD DEL PAIS EN TIEMPO DE PANDEMIA DONDE HAY QUE COMBATIR A LA POBREZA.QUE ESTAN CONTEMPLADOS ENLA Resolucion SIE-017-2020 emitida el 27 de marzo del 2020, EN SU ANEXO A CUADRO DE COSTO DE COMPRA DE LAS EDES DURANTE EL TRIMESTRE DEL 2020 en su renglon # 18 de cada cuadro. Para lograr estos ajustes en contra del consumidor hay que realizar un análisis más juicioso que contemple el subsidio eléctrico que proviene del presupuesto de la Nación para evitar el alto costo del servicio. Así, de tu factura eléctrica la distribución en porcentaje son: · El 21% son impuestos. ... · El 38% es el precio de la energía. ... · El 41 % son costos regulados. · Si se aplica la tarifa técnica, los clientes de las EDE’s tendrían que asumir totalmente cualquier variación en los precios de los combustibles. Es decir, todos los costos de la cadena de producción, transmisión, distribución y comercialización de la electricidad. P ero además, se aplicaría el pago del desabastecimiento de energía(apagones) a los consumidores que pagan religiosamente la luz mes tras mes, transparentándose el mercado eléctrico.Y de esa manera culmina el FETE su papel al que fue creado por que su papel es transistorio,pero la violación a la Ley 125-01 es una constante de las autoridades. · · El artículo 110 de la ley General de Electricidad 125-01, define la Tarifa Técnica como aquella que cubre el costo de abastecimiento de las distribuidoras sustentado en un régimen de competencia, más las pérdidas técnicas que se producen desde que inicia la generación de la energía hasta que se factura el servicio al consumidor. La estructura tarifaria vigente(LA QUE NO MANDA LA LEY ELECTRICA) no corresponde a una tarifa técnica que establece los márgenes de ganancia de las distribuidoras o Valor Agregado de Distribución (VAD) dentro de niveles de eficiencia y perdidas aceptadas por las buenas practicas de gestión en empresas distribuidoras, sino que dicha tarifa indexada cada vez que se congela trata de recuperar vía la estructura tarifaria las perdidas ocasionadas por el pésimo desempeño en las distribuidoras. Lo anterior se hace o se realiza para cubrir a las EDES EN SU DISMINUCION DE COBRANZA mes tras mes con el famoso FETE,pero esa indexación que realiza la SIE NO ELIMINA EL SUBSIDIO TRAMPOSO,pues no ofrece transparencia en su ejecución. Pero tampoco ayuda a mejorar su deficiencia en la gestión comercial,es mas atraso. HEPEJCODEEE observa que en las resoluciones de la SIE,El Estado subsidia con el 55.43% del monto de la tarifa a los consumidores de 0-200 kWh; con 30.06% a los clientes que consumen entre 201-300 kWh; con 11.45% a los que consumen de 301-700 kWh y con 9.54% a los que consumen por encima de 701 kwh mensuales. De igual manera, se subsidia la tarifa eléctrica en porcentajes diferentes a los consumidores BTS-2, BTD, BTH, MTD y MTH respectivamente. Es decir, independientemente de que usted sea rico o pobre, por alguna vía recibe un subsidio por parte del Estado en su tarifa de electricidad. Para HEPEJCODEEE La indexación es un mecanismo que se utiliza para actualizar o corregir las pérdidas del valor real del dinero o depreciación en los ámbitos: contractual, judicial o legal producidos por las desvalorizaciones monetarias por inflación, en el transcurso del tiempo para lo cual, se utilizan indicadores económicos, de los cuales el más utilizado es el Índice de precios al consumidor(IPC). Esa corrección, actualización o revalorización se realiza porque si no se lleva a cabo, se está penalizando al acreedor o receptor del bien desvalorizado, en este caso al consumidor. La inflación es definida como el aumento de los precios durante períodos más o menos largos de los bienes y servicios (comida, transporte, bebidas no alcohólicas, entre otros), que necesita la población para su diario vivir. Un aumento de la inflación se traduce a los precios de los diferentes productos y servicios básicos, establecidos por el Banco Central de la República Dominicana (BCRD), lo que impacta el presupuesto familiar. HEPEJCODEEE ,manifiesta su preocupación por las resoluciones de la SIE señaladas por la difícil situación que atraviesa el mundo en especial R.D. por el impacto que tendrá ese cálculo trimestral en la tarifa eléctrica ya que consideramos que debió congelarse en tiempo de COVID-19. En la propuesta Gobierno, queremos señalar lo siguiente con relación a la “posible facturación”. Amen de lo cuestionable del valor y la base que sustentan el VAD que cuestionaremos luego. 1-En dicha facturación, queremos llamar la atención al componente ”Tasas organismos reguladores(1%)” Por qué? Porque en ninguna parte de la ley se contempla como parte de la tarifa, aunque si está contemplda en la LGE sólo para la SIE y la CNE y es acargo de las empresas generadoras, de transmisión y distribución de las ventas totales del SENI en el mercado eléctrico mayorista (MEM), ART. 37 de la Ley 125-01 y del ART. 45 al 51 del Reglamento de aplicacion. ¿ Es esta contribución deducible? 2-En Tasa uso de suelo y luminarias (3%) este valor, en realidad la LGE (ART. 134) sólo ordena el pago de la facturación, 3% que deben pagar la iluminación municipal, por lo cual es un impuesto… deducible 3- Compensación por energía no servida: lo planteado aquí es inaceptable a la luz de la LGE. Ya que luce la sentencia de un juez. 5¿Reducción de pérdidas? Ilustracion por HEPEJCODEEE: En la lógica más elemental de cualquier negocio, las pérdidas se producen cuando los ingresos son menores que los egresos. Con el negocio de la electricidad sucede exactamente lo mismo; los ingresos de las empresas distribuidoras (EDEs) son menores al valor total de la energía consumida por los usuarios. Esto se debe a que un alto porcentaje de la energía consumida no es facturada y por tanto no se refleja en los ingresos. Las pérdidas eléctricas se clasifican en técnicas y no técnicas. Las primeras están vinculadas con la energía que se pierde en el proceso de transformación, medición y transporte de la electricidad a través del uso de materiales y equipos. Desde el punto de vista de las leyes físicas es imposible reducirla a cero por ciento las pérdidas técnicas. En el caso de las segundas, las pérdidas no técnicas, estás tienen su origen en ineficiencias de carácter administrativo, comercial y en el uso indebido o robo de la electricidad. Por lo señalado arriba,no se puede hablar de avance en la gestión comercial , de la reducción de las pérdidas por implementación de la telemedición, no se puede hablar de circuitos de 24 horas ,cuando los indicadores de gestión comercial de las EDEs, son amañados o poco confiables. Ni mucho menos se puede hablar que el sistema eléctrico es autosuficiente. HEPEJCODEEE, señala que se vendió la idea de que la telemedición, ibas a resolver el problema del FRAUDE y ha resultado lo contrario porque ahora que hay fraude.HEPEJCODEEE publicó el 10/10/2014 que El caso en R.D. del Consorcio Energético Punta Cana-Macao (CEPM) que tiene 22,400 clientes residenciales de todos los estratos económicos, tienen tarifas sin subsidios que resultan ser más elevadas que las subsidiadas por las tres EDE y las pérdidas totales se encuentran en 5.42%. Está demostrado que la inversión de más rápido retorno es la que se hace en distribución. Las tres distribuidoras tienen casos de éxitos acondicionando las redes e instalando contadores tele-medidos y sistemas prepagos. Pero en el caso de las EDES La tele-medición permite monitorear a distancia el patrón de consumo del cliente. Informes de la CDEEE y las EDE indican que hay instalados 279,277 tele-medidores lo que equivale al 14.3% del total de clientes. Por medio de esos medidores se monitorean alrededor de 370.9 GWh/mes, correspondiente al 55% de la energía facturada. Las pérdidas en los circuitos donde más del 60% de sus clientes son tele-medidos oscilan en 13.3%; y en los circuitos donde menos del 30% de los clientes son tele-medidos las pérdidas suben a 42.8%. Aparte de la telemedicion otras ideas que vendieron es: En cuanto a la energía pre-pagada, ya existe una cultura heredada de las telecomunicaciones. Se estima que hay 6,500 clientes con medidores en modalidad de prepago. Estos clientes compran la cantidad de energía que necesitan previamente y como retribución están llamados a recibir un servicio eléctrico constante. De todos los proyectos de prepago de energía, uno de los más emblemáticos es el de barrio Los Manguitos de la empresa Edesur donde se ha logrado reducir las pérdidas, el consumo, aumentar la cobranza, y lograr mayor conciencia del usuario en el uso de la energía. Los Manguitos tiene 1,494 clientes con medidores prepagos. La inversión realizada fue de US$1.18 millones de dólares de los cuales sólo en medidores se invirtieron US$120,000 dólares y el resto en infraestructura y mejora de las redes. Al momento de iniciar el proyecto en el 2012 las pérdidas superaban el 90% y hoy en día dos años y medios después se encuentran en 4%. Previo al proyecto se suministraban 390 MWh/mes y actualmente alrededor de 226 MWh/mes para una reducción de 164 MWh/mes. Las recaudaciones por venta de energía pasaron de prácticamente cero a cerca de RD$900,000 pesos mensuales. Tomando en cuenta la recuperación de energía consumida y no cobrada, más el aumento del cobro, el retorno de la inversión se logró en dos años y medio. Si se tienen experiencias palpables tanto locales como internacionales de reducción de pérdidas, y las mismas distribuidoras han desarrollado proyectos exitosos con telemedición y pre-pago, lo que hace falta es replicar y expandir a toda la geografía nacional. Las estadísticas demuestran que reducir pérdidas en la distribución genera altos beneficios para la solución del problema eléctrico. Otro señalamiento de HEPEJCODEEE es que las inversiones que se realizan en los diferentes sectores para reducir las pérdidas técnicas ha provocado un aumento del VAD, Y QUE SUCEDE? Que vemos que las perdidas bajan de un 30% a un 15% pero al cabo de 2-4 meses vuelven a subir al punto original. HEPEJCODEEE pregunta que hará la SIE con ese calculo trimestral cuando sucede ese evento? Porque supuestamente ese cálculo de tarifa es para ser las EDES más eficientes porque la gestión comercial está acéfala de supervisión. Falta de un seguimiento serio. HEPEJCODEE considera que ese tipo de calculo implicaría un aumento de alrededor de un 30% durante el periodo de transición de 4-6 años. Esa implementación de tarifa solo beneficiaria a las EDES en su mala gestión comercial. Ocasionando o afectando el presupuesto de la canasta familiar de los consumidores. según expertos, la tarifa eléctrica tiene un margen para amortiguar cualquier subida en el precio de la luz que pueda derivarse de los precios del petróleo y la prima del dólar, es preciso que la ciudadanía haga uso de su derecho a protestar contra esa intromisión, que al momento de recomendar que fluctúe la tarifa del servicio eléctrico que brindan las empresas distribuidoras, ignoran la situación económica del país. Además, nosotros después de compartir esos criterios, exponemos porque no procede un cálculo trimestral de tarifa,según HEPEJCODEEE.”Y para eso está ” Y La estructura tarifaria eléctrica, contempla en su estructura la variación de los precios del petróleo como la variación del dólar. Un calculo trimestral de la tarifa eléctrica como propone la SIE, no soluciona el problema de la cobranza, es lo contrario lo agravaría, en las empresas distribuidoras, fruto de esa situación de elasticidad-precio, lo que pasaría es que las pérdidas van a aumentar por la pobre gestión comercial que realizan. Para HEPEJCODEEE Por lo antes expuesto lo que procede es una congelación de la tarifa hasta que se aplique la tarifa técnica que debió de ser desde el año 2003. Ni mucho menos se puede aceptar un subsidio eléctrico de RD$17,988 millones para el año 2006 (7.5% del presupuesto de la nación), porque eso sería crear más ineficiencia en las empresas distribuidoras o mejor dicho coger los mangos bajitos. La energía no puede, o no debe ser sólo un mecanismo para recaudar impuestos sino fundamentalmente una palanca del desarrollo nacional. Ya que para eso está EL FETE. “Este Fondo de Estabilización de la Tarifa Eléctrica fue creado mediante el Decreto No. 302-03 para compensar los precios de la tarifa por las variaciones en los precios de los hidrocarburos, IPC y tasa de cambio Y hasta que entrara en vigencia la TARIFA TECNICA. Hay que señalar que el FETE es para aplicarse a los clientes residenciales regulados de 0-300 kwh, pero la no transparencia de las EDES y el ente regulador, se aplica a toda las categorías,según un informe de HEPEJCODEEE. La Superintendencia de Electricidad (SIE), en la resolución SIE-017-2020-TF que emitió ,para determinar que el trimestre mes de Abril-junio la tarifa eléctrica para los usuarios del servicio público se alteró, no obstante haber reporte de reducción de costos de las variables tasas de cambio, gas natural y el combustible USGC HSFO. Basada como referencia en la Resolucion 0106 de fecha 24-11-2019- que plantea en su ART.8:ACTUALIZACION DE LOS COSTOS FIJOS Y EL VAD, una formula planteada A HEPEJCODEEE, esas dos resoluciones(SIE-0106-2019 Y SIE-017-2020) es recordar en el 2005,la imposición del Fondo Monetario Internacional (FMI), recomendando a las autoridades del sector eléctrico que el precio de la tarifa flote en la dirección que lo hagan la tasa de cambio y el barril del petróleo como ocurre con los combustibles. La Hermandad de Pensionados de la CDEEE (HEPEJCODEEE), como ONG de pensionados/jubilados y apegándonos a nuestra declaración de principios, de integrarnos a la sociedad para canalizar nuestras inquietudes y aspiraciones, de brindar nuestra experiencia y participar en la evolución y el progreso de nuestra nación; instruyó a su comisión técnica realizar un estudio: El 25-01-2005, “La tarifa eléctrica en República Dominicana: Una incertidumbre”, porque sabíamos de antemano que una forma de hacer conseguir más dinero para las empresas distribuidoras de electricidad, era recomendando una flotación de la tarifa eléctrica; el cual fue publicado en la prensa Nacional. En ese entonces decíamos estos, porque no ha habido una gestión comercial que eliminen los códigos de anomalías, los promedios indebidos, los bajos consumos, la no supervisión a los cortes del servicio a los clientes morosos, un plan contra el fraude, etc. etc. Hoy en día, sigue el mismo panorama. En ese artículo, señalamos también que: Aunque el sector eléctrico sigue siendo una de las partes fundamentales de nuestra economía y desarrollo, no obstante el alza de los precios de los derivados del petróleo, la tarifa actual de la energía eléctrica mueve a una incertumbre en cada hogar, y prueba de eso es la imposición del Fondo Monetario Internacional (FMI), recomendando a las autoridades del sector eléctrico que el precio de la tarifa flote en la dirección que lo hagan la tasa de cambio y el barril del petróleo como ocurre con los combustibles.Es preocupación para HEPEJCODEEE esas variables no se contemplaron en este momento. Para HEPEJCODEEE esa resolución de cálculo trimestral debió reflejar el monto total que deberá asumir el Gobierno en junio, del subsidio tarifario acumulado para los primeros siete meses del año . Y con el monto asignado por mes, el promedio de subsidio mensual a la tarifa eléctrica para demostrar transparencia. ¿Para HEPEJCODEEE¿qué determina el costo de las tarifas eléctricas? El precio del combustible que usa para poner en marcha las centrales de generación eléctrica. También en esa RESOLUCION debió reflejarse,(3)Tres de los cuatro componentes básicos de la tarifa eléctrica indexada si aumentaron o se redujeron durante el trimestre Abril,mayo-junio,por parte de la Superintendencia de Electricidad (SIE). Según HEPEJCODEEE,El aumento del costo de generación,debió ser calculado por la SIE para fines de establecer la tarifa eléctrica indexada, para ver que fue transferido al Gobierno como subsidio para que el precio de la electricidad se diga porque no se mantevo o porque varió a los usuarios. HEPEJCODEEE nunca pensó que el CORONAVIRUS golpearía a la ciudadanía y a los sectores productivos con un aumento injustificado de la tarifa eléctrica. HEPEJCODEEE, se siente alarmado porque en tiempo de pandemia el gobierno transferiríá a los usuarios los costos de la ineficiencia del área de distribución, cuando, a su juicio, lo correcto, justo y viable sería aplicar a la factura las rebajas de los últimos tres años de los precios de los combustibles en los mercados internacionales y la progresiva diversificación de la matriz nacional de generación. HEPEJCODEEE considera que el gobierno debió preocuparse por medidas de importancia para resolver el problema de la concentración y la falta de competencia que existe en el mercado de generación eléctrica de República Dominicana, ya que en los últimos años los gobiernos no llamaron a licitaciones en pleno incumplimiento de la ley y eso ha generado esa falta de competencia. Las EDES ni el gobierno han traspasado a los consumidores las rebajas en el costo de generación, lo que ha mantenido a la ciudadanía, al sector productivo y a toda la sociedad a merced de energía costosa y de la falta de un plan de inversión a mediano y largo plazo. HEPEJCODEEE LLAMA la atención al gobierno para que ponga en funcionamiento un verdadero órgano regulador del sistema eléctrico dominicano, con capacidad de aplicar la ley a los diferentes sectores que participan de la generación, transmisión, distribución y consumo de electricidad. Y no un órgano incapaz de gestionar de forma efectiva las pugnas de intereses políticos y empresariales que desde hace décadas impiden que los dominicanos y dominicanas reciban un servicio eléctrico de calidad, eficiente, confiable y que sea sostenible ambiental y financieramente. ES poco prudente que un sistema aislado al SENI como el Consorcio Energético Punta Cana-Macao (CEPM) y Bayahibe , ha reducido en poco más de un 50% la tarifa eléctrica a sus clientes en el 2016,pero resulta chocante que en tiempos de COVID-19,ese mismo consorcio energético efectúa una reducción de tarifa del 15%(MARZO 2020), con efecto inmediato y aquí es todo lo contrario,Nos preguntamos PORQUE LAS EDES NO TRANSFIEREN LA REBAJA DEL PETROLEO A LOS USUARIOS DEL SISTEMA ELECTRICO?, Finalmente para HEPEJCODEEE debió contemplarse una rebaja de un 26- 30% por los señalados. Y así evitar que la tarifa actual de la energía eléctrica mueve a una incertidumbre en cada hogar. “Si Vemos ahora lo que expresa la LEY GENERAL DE ELECTRICIDAD(125-01) con respecto ajuste de la tarifa eléctrica; quien establece los valores agregados y los niveles de las tarifas.Vemos El artículo 24 , literal "b" . Los artículos 26 y 28, el artículo 33 .Vemos, los artículos del 111 al 123 . de la Ley el cual expresan que los costos incrementales que determinan el valor agregado se calcularon por zonas de distribución para modelos cuyas instalaciones estén eficientemente dimensionada. “En R.D. La cotización promedio del barril pasó de US$69.38 a US$64.75 en primer trimestre 2020. En el renglón deTarifa indexada. La Superintendencia(SIE) DEBIÓ señalar en sus resoluciones0106-19 y 017-2020, también que la tarifa indexada para el trimestre Abril-junio 2020 aumentó o se redujo en xx% respecto al mes de anterior, debido al comportamiento de las variables que intervienen en su cálculo: el combustible de referencia USGC HSFO, que en el mes anterior fue US$TAL/Bbl, aumentó o redujo en xx% al pasar a US$xx.xx/Bbl; el Gas Natural disminuyó de US$xx/MMBTU a US$x.x/MMBTU; el Carbón Mineral se mantuvo en US$x.x/ton, mientras que la Tasa de Cambio Promedio aumentó o bajo de RD$x.05 a RD$x.08 por dólar. Como en el mes de noviembre la tarifa aplicada continúa siendo menor que la indexada, esta vez en x.48%, el Estado deberá subsidiar con RD$x,xx.81 millones a través del Fondo de Estabilización de la Tarifa Eléctrica (FETE) para mantener invariables o no los precios a los usuarios. También debieron señalar que: El monto acumulado del FETE para el período ABRIL –JUNIO del año y su estimación será de RD$XX,xxx.34 millones. Art.
 134.‐
 Las
 empresas
 distribuidoras
 tendrán
 la
 obligación
 de
 suministrar
 el
 diseño,
materiales,
instalación
 y
 el
mantenimiento
 del
 alumbrado
 público
 de
 cada
 municipio
y
sus
distritos
munici‐pales,
reservándose
los
ayuntamientos
la
 facultad,
 si
 así
 lo
 decidiera,
 de
 servir
 ya
 sea
 por
 sus
 propios
 medios
 o
 contratando
 con
 terceros
 la
 prestación
 de
 dichos
 servicios.
 Las
 empresas
 de
 distribución
 pagarán
 mensualmente
a
cada
municipio
un
tres
por
ciento
(3%)
de
la
facturación
corriente
 recaudada
dentro
de
la
jurisdicción
de
cada
municipio
 y
 sus
distritos
municipales.
 Este
 pago
 se
 hará
 mensual‐mente.
 Por
 su
 parte,
 los
 municipios
 y
 sus
 distritos
 municipales
pagarán
el
consumo
eléctrico
mensual
del
alumbrado
público
y
demás
 instalaciones. Párrafo
I.‐
La
remoción
de
instalaciones
de
alumbrado
público
sólo
podrá
hacerse
en
 coordina‐ción
 con
 las
 autoridades
 municipales
 y
 la
 Corpora‐ción
 Dominicana
 de
 Empresa
Eléctrica
Estatal
(CDEEE). Párrafo
 II.‐
 A
 estos
 fines
 la
 Superintendencia
 de
 Electricidad
 elaborará
 un
 reglamento
por
el
cual
habrán
de
regirse
los
procedimientos
y
las
penali‐dades. Las empresas distribuidoras de electricidad tienen costos elevados, a saber: el costo de compra de energía, empleados y contratistas, costos financieros, entre otros; no recuperan su costo de compra de energía,porque la formación del precio regulado (tarifa) que dichas empresas cobran al usuario regulado (cliente final) no incluye la totalidad del costo que pagan a las empresas generadoras para la compra de la energía eléctrica,esenergía comprada y no facturada. Adicionalmente no todo lo que la empresa distribuidora factura es pagada por los usuarios regulados, es energía facturada no cobrada. Está el tema del robo eléctrico, es energía servida no facturada. Todo lo anterior es lo que se conoce como “pérdidas no técnicas”, que concurren con las técnicas, es decir, energía recibida y no servida, que se pierde en las redes. Es del dominio público que el sector eléctrico se mantiene gracias al endeudamiento progresivo de las empresas distribuidoras de electricidad y el subsidio a la tarifa eléctrica. Ahora bien, la formulación de políticas públicas para resolver este déficit financiero del sector eléctrico requiere de la identificación de las deficiencias de estructurales, legales o regulatorias que han conducido a esta situación. Conviene considerar como una causa importante del déficit, la incongruencia del marco institucional y legal del sector, con la realidad del mercado eléctrico. El marco legal e institucional para regular el mercado eléctrico, cuyo origen es la capitalización de la antigua CDE acaecida hace 23 años, era acorde con el diseño de una participación limitada del Estado como regulador en el mercado, con una presencia de inversión privada, tanto en distribución como en generación. El ordenamiento jurídico del sector está completamente divorciado de la realidad del mercado eléctrico, con un Estado con “personalidad múltiple”, que funge como empresario, financiador y regulador del sector, sin éxito en ninguno de dichos roles. Esta incongruencia, en adición a otros problemas estructurales del sector, causa debilidad institucional, jurídica y regulatoria, y se ha traducido en un sector eléctrico nacional que no satisface mínimamente los requerimientos para un clima que propicie el desarrollo empresarial e individual de las personas. Por:ing. HECTOR TEODULO GONZALEZ VARGAS

martes, 5 de abril de 2022

Gobierno subsidiará RD$2,194.2 millones al mes para no ajustar 26.6 % a tarifa eléctrica residencial

La Superintendencia de Electricidad (SIE) aumentó 10.4 % a la tarifa eléctrica para los clientes residenciales en general, sin embargo, la realidad, dada por los precios internacionales de los combustibles, es que debió ser de 26.6 %, explicó la entidad. Para no llegar a ese porcentaje, el gobierno destinará 510.7 millones de pesos cada mes por encima del subsidio a la tarifa eléctrica que destinaría entre abril y junio. Lo que mandan los cálculos es que fuesen 1,683.5 millones de pesos al mes en subsidio a los clientes de las empresas distribuidoras de electricidad (EDE), en el actual trimestre, pero ahora serán 2,194.2 millones de pesos mensuales en promedio. El aumento del subsidio se produce cuando el objetivo es desmontar gradualmente dicho aporte del gobierno hacia el año 2026. Solo entre 2003 y 2020, el Estado destinó 174,000 millones de pesos en gastos para el sector eléctrico nacional, informó la SIE. Con el fin de eliminar progresivamente el subsidio, desde noviembre del año pasado la SIE ha ajustado al alza, mediante resolución, la tarifa eléctrica que regirá por kilovatio hora (kWh) para cada tipo de cliente. Para el actual trimestre, estableció un ajuste de 9 % a la tarifa por kWh, con relación a la fijada en enero-marzo, para los clientes residenciales de las empresas distribuidoras de electricidad del Norte (Edenorte), del Sur (Edesur) y del Este (Edeeste), con un consumo de 0 a 300 kWh al mes. Los clientes residenciales representan el 98 % de los clientes de las EDE, según reporta la SIE. El ajuste aplicado se debió “a la volatilidad actual y generalizada en los precios internacionales del carbón mineral, del gas natural, el petróleo y los combustibles derivados empleados para la generación de electricidad”, dijo la SIE. Solo la tonelada de carbón pasó de 162.84 dólares en octubre de 2021 a 219.33 dólares al mes siguiente, pero luego bajó a 139.61 dólares en diciembre, según cifras dadas por la SIE como referencia para los nuevos ajustes. En concreto, al calcular los costos y la fórmula usada por los técnicos para establecer la tarifa eléctrica, un cliente residencial que pagaba 1,243.88 pesos al mes por 200 kWh de consumo, debería pagar 1,659.74 pesos, para una variación de 33.4 %. Al asumir el gobierno el diferencial, el ajuste de este rango solo será de 7.8 % y el cliente solo pagará 1,340.41 pesos. En promedio, la SIE indica que el ajuste de la tarifa eléctrica debió ser, en general, de 20.9 %, y particularmente para los clientes residenciales, de 26.6 %. En cambio, se aplicó 14 %, en general, y 10.4 % para los residenciales, al incluirse todos los rangos de su consumo en kWh. Si se distribuye por empresa distribuidora, los clientes de Edenorte (1.1 millones), serían los que más variación porcentual debieron tener. “Estamos hablando de que, prácticamente, un 80 por ciento de la población se ha beneficiado de no traspasar el 100 por ciento del ajuste que correspondía”, dijo la SIE. TE PUEDE INTERESAR Clientes que consumen hasta 200 kilovatios hora han tenido más alza en la tarifa eléctrica “Como todo, a nivel global, estamos pasando por una crisis por esta situación de Ucrania (guerra con Rusia), pero, cuando eso se normalice, la tarifa volverá a su nivel normal y ya vendremos con ajustes más normalitos para nuestro mercado: 1 por ciento, 2 por ciento, tal vez”, dijo el ingeniero César Olivero, de la SIE, en visita a Diario Libre. La SIE no adelantó si el ajuste para el trimestre julio-septiembre será mayor, dada la continuidad de la volatilidad registrada en los precios internacionales de los combustibles, o si el gobierno subsidiará nuevamente un monto mayor al estimado. https://www.diariolibre.com/economia/energia/2022/04/04/gobierno-subsidiara-mas-para-ajustar-9--a-tarifa-electrica/1749920