jueves, 10 de diciembre de 2020

HEPEJCODEEE: SEÑALA QUE LA TARIFA ELECTRICA COMO TEMA DEBE CONTEMPLARSE EN EL PACTO ELECTRICO ANTE DE FIRMARSE-

  Por: Ing. Héctor González Vargas

                                                                          2/2

Sobre el valor agregado de distribución, VAD, la SIE admite que el valor agregado de distribución, VAD, se duplicará porque como la gestión de las Edes no bajan las pérdidas no técnicas, resulta más caro porque las redes que se construyen son para reducir esas pérdidas. Como se puede ver, esos costos altos ya los estamos pagando los usuarios vía el FETE, ya que las redes, como “robot de última generación”, realizarán el trabajo y la gestión que  el personal de las Edes no puede realizar. Esas mismas empresas distribuidoras de electricidad, las cuales solamente son eficientes gestionando que “LAS PÉRDIDAS” se mantengan en alrededor de un 30%.

Es bueno resaltar que en esas Tarifas Indexadas se introduce un nuevo y creativo precio medio de compra,PMC, en el cual las tasas fijas (aportes a la SIE, CNE y OC) y otros, se convierten en valores variables que prácticamente se duplican al final de los cálculos, en el bloque BTS1, quedándose las EDES con la diferencia. Esa creatividad es parte de las sugerencias inadecuadas de una consultora de la SIE, INECON, pero que dicha consultora, aparentemente no se arriesgó a hacerlo, pero fueron “recogidos” en el PACTO ELÉCTRICO sin discusión. También, en los cálculos de ese régimen tarifario de Referencia del Pacto Eléctrico se contempla “hasta un 15% de pérdidas”. Sin embargo, creativamente, las tarifas se calcularon en base a un 18% de pérdidas, y no a un 15% como se había establecido. Eso ocurre al introducir más de una vez la pérdida no técnica de incobranza de 3% , ya que ese 3% es parte del 15% establecido, lo cual obviamente altera al alza los niveles tarifarios y suben los cobros de las EDES.

Lo anterior,de calcular en base a un 18% en vez de 15% de perdidas lo introduce la Superintendencia al crear un “Factor de ajuste de incobrabilidad para el alumbrado público”(FINC-AP), cuya única función, según los cálculos de la SIE, es aumentar el 100% facturado para luego extraer o cobrarles a los Usuarios Regulados el 3 % que las EDES tienen que pagar a cada municipio, según lo establece el ART.134 de la Ley 125-01. Pero, una vez más, la  SIE distorsiona y crea confusión, ya que trata ese 3% como un recargo para pagar a las municipalidades por concepto del servicio de alumbrado público, el cual no dice la Ley. Pero, sucede, que ese 3% es independiente del alumbrado público, según la Ley. aún en el marco del Pacto Eléctrico,utilizado por la SIE, ese 3 %  que deben pagar las EDES a los municipios debe ser del 97% de lo facturado, ya que ese porcentaje es lo recaudado del cien % que se facturó:lo que quiere decir que las EDES pagaran a cada municipio un 3% menos de los que facturaron en ese municipio. Pero el daño está hecho, ya que esas tarifas infladas e indexadas son las que se están aplicando cobrándolas, totalmente, las EDES.

 Adicionalmente, podría decirse que es grave el pobre e inadecuado uso con que la Superintendencia trata los Factores de Expansión de Pérdidas de Energía, ya que son usados para elevar las tasas fijas señaladas anteriormente. Con esos mismos factores, para una de las EDES, EDEESTE, toda la energía que ingresa a ella, con la tecnología actual, es como si se generara dentro de dicha distribuidora en el nivel de voltaje de Media Tensión, es como decir que las plantas eléctricas que la suplen se trasladan hacia la media tensión, MT, de esa distribuidora; es como si fuera una especie de sistema interno de generación distribuida. Por esos, la SIE debió  corregir ESOS Factores de Expansión , no adaptarlo sino calcularlo, realmente, ya que para eso se han pagado varios estudios en los cuales se debió subsanar ese error.

Volvemos a la Resolución SIE-017-2020-TF para tratar un aspecto mucho más grave en la actuación de la   Superintendencia De Electricidad. En la página 5 de 10 de dicha resolución, en el artículo 5, se dispone “que, conforme con lo que establece el Artículo 5 del DECRETO 302-03, del 31 de marzo de 2003, para las tarifas BTS1, BTS2, BTD, BTH, MTD1, MTD2 y MTH, las empresas EDESUR, EDEESTE Y EDENORTE deberán facturar al GOBIERNO DOMINICANO por concepto de subsidio, con cargo al FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE LA TARIFA ELÉCTRICA (FETE), las diferencias que resulten entre los precios y cargos las Columnas: (i) TARIFAS INDEXADAS¸y (ii) TARIFAS A APLICAR,…” Pero el Art. 5 del DECRETO  302-03 solamente incluye el bloque BTS1, lo cual veremos.

Ahora bien, resulta que de acuerdo al Art. 2 de  dicho Decreto 302-03: La compensación de la tarifa eléctrica se realizará solamente para los clientes residenciales regulados, que tengan contrato con las empresas distribuidoras del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado y que la categoría de su tarifa sea BTS1. Y en el ART: 3, se establece que  a esos clientes residenciales con consumo inferior a 300 KWh se les subsidiará al 100%; a los que consuman más de 300KWh se le aplicará hasta un 50%. Finalmente, el ART. 5, del Decreto, no de la Resolución SIE-017-2020-TF,  en el numeral 1 ratifica que dicho subsidio es solamente para los clientes residenciales BTS1 de 0-300 KWh y de 300 kwh. en adelante. Queda claro que la resolución de la SIE incluye seis (6) categorías que no contempla el Decreto 302-03. Esto se viene realizando desde el 2011, como se puede ver en la resolución SIE-140-2011 utilizada como referencia por la SIE.

 Con ese proceder de atribuirle al Decreto 302-03 mandatos que no contiene, la Superintendencia transfiere más dinero del FETE al barril sin fondo de las EDES. Peor aún, esos bloques de tarifas incluidos, los cuales no contempla el decreto, son pruebas de captura del Regulador, lo cual no es tan raro, ya que es un fallo contemplado en la doctrina regulatoria. Esta es una forma sutil y sofisticada de sacarle ventajas al que tiene menos información: el usuario regulado.

 


¿Pensiones para unos, o para todos?

 

Cualquier propuesta debe garantizar una pensión básica a los envejecientes pobres, indigentes y a los trabajadores por cuenta propia, demostrando su viabilidad y sostenibilidad financiera a corto, mediano y largo plazo.

No exagera el Foro Económico Mundial (FEM) al vaticinar que en el 2050 estallará una bomba previsional, con un déficit de más de 400,000 trillones de dólares, que pondrá en jaque a las 8 economías más importantes del mundo. A pesar de que estudios más recientes así confirman, en nuestro país se sigue planteando “más de lo mismo”.

En mi libro, Pensiones dignas y sostenibles para todos, los grandes retos de la longevidad, señalo que, a consecuencia del creciente déficit, la mayoría de los países han introducido “ajustes paramétricos” que reducen las pensiones, generando más incertidumbres sobre el futuro de los envejecientes. España es un ejemplo, uno de los más generosos del mundo.

Según el Tribunal de Cuentas español: 1) no existe sostenibilidad financiera, debido a unos recursos contributivos insuficientes para satisfacer el nivel de las prestaciones; 2) el sistema está en quiebra por la reducción al mínimo de la hucha (reservas financieras); y 3) entre 2016 y 2018 los ingresos crecieron sólo un 1,2%, y los egresos un 18,7%.

La Asociación de Actuarios de España, concluyó que un 34.3% de los compromisos asumidos no tiene cobertura de activos (suma de aportaciones + rentabilidad), lo que plantea dos opciones: financiar con impuestos el desequilibrio, o reducir las pensiones reales”.

Por su parte, el Banco (Central) de España señala que el sistema entrega, en promedio, un 74% más que lo que recibe. Esta enorme brecha, multiplicada por más de 10 millones de pensionados y jubilados, explica el dictamen del Tribunal de Cuentas de la “quiebra técnica” por el agotamiento de las reservas financieras.

El Banco de España concluye que esta situación es insostenible, con repercusiones más allá de la estabilidad financiera del sistema de reparto, pronosticando un descenso progresivo del ingreso de los pensionados (tasa de reemplazo) del 80% actual al 49.6% al 2050%, en una sociedad cada vez más longeva.

¿Es sostenible un sistema que entrega un 74% más de lo que recibe?

¿Es sostenible un sistema que entrega un 74% más de lo que recibe? Algunos lo explican por la llamada solidaridad de los cotizantes activos a favor de los pasivos, pero tal solidaridad es sólo aparente, porque no existe ninguna transferencia de ingreso, ya que los cotizantes actuales también recibirán iguales pensiones, generación tras generación.

¿Quién paga finalmente los platos rotos? No hay que ser un especialista para comprender que esta deuda pública, creciente e incontenible, recae sobre todos los contribuyentes. Y que, en la medida en que el Estado entrega subsidios al sector contributivo, se reduce la posibilidad de garantizar pensiones básicas a los demás envejecientes, que son la mayoría.

En consecuencia, la demanda de pensiones dignas, sin una reingeniería integral del sistema de reparto, resulta excluyente e inequitativa, porque la misma sólo es posible manteniendo en la pobreza y la miseria extrema a los demás envejecientes, que en nuestro país constituyen la gran mayoría.

La Ley 87-01 consagra la protección universal, independientemente de la situación económica, laboral o social, garantizando una pensión básica a los envejecientes pobres, indigentes y a los trabajadores por cuenta propia, de acuerdo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

En consecuencia, cualquier propuesta de reforma debe demostrar la viabilidad y sostenibilidad financiera del sistema previsional, e identificar claramente las fuentes de financiamiento a corto, mediano y largo plazo.

https://acento.com.do/opinion/pensiones-para-unos-o-para-todos-8891228.html

miércoles, 9 de diciembre de 2020

HEPEJCODEEE: SEÑALA QUE LA TARIFA ELECTRICA COMO TEMA DEBE CONTEMPLARSE EN EL PACTO ELECTRICO ANTE DE FIRMARSE-

 

 

 


Por: Ing. Héctor González Vargas

PARTE 1

Como dominicanos no entendemos si es confusión de los sentimientos, confusión de las declaraciones o confusión en la interpretación de las declaraciones de los funcionarios, pero creemos que no hay que ser experto eléctrico para interpretar cada vez que se habla de la tarifa eléctrica.

Para el esquema tarifario del sistema eléctrico dominicano, es algo que debe establecerse claramente como manda

La LEY 125-01. Y con la declaración del vicepresidente de la CDEEE en Noviembre del 2014, y con las Resoluciones de la SIE: SIE-017-2020-TF, igual que en la SIE-140-2011,este instrumento legal ha quedado en el limbo, especialmente en lo que tiene que ver con la tarifa eléctrica. Por eso vemos con interés lo señalado por esa ONG que el tema de la tarifa eléctrica sea contemplado en el PACTO ELECTRICO ante de su firma por parte del Estado.

La comisión técnica de   la HERMANDAD DE PENSIONADOS Y JUBILADOS(Hepejcodeee),compuesta Por : Ing. Héctor González Vargas----Ing. Domingo Rodríguez Tatis realizaron dos trabajos un tema: La tarifa eléctrica que se ha convertido en una Incertidumbre que afecta a cada hogar dominicano. Y el ultimo” las tarifas eléctricas sí han variado en el período 2011-2020”en dos partes en fecha junio 2020..

En ese último trabajo se dice lo siguiente que:La Superintendencia de Electricidad declaró en la prensa escrita, radial, digital y televisiva, y en las redes sociales, 21/05/2020, que  la tarifa eléctrica se mantiene sin variación desde el 2011, y pone como referencia la Resolución SIE- 140-2011. Eso lo dice la SIE con pleno conocimiento de que eso no es verdad. Y lo sabe porque en estos últimos tiempos es donde más cambio o variación en la estructura tarifaria ha realizado esa Superintendencia. La Superintendencia  sabe todo lo antes dicho, y también sabe que los usuarios, de todos los partidos, que protestaron por el monto alto a pagar, se estaban refiriendo a lo facturado, al nivel de tarifa. Pero la Superintendencia con esa declaración pretende seguir confundiendo a los usuarios y al pueblo en general, ya que tanto las tarifas como los niveles de tarifa siguen variando de manera caótica e ilegal, según la propia Superintendencia. Y más grave todavía, la SIE  está utilizando esos cambios en las tarifas como mecanismo de transferencia de recursos hacia las EDES, recursos producto de la baja de los combustibles que no llegan a los consumidores.

La SIE no era la que tenía que responder, mucho menos para aprovecharse del desconocimiento de la mayoría de los usuarios, mucho de los cuales confunden nivel de tarifa con tarifa. Quienes debían responder o explicar eran las empresas distribuidoras, ya que la SIE en ese momento no sabía ni tenía que saber si la EDES habían facturado de más. Una de las distribuidora sí lo hizo. Pero es Protecom el organismo encargado de esos asuntos entre usuarios y las prestadoras del servicio de distribución eléctrica; es en tercera instancia, según la norma del área, mediante recurso de reconsideración, que interviene la SIE. De manera que la SIE saltó el procedimiento. ¿ Metió la pata…?

 

Al referirse el Vice ejecutivo de la CDEEE(Bichara) de la  tarifa. Lo que no dice y es sorprendente e intrigante lo precipitado que fueron en la aplicación de una congelación del verdadero precio de la tarifa. Pero afortunadamente el artículo 126 de la Ley Eléctrica, en su párrafo I, expresa que constituye un delito suministrar informaciones que no sean veraces y completas. Las penalizaciones para estos delitosestán contempladas en la propia Ley. ¿Por qué no se aplica? Es bueno preguntarse: ¿Con este tipo de regulación y fiscalización se beneficia el país o las distribuidoras? Creemos que ninguna ley ni reglamento pueden ser efectivos si los encargados de su aplicación los ignoran. Hepejcodeee cree incorrecto hablar así del usuario final.

Si vemos el Artículo 2 en su ordinal 153, de la Ley General de Electricidad, No.125-01,  del 26
de julio de2001, modificada por la Ley 186-07, define la “tarifa técnica” como aquella que cubre el costo de abastecimiento de las Empresas Distribuidoras sustentándose en un régimen de competencia, más las pérdidas técnicas entre el punto de inyección de los generadores yel punto de retiro de energía eléctrica,  más los costos asociados a la labor de transmisión y distribución.  Es bueno señalar que la FORMULA tarifaria eléctrica se basa a la variación de los precios internacionales de los combustibles fósiles, y que este cambio se refleje en la tarifa eléctrica al usuario final.

La operación que permite  la tarifa eléctrica aplicada y la indexada  mensualmente a los usuarios es en función de la variación en los mercados internacionales del precio del (I)FuelOil No.6;(II)Promedio del promedio diario del Fuel No.2, (III)Gas Natural y,(IV)Carbón Mineral . 

 A más tardar el día veinticinco (25) de cada mes, la Superintendencia de Electricidad(SIE) determina el promedio de variación de precios de los combustibles según los ordinales 46 y 47 en el artículo 2 de la Ley Eléctrica, tomando en cuenta los datos a los  (3) meses previos al mes de cálculo ; comparando los precios de los referidos combustibles para el mes de cálculo, para aplicar al alza o a la baja en la próxima tarifa eléctrica que sea emitida.

 

El propósito de nuestra posición sobre el sector eléctrico, es proponer sugerencias e ideas, las cuales de ejecutarse, contribuirán a la sostenibilidad de este sector, para  no desnaturalizar el proceso de Reforma del sector eléctrico.

Mantenemos nuestra posicion para ser coherente, pero tiene ahora una pertinencia asombrosa, sobre todo si lo dedicamos a las últimas declaraciones del Vicepresidente ejecutivo de CDEEE: Nadie en el país paga toda la energía que consume, y la otra: que pese a la baja del petróleo, la tarifa electrica no varía.   Ese tipo de declaraciones son las que crean distorsiones y trampas legales,porque también crean un problema de economía política en el sistema eléctrico dominicano y a la vez un desconocimiento del marco legal.

Amás de tres años de congelamiento tarifario, con una inflación acumulada del 25% en ese periodo y con un sector eléctrico que está inmerso en una grave crisis por la insuficiencia de recursos para cubrir sus costos operativos, resulta imprescindible poner fin a este régimen y retornar a la  tarifa técnica.

La tarifa en un sistema eléctrico regulado se define a partir de tomar en cuenta las variables de costos que implican las áreas de generación, transmisión, distribución y comercialización. Lo recomendable es que la tarifa eléctrica reflejaran los costos en que se incurre para que cada usuario reciba electricidad tal como manda el art. 2 de la Ley General de Electricidad cuando se refiere a la tarifa técnica.

 

En la RD la electricidad, es un servicio cuyo precio para el consumidor no es independiente de la cantidad consumida y el servicio se factura bajo un esquema no lineal. Durante el 2014, los precios de la tarifa eléctrica debieron bajar alrededor de un 20%.

 

martes, 8 de diciembre de 2020

Las pérdidas de las EDE suben a 31.6 % en el tercer trimestre

 


SANTO DOMINGO,R.D.-Las pérdidas de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDE) se profundizan y vuelven a niveles que ya habían superado. Al cierre del tercer trimestre del año, estas empresas estatales reportaron pérdidas de un 31.6 %, es decir, poco más de un tercio de la energía que distribuyen no la logran cobrar a los usuarios o se pierde en tomas ilegales.

Tal nivel no se registraba desde diciembre de 2016, de acuerdo con los registros publicados por la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (Cdeee), y está relacionado en parte a una menor gestión de cobranza de facturas por parte de las EDE.

Con respecto al año pasado, el resultado significa una desmejora de 4.3 puntos porcentuales con respecto al 27.3 % de pérdidas que registraban las distribuidoras hace un año.

Aunque las tres EDE han mostrado peores resultados en este aspecto, en algunas la desmejora ha sido más intensa. Por ejemplo, mientras Edenorte registra un leve aumento en su porcentaje de pérdidas de energía —de 21.4 % a 21.7 % en el último año—, el incremento de Edeeste fue mucho más fuerte, al pasar de 37.7 % en el tercer trimestre de 2019 hasta un 47.9 % en igual lapso de este año. Esto significa que casi la mitad de toda la energía que distribuye Edeeste se pierde.

Por su parte, Edesur registra un aumento de la tasa de pérdidas de 21.8 % entre julio y septiembre del año pasado hasta 23.9 % en el mismo período de 2020, según muestran los datos oficiales que publica la Cdeee.

Un desfase millonario

Por otro lado, las EDE han facturado durante los primeros nueve meses del año un total de 63,104.7 millones de pesos por la venta de energía, pero solo han cobrado 57,674.6 millones de pesos, lo que implica un desfase de 5,430.1 millones de pesos entre la venta y el cobro de la electricidad suministrada por las distribuidoras, según indican los datos oficiales.

Los 100 días eléctricos

Una de las acciones que ha llevado a cabo el gobierno de Luis Abinader desde que asumió el poder en agosto pasado ha sido la unificación de los consejos de administración de las EDE en una sola entidad que está presidida por el ministro de Energía y Minas, Antonio Almonte.

Se trata de centralizar los procesos de las EDE, un esquema que ya se intentó en el año 2010, durante la presidencia de Leonel Fernández, como una vía para reducir el gasto burocrático, pero que durante el gobierno de Danilo Medina fue revertido.

En la actualidad, el ministro Almonte ha señalado que la reorganización de las EDE busca mejorar la eficiencia del sector eléctrico, reducir las pérdidas y generar más confianza.

No es la única acción que ha llevado a cabo el nuevo gobierno. También, el presidente Abinader ordenó la creación de una comisión para liquidar la Cdeee, cuyas atribuciones, tal como indican las leyes vigentes, deben pasar al Ministerio de Energía y Minas.

Un pacto como hoja de ruta

El Pacto Eléctrico, un plan de recuperación a largo plazo para ese sector, sería firmado este mes. La rúbrica supondría el fin de la larga espera que comenzó en diciembre de 2017 cuando, ante la falta de apoyo del PRM, de sectores académicos y empresariales, debió posponerse la firma del acuerdo.

https://www.diariolibre.com/economia/las-perdidas-de-las-ede-suben-a-316-en-el-tercer-trimestre-AF23156600