viernes, 20 de junio de 2014

La pensión digna en R.D.depende del salario cotizable

SANTO DOMINGO,R.D.- La Resolución 356-13 de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), que regula el destino final de los fondos de los afiliados de ingreso tardío, ha generado fuertes críticas de amplios sectores del país. Es cierto que se han devuelto los fondos a 47,996 trabajadores que cumplieron 60 años de edad y no acumularon lo suficiente para una pensión. Pero no es menos cierto que esa es una minoría, comparado con cerca de medio millón de trabajadores en condiciones similares que lo demandarán durante los próximos años.
Se ha citado el caso de un trabajador que acumuló RD$2,173,895.76 con aportes ordinarios y extraordinarios, y al cumplir 60 años la AFP le negó la devolución,  señalando que de acuerdo a la resolución de la Sipen le corresponde una pensión durante los próximos 40 años, comenzando con una mensualidad de 16,078.60, la cual iría decreciendo hasta recibir 1.61 pesos por mes en el año 40. Este tratamiento a los cotizantes de ingreso tardío contribuye a pensiones exiguas y hasta ridículas, generando muchas frustraciones.
¿Cómo es posible que el aporte de sólo 13 años pueda alcanzar para una pensión digna, y mucho menos, que se pretenda prorratear en 40, ni en 30 años? Estas soluciones le hacen mucho daño al nuevo sistema, ya que decepcionan a los afiliados y reducen la confianza y credibilidad general. En estos casos la Sipen debería ser más flexible, así como en relación a los aportes extraordinarios, a fin de no desalentar esta vía de ahorro voluntario para el retiro.
En los casos de ingreso tardío, debe existir una relación proporcional y razonable, entre el nivel del salario cotizable del último año y el monto de la pensión estimada. Una pensión sería una solución razonable si, por ejemplo, resultara igual o superior al 50% del salario cotizable. Pero, de lo contrario, el monto debería devolverse en un solo giro. En estos casos, la solicitud del beneficiario debería incluir una renuncia, incondicional y definitiva, a cualquier pensión no contributiva del Estado, y además, recibir una orientación sobre cómo hacer un uso adecuado de sus ahorros. Estamos seguros que la Sipen tomará en cuenta las quejas y propuestas, revisará la Resolución 356-13 y buscará una solución razonable a este problema social. Además, que dispondrá que los informes estadísticos separen claramente las pensiones plenas de las pensiones por ingreso tardío, a fin de evitar distorsiones al evaluar los resultados del nuevo sistema previsional.
El autor es un experto  en seguridad social
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http://www.listindiario.com/economia-and-negocios/2014/6/19/326639/La-pension-digna-dependedel-salario-cotizable

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