sábado, 26 de julio de 2014

EL ALUMBRADO PUBLICO EN R.D. ANTE LA INSEGURIDAD CIUDADANA Y LOS APAGONES



El alumbrado público de carreteras y espacios públicos tiene como principal eje de acción, la creación de un ambiente visual nocturno que permite una visibilidad clara y una identificación precisa de las personas, objetos y vehículos en las vías con tráfico vehicular que permite reducir el riesgo de accidentes a vehículos y peatones durante las horas nocturnas, así como permitir la supervisión y seguridad de las personas, mobiliario urbano e instalaciones, además de una mayor y más fácil utilización de los servicios,de hecho el alumbrado público prolonga la vida social y económica de los ciudadanos.
En estos momentos La Ley General de Electricidad Nº 125/01 establece las condiciones en que se prestará el servicio de Alumbrado Público, imponiendo a las empresas Distribuidoras obligaciones cuyo cumplimiento solo queda supeditado a la voluntad de los ayuntamientos en cuanto a la forma de prestación del referido servicio.
Al respecto resulta relevante lo que indica el Artículo 134 de la LGE, que refiere:
• Las empresas distribuidoras tendrán la obligación de suministrar el diseño, materiales, instalación y el mantenimiento del alumbrado público de cada municipio y sus distritos municipales, reservándose los ayuntamientos la facultad, si así lo decidiera, de servir ya sea por sus propios medios  atendían su propio alumbrado. Las empresas de distribución pagarán mensualmente a cada municipio un tres por ciento (3%) de la facturación corriente recaudada dentro de la jurisdicción de cada municipio y sus distritos municipales. Este pago se hará mensualmente. Por su parte, los municipios y sus distritos municipales pagarán el consumo eléctrico mensual del alumbrado público y demás instalaciones.  párrafo I.-La remoción de instalaciones de alumbrado público sólo podrá hacerse en coordinación con las autoridades municipales y la Corporación Dominicana de Empresa Eléctrica Estatal (CDEEE).
Asimismo y respecto al Alumbrado Público, la SIE tendrá, en adición a las funciones enunciadas en el artículo 24 de la Ley, con carácter meramente enunciativo, las siguientes facultades:
c) Elaborar el reglamento de procedimientos y penalidades para todo lo relativo a las instalaciones de alumbrado público de conformidad con el párrafo II del artículo 134 de la Ley eléctrica.
El sistema de Alumbrado Público además de representar una mejora para la calidad de vida de nuestros clientes, se ha constituido en un servicio indispensable que contribuye a la seguridad ciudadana de la población, de ahí su importancia para nuestros clientes el contar con un servicio oportuno, continuo y de buena calidad.
Es decir, comprende la iluminación de las vías públicas, incluyendo todo tipo de infraestructura vial como túneles, puentes, intersecciones, rotondas y pasos a desnivel, así como los parques públicos, bulevares, plazas, zonas verdes y demás espacios de libre circulación que no se encuentren a cargo de ninguna persona natural o jurídica de derecho privado o público, diferente del municipio (o la empresa eléctrica si ha sido dado en concesión), con el objeto de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal desarrollo de las actividades.
Por su parte, el sistema de alumbrado público está compuesto por todos aquellos elementos que no forman parte del sistema de distribución de energía eléctrica en media y baja tensión, salvo cuando así lo requiera. Entre sus diferentes componentes se encuentran los siguientes: el conjunto de luminarias, postes, redes y transformadores de uso exclusivo y, en general, todos los equipos necesarios para la prestación del servicio de alumbrado público.
Además, con el mismo se busca brindar un servicio a la ciudadanía en condiciones de calidad,continuidad, eficiencia energética y protección del medio ambiente y su propósito es salvaguardar, facilitar y mejorar el tráfico de vehículos y peatones, proporcionando beneficios económicos y sociales a la población.
La finalidad es proporcionar a los conductores y peatones la visibilidad necesaria para distinguir los obstáculos y el trazado de la carretera con el tiempo preciso para efectuar las maniobras que garanticen su seguridad, además de dotarle de comodidad visual mientras conduce o se desplaza por las diferentes carreteras del país.

Ya que la inseguridad ciudadana y los apagones son lo que dominan el alumbrado publico.

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