SANTO DOMINGO,R.D.- El Instituto Dominicano de las
Telecomunicaciones (INDOTEL) inició en la Universidad Autónoma de Santo
Domingo (UASD), una amplia jornada de orientación sobre los derechos y
deberes de los usuarios del mercado de las telecomunicaciones, el que
según se afirmó, registró un crecimiento durante el 2012, de más de 843
mil suscripciones en contratos de servicios de Internet y 8 millones 934
mil 196 líneas de teléfonos móviles.
La actividad, que congregó a cientos de
estudiantes universitarios en el Aula Magna de la UASD, fue organizada
por la Gerencia de Protección al Usuario del INDOTEL, a través del
Departamento de Orientación al Usuario, y la coordinación de la
Vicerrectoría de Extensión de la más vieja universidad de América, a
cargo del licenciado Francisco Terrero Galarza.
La charla fue impartida por las licenciadas Teresa
Concepción, encargada del Departamento de Orientación al Usuario (DOU),
y Ana Irma Olivo, Coordinadora de Orientación al Usuario, por
iniciativas del presidente del INDOTEL, licenciado Carlos Amarante
Baret; la directora ejecutiva, licenciada Teresita Bencosme de Ureña, y
la gerente de Protección al Usuario, licenciada Tammy Cecilia Alcántara
López.
Las licenciadas Concepción y Olivo trataron sobre
la instancia, motivos, procedimientos y plazos de los reclamos; así como
los derechos, deberes y principales resoluciones y reglamentos que
rigen las relaciones usuarios-prestadoras en el sector de las
telecomunicaciones del país.
Señalaron que la protección de los derechos y
deberes de los usuarios está garantizada por más de nueve resoluciones y
el Reglamento General de Servicio Telefónico emitidas por el INDOTEL,
órgano regulador de las telecomunicaciones creado mediante la ley 153-98
del 20 de mayo del año 1998.
Casi nueve millones de teléfonos móviles
Las técnicas del INDOTEL partieron para justificar
la necesidad de orientar a los usuarios, del crecimiento mostrado por
el mercado de las telecomunicaciones en la República Dominicana,
indicando que solo durante el año 2012 se registraron 8 millones 934 mil
196 líneas de teléfonos móviles.
Dijeron que igualmente ese año se registraron 2
millones 054 mil 905 suscripciones de Internet; 423 mil 838
suscripciones de televisión por cable; 45 mil 328 líneas IP (Protocolo
de Internet) y un millón 024 mil 882 líneas telefónicas fijas.
Manifestaron que entre las medidas adoptadas por
el INDOTEL para proteger a los usuarios y regularizar el mercado
telefónico, se destaca el Reglamento General de Servicio Telefónico, que
establece el pago de créditos por casos de interrupciones,
específicamente las averías masivas, la falta de calidad y los problemas
en la red, entre otros.
Explicaron que en primer lugar, el usuario tiene
que elevar su reclamo ante la prestadora con quien ha contratado el
servicio; luego, en segundo lugar, acudir al INDOTEL si no está conforme
con el tratamiento o respuesta recibida de la empresa.
45 días para reclamaciones de usuarios
Concepción y Olivo indicaron que los usuarios
pueden hacer reclamos por problemas de facturación, señales borrosas,
activación, cancelación de servicio, traslado, suspensión o corte,
averías, intermitencias, calidad del servicio, dilación en la corrección
de avería y dilación en la recepción de quejas, entre otros.
Las funcionarias del INDOTEL precisaron, asimismo,
que las reclamaciones son gratuitas y que se pueden hacer por teléfono,
personalmente o mediante otra vía, siempre permitiendo obtener
constancia de haber realizado el reclamo. Además, el usuario podrá ser
representado por un representante designado mediante un poder y no será
obligatoria la presencia o intervención de abogados.
Según las especialistas, los usuarios tienen 45
días para la presentación de la reclamación por ante la prestadora; 30
días por facturación y 20 días para casos de contratación, instalación,
activación, traslado, suspensión o corte, retiros y averías, calidad del
servicio y otros.
Igualmente, los usuarios tienen derecho a ser
informado sobre el procedimiento y tiempo requerido para atender
solicitudes relacionadas con el servicio; a que la facturación del
servicio se ajuste a las tarifas vigentes y a lo consumido; a ser
informado sobre todas las consecuencias que se deriven de no pagar el
servicio en el tiempo establecido, a recibir la facturación en el tiempo
apropiado y a la confidencialidad de la información individual que
surja de la relación con su prestador, salvo orden escrita de una
autoridad competente.
Las licenciadas Concepción y Olivo precisaron,
igualmente, que el usuario tiene derecho a no pagar la porción de la
factura sujeta a reclamo; a la no suspensión del servicio, por parte de
la prestadora, mientras dure el proceso de reclamación; a contratar
servicios con distintas prestadoras de manera simultánea, y el derecho
de recurrir ante el INDOTEL, cuando, luego de reclamar ante la
prestadora, la solución dada no le sea satisfactoria.
En cuanto a los deberes, los usuarios tienen que
pagar por el consumo del servicio dentro del plazo establecido; usar
correctamente el servicio, no revenderlo sin la autorización de la
prestadora y no remover, obstruir, reparar, reformar, cambiar o alterar
las instalaciones internas y/o externas, sin el consentimiento de la
prestadora.
También, los usuarios no pueden efectuar
conexiones o instalaciones para obtener en forma fraudulenta el
suministro del servicio.
Resoluciones y el Reglamento Servicio Telefónico
Concepción y Olivo detallaron que el INDOTEL ha
emitido más de nueve resoluciones, entre las que destacan la número
026-00 que crea el Centro de Asistencia al Usuario (CAU) y número 036-00
que sanciona las interceptaciones ilegales de las telecomunicaciones en
la República Dominicana, y el Reglamento General de Portabilidad
Numérica.
Asimismo, las resoluciones que reglamenta el
suministro de información por las prestadoras a los usuarios de los
servicios de telecomunicaciones y la publicación de sus ofertas, con la
finalidad de preservar el derecho de los usuarios a elegir libremente;
la que crea el Reglamento Orgánico Funcional de los Cuerpos Colegiados y
la que crea el reglamento sobre la autorización judicial para la
vigilancia e interceptación electrónica de comunicaciones.
Destacaron la emisión y reciente modificación del
Reglamento General de Servicio Telefónico que da garantías en torno a
las ofertas publicadas por las prestadoras, además de que “las cláusulas
abusivas se reputarán como no escritas o inaplicables en los contratos
que realicen los usuarios con las prestadoras.
“Solo podrán estar sujetos a periodos mínimos los
contratos en los cuales las prestadoras ofrezcan al usuario subsidio de
equipos terminales y descuentos, rebajas o exoneraciones en las tarifas
vigentes del servicio”, establece dicho Reglamento según explicaron las
licenciadas Concepción y Olivo.
Apuntaron que la jornada de charlas dirigida a
estudiantes universitarios continuará en otras universidades con el
objetivo de orientar sobre los temas de protección al usuario en materia
de derecho y deberes en los servicios de telecomunicaciones en el país.
http://www.elnuevodiario.com.do/app/article.aspx?id=337705
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