miércoles, 9 de septiembre de 2015

Pensiones/Jubilaciones y asimetría desde el Estado dominicano

SANTO DOMINGO,R.D.- No hay en el mundo otro Estado que propicie tanto la desigualdad como el nuestro. Los que han dirigido el Estado en los últimos 11 años ven el mismo como la fuente primigenia para la acumulación, ora desde una perspectiva legal ora ilegal, y ambas ilegitimas. Cuando desde el Estado una persona recibe RD$5,117.00 pesos mensuales (cinco mil diez y siete pesos) de pensión/jubilación y otra recibe RD$300,000.00; 400,000.00; 450,000.00; 500,000.00; RD$800,000.00; RD$900,000.00. La descripción es grotesca e ignominiosa. El 81% de los que reciben la desvinculación de una organización del Estado se van con la pirrica compensación que aludimos.
Sin embargo, ello no es la expresión máxima de la asimetría, de la fuerte inequidad: lo es que esa persona que recibe los RD$5,117.00 pesos mensuales se pasó 25 – 30 – 35 años laborando; en cambio, desde el Estado mismo hay persona que con 4 años que laboren en una institución del Estado pueden recibir RD$250,000.00; RD$300,000.00… Es más, en la Suprema Corte de Justicia un Juez de los 16 que la integran, si mañana uno de ellos dejase de trabajar por cualquier causa, no importando la edad que tenga ni el tiempo (puede ser un día) se va para su casa con el sueldo completo, esto es, de RD$378,929.23. Los demás jueces tienen que esperar 20, 25, 30 años y le dan una proporción por el tiempo y la edad.
Donde cobra mayor cuerpo y la tumba se remueve en todos los muertos que lucharon por una sociedad más democrática, más inclusiva, es cuando constatamos que hay decenas y decenas de personas que han sido pensionados/jubilados por el Estado y tienen puestos. Esto quiere decir que cobran la jubilación/pensión y el sueldo actual donde han sido nombrados. Y eso va en contra de La Ley.
El Artículo 31 de la Ley No. 105 – 13 sobre Regulación Salarial del Estado Dominicano establece: Suspensiones de pensión o jubilación: “Sin desmedro de lo establecido en el Sistema de Pensiones de la República Dominicana, cuando un pensionado o jubilado vuelva a desempeñar funciones remuneradas en entes y órganos del Estado, se le suspenderá el derecho de la pensión durante el tiempo en que preste servicios”. Eso quiere decir que no deberá cobrar la pensión/jubilación.
Hay más, algo inaudito, insólito, sobre todo, para una sociedad con una renta media, con un 40.2% de pobre, 10% de indigente y un 76.9% que cobran menos de RD$19,449.00 pesos mensuales y un 1/3 de los jóvenes no tienen empleo; aquí, en la tierra de Juan Bosch, existen personas con dos pensiones/jubilaciones y también trabajan. ¡Es tan sencillo: El Ministro de Función Pública conjuntamente con la Contraloría piden a todas las organizaciones los listados de pensionados/jubilados. Así se cumple con la ley. Se dan casos en algunas instituciones que son verdaderas castas, oasis, islas, donde los empleados pensionados/jubilados, al mismo tiempo, reciben cesantía. Esto constituye una violación a la Ley de Seguridad social 87-01. En su Art. 58, que es la incompatibilidad de la pensión y de la cesantía por jubilación o retiro. Esto es, personas que pasan al retiro y reciben RD$1,000,000.00 y hasta RD$5,000,000.00 millones de pesos de cesantía por el tiempo laborado.
Sabemos que en toda interactuación social, en toda dinámica social se deriva una determinada forma y relación de poder; sobre todo en la política y con ello, en la organización de la sociedad, el Estado. Una relación de poder apoyada en la jerarquización. Pero el abismo, la distancia de esas relaciones de poder viene dada por el grado de compromiso y visión de futuro que tengan las elites dominantes.
En el caso de la cesantía a los trabajadores y las discusiones “tripartitas”, donde el Poder Ejecutivo se ha excluido manifestando “discutan ustedes trabajadores y empleadores, donde no haya consenso no se aprobará nada”. Sin embargo, ni desde el Poder Ejecutivo ni del sector empleador hablan que existe una Ley que protege a los trabajadores. Se trata de La Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo 1-12, que en su Artículo 31, numeral 2, resalta “Se decidirá sobre la conveniencia de modificar el sistema de cesantía, paralelamente a la creación de un seguro de desempleo mediante el diálogo de los sectores estatal, laboral y empresarial y respetando los derechos adquiridos de los trabajadores, en un plazo no mayor de dos años. En adición, se procederá a adecuar la legislación laboral, a fin de modificar las disposiciones que distorsionan los procedimientos judiciales y deterioran las buenas relaciones del sector laboral”.
De igual manera, el Artículo 50 de la Ley No. 87-01, en su Párrafo II (Transitorio), establece “El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en coordinación con el Gobierno, empleadores y trabajadores, promoverán, en un plazo no mayor de 18 meses, la creación del Seguro de Desempleo y todo lo relativo a la cesantía laboral, sin que los trabajadores pierdan sus derechos adquiridos.”
En esa dinámica de relación de poder, es obvio que el Poder Ejecutivo no debe excluirse, pues su rol es de servir de ente regulador para favorecer lo más posible al sector más vulnerable, en ese entramado de juego de poder; sobre todo, en nuestra sociedad donde el sector de los trabajadores, su organización y densidad sindical es muy débil. Apenas representa una densidad de un 7%.
La democracia tiene como fundamento la repartición  del poder, más allá de las relaciones de poder y de la dominación de los actores políticos, el juego es como cristalizar una guerra de movimiento que abra espacio a su propia legalidad; que los situemos a los que ellos mismos han creado, han consensuado. La democracia, vista en el horizonte de exclusión, se vuelve una caricatura, un cascaron vacío, que encierra y radicaliza a sectores que ayer eran indiferentes.
Si hay algo que asistimos desde el 2004 es a la creación de un ático del sistema político que ha propiciado desde la burocracia misma del Estado un proyecto político de dominación, que ha generado una movilidad social que permea y recrea su riqueza: legal e ilegal y ambas ilegítimas; constituyéndose, desde el Estado mismo en ente desgarrador de la asimetría y la exclusión. ¡Un proyecto así congela al conjunto de la sociedad!


 http://acento.com.do/2015/opinion/8279205-pensionesjubilaciones-y-asimetria-desde-el-estado/

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