domingo, 18 de octubre de 2020

EL FUTURO INCIERTO DE LOS envejecientes pensionados y jubilados de R.D

 Por: Ing. Héctor González Vargas

 

Teniendo en cuenta, la famosa frase “vivir y morir en el ejército de los humildes”, del filósofo y escritor español  Unamuno,en República Dominicana así están las personas de 65 años o más representan el 26.5 % del electorado dominicano, donde el universo de pensionados/jubilados rondan (147,611) viven por debajo de la línea de la pobreza, que podría llamarse dentro del rango de la miseria. Donde el 47% equivalente a 69090 pensionados/jubilados ganan al mes RD$ 5117.50( ahora 8000.00), el 8.8% equivalente a 12,990 p/j ganan RD$10,000/mes; el 18.1% representan la cantidad de26,717.5(10.7)% ganan RD$20,000-30000/MES.

Los restantes 15,4%(22,732 p/j) distribuidos de la siguiente manera:  la cantidad de 11,366 p/j equivalente al 7.7% ganan RD$EN EL RANGO DE30,000-40000/MES, el 4,2%(6,199.6 p/j)ganan entre el rango de 40000-50000 pesos/mes,3,247.4 p/j que es el 2.2% ganan entre rd$50000-60000/mes; de RD$60-70000/MES ganan el0.5% que equivale 738 p/j, mientras que 1180 p/j equivalente al 0.8% ganan entre RD$ 70-100000/MES. Según un estudio realizado por HEPEJCODEEE con datos suministrados en las memorias que aparecen en el portal de transparencia del Ministerio de Hacienda.

 

Eso es aparte de las disposiciones  negativas del Conse­jo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), ante el silen­cio de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) y de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) y de la Superintendencia de Riesgos Laborales(SISALRIL), fue para tergiversar las normati­vas de la Ley 87-01, de Sis­tema Dominicano de Segu­ridad Social, para impedir que los asegurados que fallecieron después de cierta edad no tuviesen derecho a pensiones de sobrevivien­tes, usualmente viudas, que fallecen casi siempre des­pués del cónyuge.( ver listindiario.com/economia/2020/10/01/ y  hepejcodeee.blogspot.com-8-10-2020). Para la Hermandad de pensionados/jubilados de la C.D.E.E.E. esas disposiciones negativas,promueven “la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión”. 

Pero es como señala  el Ing. Domingo Rodriguez Tatis,el 23-05-2018 EN EL PERIODICO ACENTO, EN SU TRABAJO PUBLICADO Pensión del Ministerio de Hacienda, camino tortuoso hacia la muerte asistida: “La violación antojadiza de las leyes por parte del Estado es peligrosa porque suele incentivar a cualquier funcionario a violar la Constitución. Esta es la práctica actual en el ámbito del Ministerio de Hacienda con la Ley 87-01 y la Constitución Dominicana. El Estado tiene 17 años sin indexar las pensiones amparadas en las leyes 1896 y 379, no cumpliendo el mandato del artículo 43, Ley 87-01,”Reconocimiento de los derechos adquiridos” .

 

Mientras esos organismos del sistema Dominicano de la Segu­ridad Social y el ministerio de HACIENDA viven maniobrando en contra del sector más vulnerables como los pensionados/jubilados. Lo grave del caso es que esto ocurre después que el Estado universalizó el derecho a una pensión de sobrevivencia a través de la Ley 87-01 para todo pensionado, sin importar si la ley que lo ampara especifica la sobrevivencia (Ley 379) o no lo especifica (Ley 1896).

 

HEPEJCODEEE dice que esos actores viven ignorando varios artículos de Constitución: Arts. 5 y 7, entre otros, que ella se fundamenta en el respeto a la dignidad humana y los derechos fundamentales.  Ignoran el derecho a la vida, establecido en el artículo 37 de la Constitución y el Art. 38 se especifica que” El Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona ,cuando realizan descuento abusivo improcedente en su salario. Por eso compartimos El libro Pensiones dignas y sostenibles para todos de   ARISMENDI DÍAZ SANTANA.

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