sábado, 26 de noviembre de 2016

¿Qué tipo de cliente soy en el sistema eléctrico dominicano?



SANTO DOMINGO,R.D.- En el país los clientes regulados están sometidos a diferentes tipos de facturación los cuales son determinados por el voltaje al que están conectados a las redes de distribución y la demanda máxima o energía consumida en un mes. Los clientes pueden elegir libremente cualquiera de las opciones tarifarias, con las limitaciones establecidas en cada caso y dentro del nivel de tensión que les corresponda. Los distribuidores están obligados a aceptar la opción tarifaria que los clientes elijan. 
En la actualidad existen siete tipos de facturación, de las cuales cuatro pertenecen a baja tensión que comprende clientes conectados a niveles de voltaje inferior a los 1,000 voltios. En esta entrega abordaremos los tipos de tarifas aplicables a los clientes en baja tensión y en un próximo artículo hablaremos sobre las tarifas aplicables a los clientes conectados a niveles de tensión mayores a los 1,000 voltios.
Son clientes en baja tensión aquellos que están conectados a redes cuyo voltaje es inferior a 1,000 Volts. Las mismas se dividen en baja tensión simple (BTS), baja tensión con potencia máxima (BTD) y baja tensión con potencia máxima horaria (BTH).
La tarifa BTS (Baja tensión simple), la cual se divide en BTS-1 y BTS-2, comprende los siguientes cargos, que se sumarán en la factura o boleta del cliente:
a) Cargo fijo mensual.
Es variable dependiendo del consumo del cliente, y se aplicará incluso si dicho consumo es nulo.
b) Cargo por energía.
Se obtendrá multiplicando los kilowatts-hora de consumo de energía por su precio unitario.
BTS-1 (Baja tensión simple 1). Esta tarifa está definida para los clientes conectados en baja tensión, es decir, aquellos con nivel de tensión inferior a 1,000 Voltios, y que su potencia sea inferior a 10 kilowatts; este tipo de tarifa solo es aplicable a clientes residenciales.
BTS-2 (Baja tensión simple 2). Esta tarifa está definida para los clientes conectados en baja tensión, es decir, aquellos con nivel de tensión inferior a 1,000 Voltios, y que su potencia sea inferior a 10 kilowatts; la única diferencia de este tipo de tarifa con la BTS1 es que la misma es aplicable a consumos comerciales.
La tarifa BTD (Tarifa en baja tensión con potencia máxima). Esta tarifa está definida para los clientes en baja tensión, es decir, aquellos que están conectados a redes a un nivel tensión inferior a 1,000 Voltios y puede optar por ella cualquier tipo de cliente sea este comercial o residencial; comprende los siguientes cargos que se sumarán en la factura o boleta del cliente:
a) Cargo fijo mensual.
El valor correspondiente se aplicará incluso si el consumo del cliente es nulo.
b) Cargo por energía.
Se obtendrá multiplicando los kilowatts-hora de consumo de energía por su precio unitario.
c) Cargo por potencia máxima.
Se obtendrá multiplicando la potencia máxima del cliente en kilowatt por su precio unitario y se aplicará incluso si el consumo de energía es nulo.
BTH (Baja tensión con potencia máxima horaria). Para esta tarifa aplican los clientes en baja tensión, es decir, aquellos que están conectados con su empalme a redes a un nivel tensión inferior a 1,000 Voltios y por ella puede optar cualquier tipo de cliente sea este comercial o residencial; comprende los siguientes cargos que se sumarán en la factura o boleta del cliente:
a) Cargo fijo mensual.
Es independiente del consumo del cliente y se aplicará incluso si dicho consumo es nulo.
b) Cargo por energía.
Se obtendrá multiplicando los kilowatts-hora de consumo de energía por su precio unitario.
c) Cargo por potencia máxima.
Se obtendrá multiplicando la potencia máxima del cliente en kilowatts por su precio unitario y se aplicará incluso si el consumo de energía es nulo.
d) Cargo por potencia máxima en horas de punta
Se obtendrá multiplicando la potencia máxima en horas de punta del cliente en kilowatts por su precio unitario y se aplicará incluso si el consumo de energía es nulo; las horas de punta son aquellas donde se registra la demanda máxima de potencia del sistema eléctrico nacional.
Es importante conocer qué tipo de contrato tenemos porque los montos a pagar por energía y cargo fijo para cada tipo de tarifa pueden variar significativamente. Como ejemplo hacemos la comparación de las tarifas BTS-2 y BTD: el cargo fijo aplicado en el mes de abril del 2015 en la tarifa BTS-2 fue de unos RD$137.25 mientras que este valor para el tipo de tarifa BTD fue R$224.53 representando una diferencia de RD$86.86; del mismo modo el costo del kilowatts-hora para la tarifa BTS-2 se incrementa de manera progresiva según aumenta el consumo, de su lado la tarifa BTD mantiene el mismo valor para todos los kilowatts-hora consumidos; para la tarifa BTS-2 en el mes de abril 2015 el costo del kilowatt-hora fue de RD$5.87 para los primeros 200 kilowatts consumidos, RD$8.62 para los siguientes 100 kilowatts, RD$11.30 para los siguientes 300 kilowatts, y en caso que el consumo pase de los 701 kilowatt-hora todo el consumo será cobrado a RD$11.49; de su lado el costo del kilowatt-hora para la tarifa BTD fue de RD$7.37. En el caso de la potencia máxima la tarifa BTS-2 no presenta cargo por este concepto, en cambio para el tipo tarifario BTD el cargo por potencia máxima es de unos RD$993.99 por kilowatt.

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