jueves, 30 de junio de 2016

La tarifa regulada o sistema de precios fijos


Este sistema se aplica fundamentalmente en Europa, aunque su inicio
data de 1978 en los Estados Unidos. Se aplica en 41 países (hasta el
2006), y en varios estados y provincias de la India y Canadá.
Actualmente se estudia su introducción en África, Asia, América Latina
y Australia. Ha probado ser un sistema exitoso por sus resultados en
la expansión de la energía eólica en Alemania, España y Dinamarca. Los
productores reciben un precio fijo por cada kWh generado y entregado a
la red.

Es, en sí misma, una definición de una política energética que se
puede aplicar a todas las fuentes renovables de energía. Es un
mecanismo que se basa en la fijación del precio de la energía
generada, y termina en una ley que fija el precio y establece el pago
a los productores de energía mediante fuentes renovables de energía.
Usualmente es un precio diferenciado acorde con la tecnología y tamaño
de la instalación. Ha sido la más exitosa (hasta ahora) de las
políticas aplicadas: dos tercios de la capacidad eólica instalada en
el mundo se han gestionado bajo este principio, además de la mitad de
la capacidad solar fotovoltaica instalada en el planeta.

El tiempo para el cual el precio es acordado debe también ser
establecido en la ley, y debe cubrir un espacio significativo dentro
del tiempo de vida útil de la instalación. En los mejores diseños, los
tiempos son largos para dar certeza al inversor; generalmente oscilan
entre 15 y 25 años, y en algunos casos no tienen límite. El operador
de la red está obligado a dar prioridad a las instalaciones de fuentes
renovables de energía.

La tarifa se diseña acorde a un estimado del costo de la electricidad
generada por cada tecnología renovable, más la asignación de un
beneficio razonable. El valor debe ser cercano al costo del
combustible evitado o desplazado por la instalación. Influyen en la
fijación de la tarifa la generación esperada y el tiempo de vida útil
de la instalación. Generalmente este trabajo de diseño de la tarifa se
realiza conjuntamente con especialistas y consultores experimentados,
y finalmente el precio lo fijan las instituciones gubernamentales
correspondientes (Tabla 1 y Fig. 1).

Tabla 1. Tarifas en el 2006 (€/kWh) y duración


Fig. 1. Precios pagados por la energía eólica en Europa y Canadá.

En otros artículos se analizarán otros mecanismos de apoyo que se
aplican en el mundo. ¿Cuál de ellos será el mejor para Cuba? Eso
deberán definirlo los especialistas y economistas cubanos relacionados
con este tema, ya que cualquier mecanismo de apoyo no está desligado
del modelo económico del país en cuestión.


* Doctor en Ciencias Técnicas. Profesor Titular del Centro de Estudio
de Tecnologías Energéticas Renovables (CETER). Miembro de la Academia
de Ciencias de Cuba (ACC) y de la Junta Directiva Nacional de
CUBASOLAR.
e-mail: conrado@ceter.cujae.edu.cu



No hay comentarios:

Publicar un comentario