martes, 30 de octubre de 2018

Carta pública a Rubén Bichara-Punta Catalina


Distinguido Señor: Lejos de despejar dudas y aclarar situaciones, sus recientes declaraciones a la prensa sobre la marcha del controvertido proyecto de la termoeléctrica de Punta Catalina han generado una serie de graves interrogantes. Como las posibles respuestas implican costos que montan millones de dólares y una gran parte de nuestra gente pobre carece, en gran medida, de los cuidados y medicinas que les permitan a los hospitales restablecer plenamente su salud, por este medio queda usted emplazado a proveer la información necesaria.
  1. Cuantía y términos del financiamiento. Ha dicho usted que un pool de bancos europeos (SACE) ha provisto US$291 millones y que de bonos soberanos hemos aplicado unos US$595 millones. ¿Cuáles son los términos (interés, plazos, comisiones, seguros, otros costos) de esos financiamientos? ¿Qué otros financiamientos se prevén para completar la obra? 
  2. Inversión del Estado.  Ha dicho usted que el Estado lleva gastado US$2,117 millones a la fecha. ¿Qué ha justificado que el proyecto, contratado por US$1,945 millones, cargue hasta ahora con un sobrecosto de US$172 millones? ¿Si el Estado ha pagado ese sobrecosto, ¿cuál es el costo total que calcula usted para lograr poner en operación la planta? Si la CDEEE no puede precisarlo, de seguro que los técnicos del consorcio pueden suministrárselo.
  3. Costo proyectado del KWH . Tomando como base el estimado del costo total, ¿cuál será el costo de producción del KWH? Naturalmente, este tendrá que ser calculado en base al costo total que incluya todos los costos del propietario. ¿Cómo se comparará ese costo con el costo al que compran las EDES actualmente?
  4. Limitación de sobrecostos. La Ley de Contrataciones Públicas prevé la posibilidad de que haya costos adicionales a los US$1,945 contratados. Si estos no pueden, de acuerdo a esa ley, superar el 25% de lo contratado (US$486 millones), ¿vislumbra usted la necesidad de violar ese límite? ¿Cómo podrá –según ha dicho– defender la posición en el arbitraje de no pagar más de los US$1,945 millones establecido en el contrato EPC?
  5. Reclamación del contratista. ¿Cuáles son las partidas que componen el reclamo del consorcio por US$708 millones adicionales a lo contratado? ¿Cómo compagina esto con el limite contractual? ¿Cuál es el contra argumento del Estado en el proceso de arbitraje en curso? ¿Se terminará el arbitraje antes de la puesta en operación?
  6. Tiempo de ejecución. La termoeléctrica debió entrar en operación hace ya un ano y medio. Como se prevé el encendido por otros seis meses, la ejecución tendrá un retraso total de por lo menos dos años. En consecuencia, la CDEEE deberá reclamar el pago de las multas al contratista que están establecidas en el contrato original. Puesto que el contrato establece una penalidad de un 0.5% del monto contratado por cada día de atraso, hasta un 10% del valor del contrato, ya debería el contratista haber pagado US$194.5 millones.  ¿Qué propone el contratista frente a estas obligaciones? ¿Será este asunto dirimido en el arbitraje?
  7. Fondo de contingencia. ¿Qué justifica la creación de este fondo y de dónde provendrán los recursos? ¿Cuáles partidas están supuestas a pagarse con estos recursos? ¿Cómo se vincula este fondo con el reclamo de los US$708 millones que hace el contratista? ¿Será el costo total igual a la suma de los US$2,117 millones ya invertidos y los US$336 millones de este fondo?
  8. Recomendaciones de la Comisión Especial. ¿Recupero ya la CDEEE los US$6 millones de comisión de compromiso que se le pago al BNDES por el programado financiamiento que iba a suministrar? ¿Cuál es el monto total adeudado por el país al BNDES, independientemente del concepto?  ¿Debería el contratista asumir esa deuda en compensación por los danos y perjuicios ocasionados en el proyecto de Punta Catalina? ¿Se declararon de utilidad publica los terrenos en que está ubicada la planta?
  9. Déficit energético y Punta Catalina. Usted ha declarado que el déficit de generación crece entre los 400 y 450 MW por lustro. (En ocasiones anteriores había estimado entre 100 y 150 MW anualmente.) ¿Cuánto será el aporte neto de Punta Catalina cuando se descuenten las perdidas técnicas y de transmisión? ¿Resolverá Punta Catalina el problema de los apagones? Ya el administrador de EDESUR ha dicho que no.
  10. Preparativos de venta.  En los corrillos de opinión se afirma que la CDEEE rehúsa suministrar toda la información que requieren los potenciales compradores –de una parte, o la totalidad del accionariado—para evaluar su decisión de inversión.  ¿Esta la CDEEE dispuesta a proveer esas informaciones públicamente, tal vez en un comunicado de la prensa escrita? De no poder hacerlo, ¿cuáles consideraciones justificarían tal opacidad? ¿Se fijará el precio de venta tomando en cuenta la totalidad de la inversión, incluyendo los costos del propietarios y el costo del financiamiento?
  11. Usted notará que las preguntas más arriba expuestas son solo las que se haría un ciudadano cualquiera que haya seguido por los reportes de prensa el devenir de este mayúsculo proyecto. Son harto legítimas y no debería ser necesario ampararlas en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. Usted deberá admitir que, siendo Punta Catalina la más grande inversión estatal en la historia del país, amerita que su manejo se revista de la mayor transparencia posible. El hecho de tener que formularle estas preguntas demuestra que el grado de transparencia ha dejado mucho que desear.

    https://acento.com.do/2018/opinion/8619071-carta-publica-ruben-bichara/

No hay comentarios:

Publicar un comentario