Las empresas que se ubican en los países industrializados, han ratificado el PK y cuentan con un Registro de Emisiones Contaminantes, deben prestar especial atención a los costos que pueden derivarse de las actividades a realizar para reducir sus emisiones, así como los originados por una emisión superior a los límites autorizados. Además estos límites se irán reduciendo, por lo que las entidades afectadas estarán cada vez más lejos de los costos ambientales que, hasta ahora, consciente o inconscientemente, acostumbraban a considerar como costos externos o externalidades.
Para cumplir las metas, las empresas de los países que han ratificado el PK deberán prestar especial atención a las inversiones que les permitan una producción más limpia y una absorción de GEI eficiente, así como a las nuevas fuentes de financiación que el PK facilita.
La entrada en vigor en febrero de este año 2005, del Protocolo de Kioto implica un cambio de paradigma teórico y práctico en los costos ambientales. Esta situación se profundiza en los países industrializados que cuentan con un Registro de Emisiones Contaminantes.
En este trabajo:
En este trabajo:
El PK es un acuerdo internacional vinculado a la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, la cual:a) Se desarrollan los aspectos esenciales del marco que configura el PK para comprender el mercado de permisos de emisión de la Unión Europea y las posibilidades económicas y financieras abiertas en los países del Mercosur.
b) Se analiza la gestión de los costos ambientales ante las obligaciones derivadas del PK para las empresas europeas, pero ampliando nuestro enfoque a las empresas del Mercosur que hayan emprendido o deseen emprender proyectos asociados al Desarrollo Limpio (MDL), los Sumideros y Depósitos y otros relativos a los Fondos de Carbono.
c) Se estudian las distintas situaciones que se presentan a las empresas que deban reflejar información sobre permisos de emisión en sus Estados Financieros de uso externo, tomando como base la Interpretación 3 del IFRIC (International Financial Reporting Interpretations Committee).
- Reconoce que existe un peligro real de que el clima cambie rápida y espectacularmente en los decenios y siglos venideros, siendo inciertas las consecuencias de este cambio climático. Para reducir este peligro, establece como objetivo reducir las concentraciones de GEI en la atmósfera a un nivel que impida interferencias humanas peligrosas en el sistema climático. Esta reducción debe lograrse en un plazo suficiente para: a) permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, b) asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y c) hacer posible un desarrollo económico sostenible.
- Establece un marco general y un procedimiento para acordar las medidas específicas que será necesario adoptar, prescribiendo las medidas preliminares que parecen más razonables y fomentando la investigación sobre el cambio climático.
- Considera que este problema aumenta la desigualdad entre naciones desarrolladas y en vías de desarrollo, ya que las más industrializadas han sido (aunque no siempre de forma consciente) las principales responsables del aumento de GEI. Por ello, la Convención atribuye a los países desarrollados la mayor parte de la factura a pagar (a través de transferencias de tecnología y aportaciones a fondos de carbono) y, a la vez, reconoce la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático de los países más pobres y su derecho al desarrollo económico.
- Afirma, como consecuencia de todo ello, que el modelo tradicional de desarrollo ha de cambiar hacia un desarrollo sostenible, para lo cual la Convención alienta a fomentar y compartir las tecnologías y los conocimientos prácticos ambientalmente racionales y la difusión pública de información sobre cambio climático.
El Protocolo firmado en Kioto, el 11 de diciembre de 1997, ratificado actualmente por 142 países, y en vigor desde febrero de 2005, concreta estas líneas, con el objetivo de promover el desarrollo sostenible mediante la limitación y reducción de las emisiones de GEI. Para ello:
http://www.estrucplan.com.ar/secciones/Producciones/entrega.asp?IDEntrega=3778
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