domingo, 26 de marzo de 2017

Ley protección consumidores en R.D.

SANTO DOMINGO,R.D.- En la República Dominicana la protección de los derechos de los consumidores es una materia relativamente reciente que se ha ido desarrollando en la medida en que se consolida un régimen de economía social de mercado.
Nuestros primeros atisbos de protección de estos derechos surgieron en 1963, durante el gobierno del extinto presidente Juan Bosch, con la denominada Ley 13-63, sobre Control de Precios. Esa ley coincidió con el movimiento que sobre ese tema se daba en Estados Unidos encabezado por el presidente John F. Kennedy, quien puso en debate el tema de la necesidad de crear legislaciones para proteger a los consumidores y usuarios frente a las empresas.
Pero, no fue sino hasta el año 2005 cuando se aprobó la Ley 358-05, de Protección a los Derechos del Consumidor o Usuario, que surgió un verdadero marco jurídico para regular de manera general esta situación del mercado económico. Posteriormente, la Constitución del 26 de enero del 2010 le dio la máxima jerarquía normativa a los derechos de los consumidores al elevarlo a rango constitucional.
En tal sentido, el artículo 53 de la Constitución desarrolló el precepto constitucional de la siguiente manera: “Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley.
Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley”.
Ese texto está inserto en la Sección II del Capítulo I, de los Derechos Fundamentales, en el contexto de los Derechos Económicos y Sociales, lo cual implica que este derecho está dotado (blindado) del sistema de garantías y tutela que establecen los artículos 68 y siguientes para estas prerrogativas, muy especialmente, el amparo constitucional.
Sin duda, que la inclusión de los derechos de los consumidores y los usuarios en ese catálogo constitucional y la aprobación de la Ley 358-05, de Protección de los Derechos del Consumidor o el Usuario, coloca el sistema jurídico dominicano en un nivel de elevación notable en cuanto se refiere al Derecho del Consumidor, que propicia el desarrollo de una doctrina y una jurisprudencia importante sobre la materia.
Luego se ha ido desarrollando una sostenida legislación en el ámbito de la Ley General de Salud, 42-01, la Ley General de Medio Ambiente, Ley 166, del Sistema Dominicano de Calidad, y una profusa regulación reglamentaria sectorial en materia de telecomunicaciones, fondos de pensiones y salud, banca, seguros, electricidad, etc.

http://elnacional.com.do/ley-proteccion-consumidores/

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