viernes, 6 de noviembre de 2015

Fracasa política de medio ambiente y recursos naturales (2)

C) Sistema Nacional de Áreas Protegidas
El Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), está amparado en un conjunto de Leyes y Decretos, en las cuales están: La Ley No 67 de 1974 que creó la Dirección Nacional de Parques Nacionales, otras leyes son la 121-04, 202-04, 174-09, 313-14 y 519-14-; y los Decretos – 571-09, 249-11, 371-11 y 654-11-; y, sobre todo la Constitución de la República en su Capítulo IV, Artículo 16.
El área total es de 58,331.64 km2, equivalentes a 25.81% de territorio nacional, lo que incluye superficie terrestre y marina, representadas en 125 zonas clasificadas en 6 categorías de protección, conforme lo establecido por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), según figura en el portal del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (junio, 2015).
Indudablemente, que la organización, jerarquización, clasificación y categorización, reflejan un adecuado, sistemático y comprensible esquema de zonas protegidas. Este sistema, es envidiable a los ojos de quienes conocemos y observamos en mapas y documentos jurídicos-técnicos, la descripción y diferenciación de  éstas. Se supone, que las áreas protegidas, contienen, mantienen, protegen y conservan, muestras representativas de nuestra herencia biofísica, bioclimática, panoramas y bellezas escénicas así como el acervo genético y cultural, para el disfrute de las presentes y venideras generaciones, a perpetuidad.
Cabe señalar, que a pesar de la trascendencia e importancia de disponer de aproximadamente un 26% de territorio bajo las restricciones de uso y manejo, que impone cada categoría, muchas de ellas se crearon bajo estados más emocionales que racionales, por lo que los conflictos para su aceptación, respeto, supervisión, vigilancia y uso, son interminables, no fueron previstos. Estos conflictos ya sea con las poblaciones colindantes, la frontera silvopastoril, agricultura, industrial o el turismo, han propiciado que los intereses económicos unidos a los políticos, pongan en peligro al SINAP.
Precisamente, para la creación de un espacio terrestre, acuático o marino, han prevalecido más los criterios personales que razones institucionales, por lo que dichas áreas carecen en su mayoría de los estudios científicos correspondientes, titulación que justifique su escogencia y mucho menos la asignación de recursos económicos que garanticen sus riquezas naturales al tiempo de contribuir a la generación de conocimientos para beneficio de la ciencia y la humanidad.
Una parte significativa de la población dominicana, está presta a la defensa de sus zonas y espacios protegidas, especialmente aquellas que se han convertido en iconos de la conservación, como el Parque Nacional de Los Haitises, el cual por su riqueza cálcica y proximidad a puertos de embarques, se trató de instalar una cementera y que el empoderamiento del pueblo, impidió. Las amenazas contra Los Haitises y otras áreas protegidas con interés turístico, no cesan. De ahí, que periódicamente las autoridades proponen y logran casi clandestinamente, modificar sus límites en tierra y mar. Para engañar a la población y especialmente, a la comunidad científica nacional e internacional, se reducen los linderos terrestres y se aumentan los linderos costeros-marinos, que no podemos verificar y menos reclamar o defender.
La nueva modalidad para cambiar los límites de las zonas protegidas, el gobierno del Partido de la Liberación Dominicana, ya redujo nuevamente la extensión territorial de Los Haitises y aumentó su extensión marina y con un rejuego numérico, en papeles, parece que todo sigue igual. Este método de cercenar las áreas protegidas, también se ha realizado en Puerto Plata y se dice que en el Polo Turístico del Este, se hará lo mismo con Palmilla como parte de las concesiones políticas del Presidente Danilo Medina para su reelección. Una amenaza en cierne en el Parque Nacional Armando Bermúdez es la expansión de la siembra de tayotas, recientemente financiada con 25 millones durante una “visita sorpresa”
Aún desconocemos, en cuantas otras zonas, donde la voracidad política y la irresponsabilidad gubernamental, no cumplen su rol en detrimento de una nación indefensa pero observadora.
Para impedir tan deleznable práctica, la Constitución vigente, dispone en su Capítulo IV, Articulo 16.-Áreas Protegidas. “La vida silvestre, las unidades de conservación que conforman el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y los ecosistemas y especies que contiene, constituyen bienes patrimoniales de la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Los límites de las áreas protegidas sólo pueden ser reducidos por Ley con la aprobación de las terceras partes de los votos de los miembros de las cámaras del Congreso Nacional”.
El pueblo que juzgue.

http://acento.com.do/2015/opinion/8297428-pld-fracasa-en-politica-de-medio-ambiente-y-recursos-naturales-2/

No hay comentarios:

Publicar un comentario