viernes, 21 de enero de 2022

El derecho a la salud: humano y constitucional, pero cercenado

Por RAMÓN ANTONIO (NEGRO) VERAS La idea que está predominando en el mundo de los negocios de las aseguradoras es que los enfermos pobres y los de edad avanzada ya dejaron de generar ganancias y ahora no son más que rechazos humanos. El Estado dominicano y la salud 1.- No padece de manía aquel que se preocupa para que la mayoría de la población dominicana, luche para materializar su derecho humano y constitucional a gozar de salud para mantenerse plenamente saludable. 2.- No hay extravagancia alguna de parte de un ciudadano cuando motiva a los marginados del país, para que sepan que sus derechos económicos y sociales están garantizados por la Constitución, pero ahora están siendo cercenados. 3.- No tiene nada de desatino, demandar que lo mejor del país se movilice reclamando que el Estado saque los servicios de salud del mundo de los negocios. 4.- Todos los habitantes del territorio nacional dominicano, están en la necesidad de saber, para no seguir siendo engatusados, que su derecho a la salud tiene categoría social constitucional, en los artículos 7 y 61 de la vigente Constitución dominicana, los cuales rezan así:. “DEL ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO. Artículo 7.- Estado Social y Democrático de Derecho. La República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos”. “Artículo 61.- Derecho a la salud. Toda persona tiene derecho a la salud integral. En consecuencia: 1) El Estado debe velar por la protección de la salud de todas las personas, el acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas, el saneamiento ambiental, así como procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran”. II.- El derecho a la salud es constitucional 5.- El territorio nacional dominicano, al igual que los seres humanos que lo ocupan, está organizado bajo un Estado democrático, social y de derecho. 6.- De lo que dice nuestra Constitución, resulta que es fundamental el derecho a la salud, y corresponde al Estado garantizarla sin ninguna clase de restricción. Se supone que no debe haber cortapisas para disfrutar del atributo a estar sano. 7.- Por estar definido como democrático, el Estado dominicano debe defender al pueblo, protegerlo en sus libertades y derechos, incluido a mantenerlo saludable. 8.- Contra toda legitimidad constitucional y humanismo, el Estado ha permitido que entre el pueblo y su derecho a la salud, participen las aseguradoras que, como es natural, solo persiguen ganancias y nada relacionado con curación. 9.- Al permitir la intervención de las empresas aseguradoras, el órgano estatal del país, en lugar de ponerle fácil al pueblo su derecho a sanarse, lo que ha traído es desasosiego. 10.- La situación de quien aquí es pobre y padece de una enfermedad cualquiera, es sumamente complicada, porque el Estado ha hecho posible la creación de un tremendo conflicto entre el que quiere y merece cura; el que desea y sabe cómo reponerle la salud al paciente, y la aseguradora que solo le interesa ganar dinero. 11.- El médico hace todo lo que está a su alcance para tratar al enfermo; atenderlo humanamente como es debido; medicarlo con la medicina adecuada para devolverle la salud. Pero nada de esto le importa a la aseguradora, porque ella es extraña a la mejora, al alivio del asegurado. 12.- En este ambiente que emociona y conmueve, sobrecogedor y saca de quicio al más sosegado, son actores con alma y corazón, el enfermo y el galeno, pero no la aseguradora que únicamente tiene como motivo de su existencia la ganancia. III.- El país necesita de actores con sentido humanista, cívico y ciudadano 13.- Una sociedad humana debe contar con entes sociales dispuestos a incidir para que cese la injusticia y la equidad tome su imperio, pues de lo contrario hay que concluir en el sentido de que la mercancía dinero se tragó nuestra propensión a la compasión. 14.- Muchos de nuestros compatriotas no se han dado cuenta de que, por humanismo, están en el deber cívico y ciudadano de reclamar la ausencia de intermediarias entre el pueblo y su derecho a la salud y a una vida sana. 15.- Es tener su reloj histórico en hora, y no querer hacer una montaña de un granito de arena, decirle al pueblo dominicano que es una tarea a realizar, hacer efectivo su verdadero derecho a la salud. 16.- No hay que hacer demostración de admiración y de hermosos sentimientos hacia el pueblo humilde y trabajador, para reclamar lo que con justeza le corresponde. 17.- Nada se opone a simplificarle al pueblo, hacerle a los marginados de la sociedad más sencilla la idea de que depende de que se movilicen para materializar su derecho a la salud. 18.- Ante aquellos que se interesan por sembrar el oscurantismo en la mente de los hombres y las mujeres del pueblo, hay que contrarrestarlos mediante la difusión del pensamiento que procura el progreso y el avance de la sociedad al derecho humano a la salud. 19.- En nuestro país la situación se presenta muy clara, a saber: a) Unos que quieren, por conveniencia, que todo siga igual, se conserve sin modificación alguna y, b) Otros que creen que la permanecía del actual orden social lesiona a la mayoría del pueblo y, por tanto, hay que proceder a su transformación. IV.- Las aseguradoras, los pobres y los ancianos 20.- No es más que un fantasioso aquel que considera que así por así, en forma alegre y graciosa, el pueblo va a lograr alcanzar que su derecho a la salud sea una realidad, y no lo que es ahora, una pura ficción constitucional. 21.- Reclamar a lo que se tiene derecho, es una decisión legítima que cada hombre y mujer debe ejercer bajo cualquier circunstancia. No se logra de un día para otro sacudir la consciencia de los marginados de la sociedad, para que comprendan y accionen contra los males que les afectan. 22.- El Estado dominicano está obligado a salvaguardar el derecho a la salud, sin importar color, nacionalidad, edad, invalidez o enfermedad. Cada persona física debe tener garantía efectiva de servicios de salud, sin tomar en cuenta el nivel o costo de la sanidad. 23.- La salud, al igual que las enfermedades, es causa de atención y debe motivar interés en cualquier comunitario atento al bienestar social. Solamente los indolentes permanecen indiferentes a lo que atañe al ser humano. 24.- Los compatriotas sensibles de nuestro país, deben hacer conciencia de que no hay razón para que los pobres y ancianos enfermos, sean vistos como residuos, desechos sociales, de los cuales hay que salir porque para el sistema imperante son cargas, estorbos, y no fuerzas económicamente activas. 25.- La idea que está predominando en el mundo de los negocios de las aseguradoras es que los enfermos pobres y los de edad avanzada ya dejaron de generar ganancias y ahora no son más que rechazos humanos, a los cuales hay que quitarse de encima, prescindir de ellos porque solo generan gastos./ https://acento.com.do/opinion/el-derecho-a-la-salud-humano-y-constitucional-pero-cercenado-9024441.html

martes, 18 de enero de 2022

Edenorte cierra año 2021 con más RD$29,379 MM en servicio eléctrico

El Caribe | 18 enero, 2022 FacebookWhatsAppMessengerTwitterMás... Edenorte cierra año 2021 con más RD$29,379 MM en servicio eléctrico Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (Edenorte) cerró el año 2021 con un cobro total de RD$29,379 MM, siendo el mes de octubre el más alto. Con una inversión que supera los RD$1,562MM y un abastecimiento del 99.3% de la demanda de energía de los usuarios, la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (Edenorte) cerró el año 2021 con un cobro total de RD$29,379 MM, siendo el mes de octubre el más alto con RD$2,859 MM. El gerente general de Edenorte, Andrés Cueto Rosario, explicó que 355 proyectos ejecutados han beneficiado de manera directa a 31,595 usuarios de las 14 provincias del Cibao. Precisó además que captaron 79,050 nuevos clientes, contando en la actualidad con una cartera de 1,207,496 usuarios del servicio energético. Le recomendamos leer: Edenorte investiga irregularidad en oficina comercial de Gurabo Edenorte inicia alumbrado por RD$ 100 millones en Santiago Rodríguez Resaltó el éxito del proceso de optimización de recursos de la empresa, destacando la recuperación de RD$549MM en materiales, además de lo ahorrado en combustible, recuperación de vehículos abandonados y reducción en renta de vehículos. Explicó también la eficiencia de recursos tecnológicos y otros aspectos operativos que permitieron ahorrar un total de RD$1,502 MM. “La empresa cuenta con la tecnología de telemedición por el cual, hay un total de 488,982 clientes, representando así un 40.6% de nuestra cartera de clientes", puntualizó. Agregó "con esta cantidad 477,286 son clientes telemedidos residenciales y 11,696 corresponden a clientes industriales y comerciales los cuales manejan el 43% de la energía total”, afirmó. Sostuvo que un indicador regional utilizado por las empresas distribuidoras en Centro, Sur América y el Caribe es la cantidad de clientes por cada colaborador, en el caso de Edenorte es de 457 usuarios por colaborador. Destacó que los logros exhibidos obedecen a una reducción de las pérdidas de energía cerrando el año con 21.89% de pérdidas y el mes de diciembre con 19.6% mostrando una importante tendencia a la baja. Señaló además, que han invertido en 169 obras que se encuentra en ejecución RD$2,918 MM y que beneficiarán a 61,860 clientes. Averías reportadas y tiempo de solución Durante el período enero- diciembre del 2021, Edenorte Dominicanainformó que solucionó 58,813 averías con un tiempo de resolución promedio por debajo de 2 horas. Estas averías fueron por accidentes de tránsito, niveles de tensión, defectos técnicos, fallas de transformadores, riesgo de vida, fenómenos naturales, entre otras. Fraudes detectados Según las estadísticas de la Gerencia de Asuntos Penales de Edenorte, se canalizaron 519 fraudes comprobados. De esos expedientes45 fueron conciliados, 103 con querella depositada en espera de acusación, 319 con denuncias depositadas en espera de intervención por el Ministerio Público y52 desistidos por montos menores. Mejoras en Subestaciones En las subestaciones se hizo una inversión de 266 millones de pesos, destacándose la repotenciación de San Marcos y Villa Vásquez.Mientras que en la Subestación El Chivo se instaló un transformador de 20MVAy que en La Penda se puso en funcionamiento una subestación nueva con una potencia de 20MVA. Adicionalmente Edenorte ha ahorrado aproximadamente RD$25,000,000 en la recuperación de 3 transformadores de potencia para ser reutilizados en sus redes. Recursos Humanos Edenorte ha logrado la reducción de un 15.8% del headcount sin afectar la calidad del servicio y el rendimiento en sus principales indicadores. Para este año 2022 Edenorte Dominicanaque ya ha consolidado un servicio energético 24 horas con una efectividad de un 99.3%, ahora reafirma su compromiso de afianzar los vínculos con sus clientes de todos los rincones del Cibao para así fortalecer la calidad del servicio, atacar los fraudes y averías para garantizar la satisfacción de sus clientes. https://www.elcaribe.com.do/panorama/pais/edenorte-cierra-ano-2021-con-mas-rd29379-mm-en-servicio-electrico/

sábado, 15 de enero de 2022

Pensionados por Hacienda con derecho a Seguro de Sobrevivencia

Según la Ley 87-01, que establece que todos los pensionados, incluyendo los de Hacienda, tienen derecho al Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia, sin tener que hacer ningún pago adicional. Por LUIS HOLGUÍN-VERAS 15-01-2022 00:03 Los servidores públicos mantienen su preocupación, ya que las autoridades les continúan negando el derecho a permanecer en el sistema de reparto a todos aquellos que están bajo el amparo de la Ley 379-81, tal y como lo establece la Ley 87-01, en sus artículos 35, 38 y 39. Al parecer, el argumento con el que conculcan este derecho es el impedimento que establece el artículo 59 de la Ley 87-01, que dispone que los afiliados del sistema de reparto que pasen a una AFP, no podrán volver al sistema de reparto. Pero los servidores públicos señalan que esta restricción no se puede aplicar, ya que las autoridades saben que no se cumplió el debido proceso de afiliación al sistema de pensiones, tal y como lo han reconocido en diferentes Resoluciones el Consejo Nacional de la Seguridad Social y la Superintendencia de Pensiones, quienes afirman en los Considerandos de esas Resoluciones, que el proceso de afiliación se realizó con desinformación, desorientación e incluso, traslados automáticos. Además de la demanda que hacen los Servidores Públicos a las autoridades de que se les reconozca el derecho a permanecer en el sistema de reparto, sin importar la edad, y que se autorice su traspaso a Hacienda, los servidores públicos también reclaman: Que se cumpla con la Ley 87-01, la cual establece que las personas que son pensionadas conserven el Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo que tenían al momento de ser pensionadas, lo cual es justo, ya que en esta etapa es cuando más lo necesitan. No entendemos las causas por las que las autoridades no han cumplido con este derecho, en el entendido de que no se trata de nada nuevo, sino la continuidad de un servicio al que tienen derecho las personas que se pensionan. Que se generalice a todos los servidores públicos la eliminación de la aplicación del límite máximo para las pensiones que está instituido en la Ley 379-81, tal y como se ha hecho ya en al menos siete instituciones públicas. La eliminación de este límite en estas instituciones es justo, pero es injusto y discriminatorio que sólo se aplique a los servidores públicos de esas pocas instituciones. Otro reclamo que hacen los servidores públicos es el de la Pensión de Sobrevivencia, a la que tienen derecho los sobrevivientes de las personas pensionadas en base a la Ley 379-81. Sobre este reclamo nos referimos en el último artículo, publicado en Acento el pasado día 10 de enero y en el que cometimos un error que enmendaremos en esta entrega. Debo decirles, que investigando para la redacción del presente artículo por mi interés de enmendar la omisión cometida, me encontré con que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJPE), ha cometido el mismo error que nosotros, así es que incluiremos aquí el análisis de la Resolución No. 03-2021 emitida por esta Dirección en el mes de noviembre del pasado año. Esta Resolución dispone que todas las pensiones administradas por la DGJPE tengan derecho a sobrevivencia mediante la aplicación de un descuento del 2% sobre el monto de la pensión. Antes de referirnos a la omisión que cometimos, debemos comentarles que la Ley 87-01 que creó el Sistema Dominicano de Seguridad Social, hace algunos cambios a otras leyes, como a la 379-81, y al parecer no se ha hecho nada para que se cumplan. Parecería que la no aplicación de una disposición de la Ley 87-01 es un hecho aislado, pero en realidad este es uno de los grandes problemas que tiene la ejecución del actual Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). Nos referimos a la selectividad con la que se aplican las disposiciones legales en la Seguridad Social. Las normativas que benefician a los negocios insertados como actores en el SDSS son aplicadas sin dilación. Aunque sean complejas y requieran la decisión de diferentes instancias, el proceso fluye y más rápido que tarde, las disposiciones se implementan. No ocurre lo mismo cuando las disposiciones benefician a las personas afiliadas. En este caso, la mayoría de las veces son ignoradas, sus procesos ralentizados y terminan estancadas, porque en cada paso del proceso aparecen obstáculos que parecen insalvables o más bien, para los que parece que ninguno de los actores muestra interés de que se superen y que el proceso culmine logrando su implementación. Lo peor es que mientras ese desinterés ocurre en las altas instancias de la Seguridad Social, las personas afiliadas siguen esperando, confiadas de que las autoridades velan por el cumplimiento de sus derechos. Es por esto que el Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) trabaja en apoyar a los servidores públicos en el reclamo de los derechos que se les siguen negando y que tanta indignación les produce. Lo paradójico es que el sistema tiene actores cuya función es la de representar, defender y velar por el cumplimiento de los derechos de las personas afiliadas. Tal es el caso de los representantes de los trabajadores en las distintas instancias de la Seguridad Social, así como la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), y se podría decir que también lo son cada una de las instituciones públicas que conforman la dirección del SDSS, como el Consejo Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería Nacional de la Seguridad Social, la Superintendencia de Pensiones, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, todas las cuales, como parte del Estado, deberían priorizar en sus actuaciones el cumplimiento del derecho fundamental de la Seguridad Social que consigna nuestra Constitución. Cuando uno analiza las Resoluciones que han tomado las altas instancias de la Seguridad Social, comprueba que muchas de ellas afectan directamente los derechos de las personas afiliadas. Uno se pregunta ¿Dónde estuvieron y qué hicieron los representantes del sector laboral, la DIDA y los funcionarios de las instituciones públicas de la Seguridad Social, para defender los derechos de las personas afiliadas y objetar estas Resoluciones, cuando se discutían o fueron aprobadas las mismas? Volviendo al tema de la Pensión de Sobrevivencia, uno de los cambios instituidos por la Ley 87-01, es que la Pensión de Sobrevivencia pasa a ser obligatoria, es decir, que ya no es un beneficio opcional como establecía la Ley 379. Además, la Ley 87-01 establece que el Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia se financia con el aporte general que hace el afiliado y su empleador, es decir que, aún y la pensión sea amparada en la Ley 379-81, el pensionado tiene derecho al Seguro de Sobrevivencia, sin tener que hacer un aporte adicional, ni tener que autorizar un descuento. Es importante tener en cuenta que desde que inició el actual Sistema de Pensiones, el Ministerio de Hacienda recibe mensualmente el aporte por las cotizaciones de cada servidor público, de acuerdo a la Ley 87-01, que es mucho mayor al que establece la Ley 379-81. La Resolución de la DGJPE No. 03-2021, de fecha 11 de noviembre del 2021, señala en uno de sus dispositivos que entrará en vigencia a partir de que sea ratificada por el CNSS. Esta Resolución puede ser consultada en la página web de la DGJPE en el siguiente enlace: https://www.dgjp.gob.do/documents/38678/42099/Resoluci%C3%B3n+No.03-2021+Comit%C3%A9+Administrativo+de+Pensiones+CAP.pdf/af161c1e-8bc1-c5de-035d-da4b1082039f Nos sorprende que siendo tan reciente la referida Resolución, la DGJPE no considere lo expresado por el Párrafo del Artículo 38 de la Ley 87-01, que al referirse a los Afiliados que permanecen en el sistema de reparto, dice textualmente: “Las aportaciones de los afiliados quedarán cubiertas por las leyes 1896 y 379 serán las que rigen la presente ley y disfrutarán del seguro de discapacidad y sobrevivencia establecido por la presente ley, en la etapa activa y pasiva.” Como puede apreciarse, la Ley 87-01 expresa claramente que los afiliados que se quedan en el sistema de reparto, disfrutarán del seguro de discapacidad y sobrevivencia establecido por esta ley, y que son financiadas a través del aporte que esta Ley establece y que viene siendo transferido a Hacienda desde el inicio del Sistema de Pensiones en el año 2003. Consideramos que la DGJPE ha cometido un error en la emisión de esta Resolución, al obviar aspectos definidos expresamente en la Ley 87-01, buscando mantener el cobro de un pago adicional al que ya le está aportando el SDSS al transferirle mensualmente la proporción que le corresponde para los Seguros de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia. ¿Busca la DGJPE establecer un copago de un 2% sobre el monto de las pensiones de los servidores públicos, disponiendo unilateralmente que se mantenga el aporte original que consigna la Ley 379-81, al margen de lo dispuesto por la Ley 87-01? ¿Se refieren las disposiciones de la Resolución de la DGJPE No. 03-2021, a las pensiones concedidas antes de la entrada en vigencia la Ley 87-01? La Ley 379-81 en su artículo 13 creó el Fondo para el pago de Jubilaciones y Pensiones Civiles, estableciendo en el párrafo de dicho artículo que el aporte mensual del servidor público sería de un 4%) de los sueldos de los Funcionarios y Empleados Civiles del Estado, además del 2% del descuento a los pensionados que opten por el seguro de sobrevivencia. Es decir que, en el mejor de los casos, el servidor público cotizaba un 6% de su sueldo mensual a Hacienda para fines de pensiones. En la actualidad, en base a lo establecido por la Ley 87-01, el SDSS le transfiere mensualmente al Ministerio de Hacienda un aporte equivalente a un 9.97% del sueldo de todos los servidores públicos afiliados a Hacienda, incluyendo un 0.95% correspondiente al financiamiento del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia. Es decir que Hacienda recibe ahora un mayor porcentaje de aporte por afiliado al que establece la Ley 379-81, para los Seguros de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia. Consideramos que el CNSS no debe ratificar esta Resolución de la DGJPE por improcedente, en virtud de lo establecido en la Ley 87-01, a no ser que se modifique para que exprese claramente que su aplicación se limita a las pensiones administradas por la DGJPE que hayan sido concedidas antes de la entrada en vigencia la Ley 87-01. Etiquetas: Seguridad Social https://acento.com.do/opinion/pensionados-por-hacienda-con-derecho-a-seguro-de-sobrevivencia-9023749.html

miércoles, 12 de enero de 2022

carta al presidente del 18 de Abril de 2021.

18 de Abril de 2021. Señor Lic. Luis Rodolfo Abinader Corona Presidente Constitucional de la República Dominicana Palacio Nacional Su Despacho Honorable señor Presidente: Nos dirigimos a usted para saludarle, y al mismo tiempo hacer ostensible nuestro sentimiento de admiración, respeto y reconocimiento, a la vez felicitarlo por el empeño y esfuerzo que viene haciendo en pro del desarrollo de la nación, la defensa de sus mejores intereses y la dignidad de la misma y por la atención puesta en el sector de los más vulnerables (envejecientes pensionados/jubilados). Aprovechamos esta oportunidad para hacer de su conocimiento, que los abajos firmantes somos pensionados, que laboramos por varios años en la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) antigua CDE y otras instituciones, donde ocupamos varios cargos en diferentes área de generación de energía(planta), administrativa, planificación, Distribución de Redes, Seguridad e Higiene Industrial, Gerente Comercial. Donde hicimos aportes que permitieron el ahorro de recursos en divisas al aportar, compitiendo, nuestros servicios con técnicos extranjeros. Desde el proceso de capitalización hasta el 2021, devengamos una pensión que equivaldría a mas de us$1,000.00 mensuales y al comienzo del año 2000 hasta la actualidad nuestro salario mensual se han ido a menos de us$ 500.00,reduciendo así el poder adquisitivo para combatir la pobreza. Actualmente devengamos una pensión Estática mensual a través de la DGJP a cargo del Ministerio de Hacienda, pero como usted sabrá el costo de la vida se ha disparado considerablemente, por lo que dicha suma resulta insuficiente para cubrir HERMANDAD DE PENSIONADOS Y JUBILADOS DE LA CORPORACION DOMINICANA DE EMPRESAS ELECTRICAS ESTATALES.INC (HEPEJCODEEE) Calle/ Peatón I, Edif.1, Apt.202B, Residencial CDEEE Hato Nuevo, Manoguayabo, Santo Domingo Oeste. Tel.: 809-839-8633 E-mail: hepejcodeee@gmail.com www.hepejcodeee-hepejcodeee.blogspot.com RNC: 4-3-09267-3 los gastos de medicina y manutención de cada hogar y pago de alquiler. Pues el salario de pensión no se indexa (desde hace más de 20 años), es decir, hace años y el poder adquisitivo se ha reducido en un 27%. Es motivo que por esa situación, acudimos a usted, para solicitar de sus buenos oficios y su generosidad, a fin de que dicha pensión sea aumentada a RD$ mensuales, con lo cual pueda solventar los gastos en que incurrimos cada mes frente al alza del costo de la vida, como resultado del aumento que han experimentado los artículos de la canasta familiar y los medicamentos. Esperando que esta solicitud sea considerada por usted y al mismo tiempo reciba una respuesta positiva, a la luz que realizamos un trabajo político para llevarlo a la Presidencia de la República, algunos de nosotros por nuestra edad y enfermedades que nos aquejan no nos han ofertado trabajo, en esa virtud es que solicitamos indexación a nuestras pensiones. No podemos trabajar pero si podemos votar y trabajar por el partido, como lo hicimos como Delegados y otras funciones el pasado proceso electoral. Les saludan con la más alta estima y consideración. Atentamente, Nombre------------cedula-----------edad-----salario-----------enfermedades afecta------- telef _____________________ ________________________________ BALERIO CASTILLO HECTOR GONZÁLEZ VARGAS PRESIDENTE VICE PRESIDENTE

lunes, 27 de diciembre de 2021

Dirección de Jubilaciones celebra 15 años exhibiendo logros/https://www.diariolibre.com/actualidad/nacional/2021/12/27/direccion-de-jubilaciones-celebra-15-aniversario/1555585

 


Director General de Jubilaciones y Pensiones cita logros institucionales durante la celebración del 15 aniversario

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Dirección de Jubilaciones celebra 15 años exhibiendo logros
Dirección de Jubilaciones celebra 15 años de aniversario. (Foto: Fuente externa)

La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) celebró este lunes su 15 aniversario exhibiendo como logro el otorgamiento de 30 mil pensiones.

Las actividades iniciaron esta mañana con el izamiento de la Bandera Nacional, y la interpretación del Himno Nacional a cargo de la banda de música de la Policía Nacional.

Más tarde, a las 10:00 de la mañana, fue oficiada una misa de acción de gracias en la Catedral Primada de América, por el sacerdote Evaristo Heres, quien destacó la importancia de la institución oficial por la labor que realiza en favor de quienes requieren de una pensión al final de su edad productiva.  

En ambas actividades el director de la DGJP, Juan Rosa, destacó como logro importante de su gestión el otorgamiento de más de 30 mil pensiones, por lo que expresó que el presente año cerrará con una cantidad muy por encima de las 168,000 que la institución se puso como meta.

También destacó, que ha logrado un 98 por ciento de mejora de la calidad en el servicio. Dijo que con respecto a esta calificación, se ha logrado que la gente hable bien, en favor de la DGJP.

Rosa informó que la DGJP adquirió tres modernos autobuses con la finalidad de transportar a sus colaboradores con mayor seguridad.

Como actividad final fue depositada una ofrenda floral en el Altar de la Patria a la que acudieron funcionarios y empleados de la institución.

No comparto el criterio externado por el director de la DGJP, Juan Rosa,porque la realidad concreta que estan pasando los pensionados de las leyes 379/81y otras leyes la describe esta ONG/HEPEJCODEEE NO COMPARTE EL CRITERIO SOBRE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS POR LOS SIGUIENTES>Teniendo en cuenta, la famosa frase “vivir y morir en el ejército de los humildes”, del filósofo y escritor español Unamuno, en República Dominicana así están las personas de 65 años o más representan el 26.5 % del electorado dominicano, donde el universo de pensionados/jubilados rondan (160,537) viven por debajo de la línea de la pobreza, que podría llamarse dentro del rango de la miseria. Donde el 47% equivalente a 75,217. Pensionados/jubilados ganan al mes RD$ 5117.50( ahora 8000.00), el 8.8% equivalente a 14,083 p/j ganan RD$10,000/mes; el 18.1% representan la cantidad de 29,287 y el (10.7%/17,124) ganan RD$20,000-30000/MES..
\Los restantes 15,4%(24,646 p/j) distribuidos de la siguiente manera: la cantidad de 18,97.00 p/j equivalente al 7.7% ganan RD$EN EL RANGO DE30,000-40000/MES, el 4,2%(1,035.00 p/j)ganan entre el rango de 40000-50000 pesos/mes,542.00 p/j que es el 2.2% ganan entre rd$50000-60000/mes; de RD$60-70000/MES ganan e 0.5% que equivale122.00 p/j, mientras que197.00 p/j equivalente al 0.8% ganan entre RD$ 70000-100000/MES. Según un estudio realizado por HEPEJCODEEE con datos suministrados en las memorias que aparecen en el portal de transparencia del Ministerio de Hacienda.|\

domingo, 19 de diciembre de 2021

ARS estatales están maltratando a los pensionados/23 febrero, 2013

 REPRODUCIENDO ALGO SOBRE NUESTRA LUCHA

pensionados

ARS estatales están maltratando a los pensionados

Las Aseguradoras de Riesgos de Salud (ARS) estatales  maltratan y marginan a los pensionados y jubilados, quienes pasan una serie de calamidades.

Así lo denuncian los ingenieros Domingo Rodríguez Tatis y  Héctor González Vargas, quienes recordaron que  el Gobierno “condenó” a los pensionados mediante el decreto 342-09 a que solo pueden pertenecer a las ARS estatales  Senasa, Senma  y Salud  Segura. 

Afirman que  las ARS gubernamentales son detractoras  de los pensionados y jubilados a quienes les acusan de generar una imagen de desprestigio e insostenibilidad del sistema.

https://hoy.com.do/ars-estatales-estan-maltratando-a-los-pensionados/

domingo, 5 de diciembre de 2021

¿Quién financia la lucha contra la crisis climática? Todos y ninguno

 por: 

Los Gobiernos, empresas y organismos multilaterales deben financiar la lucha contra la crisis climática, aunque falta concreción, como quedó patente en el foro “Hacer que la acción climática cuente”, organizado por el Banco Mundial (BM).

En un acto algo deslucido debido a que la mayoría de las intervenciones estaban pregrabadas hablaron el director del BM, David Malpass; la secretaria del Tesoro de EE.UU., Janet Yellen; el presidente de Colombia, Iván Duque, y el príncipe Carlos de Inglaterra, entre otros.

A grandes rasgos todos hicieron hincapié en la necesidad de que el sector público y privado, y las instituciones multilaterales financien la transición a una economía respetuosa con el cambio climático, aunque quizás los más contundentes fueron el secretario general de la ONU, António Guterres, y el presidente de la COP26 en Glasglow, Alok Sharma.

MENOS PALABRAS Y MÁS ACCIÓN

Guterres recordó que a medida que se acerca la celebración de la COP26 es necesario cumplir con los compromisos contraídos en el Acuerdo de París de reducir las emisiones contaminantes a la mitad hacia 2030 y lograr que lleguen a cero para mediados de este siglo, con un incremento de las inversiones en países en desarrollo.

En su opinión, todavía no se ha llegado a ese punto y se manifestó “especialmente preocupado” por la falta de progreso en lo que respecta a la financiación pública.

“Déjenme ser claro, 100.000 millones de dólares al año de fuentes públicas y privadas para la mitigación y adaptación del mundo en desarrollo es lo mínimo”, dijo el secretario general de la ONU, quien mencionó la importancia de los bancos multilaterales de desarrollo en este ámbito.

A su juicio, no hay instituciones mejor situadas con este fin que ese tipo de bancos para financiar la adaptación de las economías en la lucha contra la crisis climática, ya que si ellos no lo hacen “nadie lo hará”.

Yellen puso también el énfasis en el papel de los bancos multilaterales de desarrollo y remarcó que EE.UU., como uno de los grandes contribuyentes a estas entidades, está comprometido con usar esta posición de liderazgo para ayudar a una transición de la economía global para lograr cero emisiones hacia 2050.

Asimismo, destacó el rol del sector privado, porque “ninguna cantidad de financiación pública por si sola será suficiente para cumplir los objetivos del Acuerdo de París”.

En ese sentido, Yellen citó “los desafíos” que los mercados emergentes y en desarrollo afrontan a la hora de atraer capital privado para financiar proyectos que mitiguen las repercusiones del efecto invernadero y de adaptación de las infraestructuras.

CARLOS DE INGLATERRA, CON LOS GRANDES DIRECTIVOS

A este respecto el príncipe Carlos de Inglaterra explicó que se ha reunido con directivos de grandes empresas de distintos países para ver cómo actuar frente al cambio climático.

Sin embargo, las prioridades avanzadas por esos empresarios, que Carlos de Inglaterra detalló, apuntan más a esfuerzos desde los Gobiernos, consumidores y los bancos multilaterales, que de las propias compañías.

Por ejemplo, una de ellas es que los Ejecutivos envíen señales a los mercados sobre un calendario y una dirección económica a largo plazo que incentive la lucha contra la crisis climática.

A lo largo de este evento, que duró una hora y media, responsables del Banco Mundial remarcaron que es importante luchar contra la pobreza cuando se combate la crisis climática.

Así lo señaló el director gerente de Operaciones del BM, Axel van Trotsenburg, quien indicó que precisamente por ese motivo el plan de acción climática diseñado por su organismo incluye lo que han venido a llamar los informes de Clima y Desarrollo.

“El BM tiene como misión reducir la pobreza y hemos hecho un gran progreso, pero el cambio climático podría deshacer parte de este progreso en los peores casos e incluso podríamos ver un aumento de la pobreza extrema”, alertó.

El acto virtual estuvo aderezado con videos de proyectos en distintos países sobre los esfuerzos contra el calentamiento global.

Malpass subrayó en su alocución que esta batalla es desigual, ya que, por un lado, están las economías avanzadas que han admitido ser las causantes de la mayor parte de las emisiones y que deberían aumentar los esfuerzos para reducirlas.

Y, por otro, agregó, están las naciones más pobres, que suponen menos de una décima parte de dichas emisiones y que necesitan inversiones en infraestructuras para adaptarse y ser resilientes.

“COMPROMISO AUDAZ” DE COLOMBIA

A estos países se suman otros como Colombia, que, según Malpass, “son economías de ingresos medios que se han visto afectadas por la crisis conforme se recuperan” y que deben pensar en cómo les puede afectar el cambio climático y contribuir a los esfuerzos para mitigarlo.

En este punto habló Duque, quien destacó en inglés que su país acude a Glasgow con un “compromiso audaz y un objetivo que alcanzar”.

Acto seguido enumeró sus compromisos, como reducir en torno al 51 % las emisiones de gases invernadero hacia 2030; llegar a la neutralidad de carbono para 2050, es decir, no emitir más de lo que se puede absorber, y lograr cero deforestación y tener el 30 % del territorio colombiano protegido hacia 2030.

Colombia quiere acudir con los deberes hechos a la COP26, pero todavía queda mucho por hacer a nivel mundial, como Sharma remarcó.

Y es que “se puede hacer más, en concreto en lo que respecta al uso de la financiación pública para movilizar la privada a mayor escala”, advirtió.

Por ello, el presidente de la COP26 en Glasgow instó a los Gobiernos, a los bancos multilaterales de desarrollo y a las instituciones privadas a acudir a la cita de noviembre “con un plan de acción para invertir más, movilizar más y financiar más” los esfuerzos contra el calentamiento global.

https://z101digital.com/quien-financia-la-lucha-contra-la-crisis-climatica-todos-y-ninguno/

sábado, 4 de diciembre de 2021

Sipen no sabe nada de los planes particulares de pensiones del país.Violando la LEY 87- 01

 




El director de la Sipen, Ramón Contreras Genao , dijo al elCaribe que esos planes son regidos por sus propia leyes.

La entidad dijo a elCaribe que no los tiene registrados ni los fiscaliza porque la ley de Seguridad Social no le da facultad

En medio de la crisis y cuestionamientos surgidos al sistema de pensiones de la República Dominicana, en donde una gran cantidad de enfermeras y otros empleados públicos no han podido acceder a las pensiones por vejez y antigüedad en el servicio, la Superintendencia de Pensiones (Sipen) hace unas declaraciones que debe de llamar la atención de los futuros pensionados: los planes particulares “no se encuentran registrados ni supervisados por la Sipen”.

El órgano llamado a velar porque los trabajadores privados y públicos puedan hacer uso de los recursos que tienen para su previsión, así como por el buen funcionamiento de los fondos de pensiones creados mediante leyes específicas o planes corporativos, admite que no tienen ninguna información de cómo estas operan ni el estatus de sus reservas a fin de determinar si son o no viables.

“Dichos planes de pensiones no se encuentran registrados ni supervisados por la Sipen ya que sus marcos normativos no lo contemplan, y tampoco facultan a esta Superintendencia a fiscalizarlos”, respondió por escrito a elCaribe, el director de la Sipen, Ramón Contreras Genao al cuestionarle sobre su actuación en lo que respecta a los planes de pensiones particulares.

La entidad afirma que los fondos o planes de pensiones de instituciones del Estado existentes, han sido creados por leyes especiales previas a la promulgación de la ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, sin embargo, expertos en la materia explicaron a este diario que varios planes de pensiones fueron creados posterior a la entrada en vigencia de la seguridad Social en el año 2001.

“Los sistemas de pensiones creados por instituciones estatales se encuentran amparados en las propias leyes que les dieron su origen, por lo que cada uno de ellos posee diferentes mecanismos de gestión, financiamiento y prestaciones, bajo un esquema de reparto con beneficios definidos”, refirió al pedir establecer la diferencia entre las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y las pensiones particulares.

Al hacer una revisión de los planes no vinculadas a AFP se puede observas que para pensionar a jueces de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, esa institución desembolsó el pasado mes de octubre RD$ 6,632,696.62, solo para catorce magistrado cuyas pensiones fueron aprobadas entre los años 2011 y 2019. Los jueces sustituidos en marzo 2019 por el Consejo Nacional de la Magistratura no figuran en esa data.
También es propio destacar que esos recursos, se suman a los destinados a los cientos de jueces y personal administrativo o sus dependientes.

La Junta Central Electoral, al 31 de agosto de 2020, según la más actualizada data que tienen colgados en el portal de transparencia, pagó RD$10,212,914.25 en jubilación a 424 exempleados y sus sobrevivientes. Esas pensiones van de RD1,333.00 hasta RD$318,750. Este último salario corresponde al expresidente de esa entidad, Roberto Rosario Márquez.

En el trimestre Julio – Septiembre del 2021, según el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima), unos 1,414 docentes se beneficiaron con el Plan de Retiro Complementario Recapitalizable (PRCR) y eso tuvo un monto total de RD$950,709,911.50. El monto promedio por maestro es de RD$672,355.

Las estadísticas de los pensionados del Constitucional y del Congreso Nacional no fueron posibles de localizar en los portales de transparencia de esas dependencias.

El director de la Sipen explicó que las Administradoras de fondos de Pensiones (AFP) son un esquema de aportaciones basadas en cuentas de capitalización individual, donde las prestaciones dependerán de los recursos que cada afiliado haya podido acumular de manera individual en su etapa activa, y que en cambio, los sistemas de pensiones creados por instituciones estatales, se encuentran amparados en las propias leyes que les dieron su origen, por lo que cada uno de ellos posee diferentes mecanismos de gestión, financiamiento y prestaciones, bajo un esquema de reparto con beneficios definidos.

¿Quién le pondrá el cascabel al gato?

Las afirmaciones de Ramón Contreras son contrariadas por el redactor de la Ley del Sistema de Seguridad Social Dominicano y experto en Seguridad Social y economista, Arismendi Díaz Santana, y la exdirectora de Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Nélsida Marmolejos, quienes consideraron que la entidad se ha hecho de la vista gorda ante una situación que puede traer consecuencias graves para los más pobres.

Díaz Santana, explicó que los planes de pensiones particulares, además de ilegales, porque el SDSS es universal y obligatorio para todos, engendra muchos privilegios, “que pagaremos todos los contribuyentes”, aún los más pobres porque pertenecen a instituciones autónomas y descentralizadas, que otorgan pensiones muy elevadas y se financian con cargo al presupuesto nacional.

Ramón Contreras dijo que la naturaleza mixta del sistema dominicano de pensiones permite la coexistencia de diferentes tipos de fondos y/o planes de pensiones, sujetos a los lineamientos establecidos en la ley 87-01 y las normas complementarias, sin embargo, Díaz Santana afirmó que estos no son sostenibles porque otorgan beneficios muy superiores a las aportaciones, cuya diferencia se convertirá en un déficit en contra de los contribuyentes.

“La Sipen ha observado una actitud totalmente indiferente y cómplice, como la gran mayoría de las instituciones públicas.
Nadie quiere asumir la responsabilidad de ponerle el cascabel al gato. Siempre he sostenido que el Estado Dominicano es uno de los mayores generadores de desigualdad social”, refirió el experto en la materia.

En tanto que Marmolejos fue enfática en establecer que ese organismo sí tiene que supervisar esos planes ya que todo lo que son fondos de pensiones tienen que estar, puesto que ese es el órgano que los rigen.

“Ellos no pueden intervenir… La Sipen trazó línea con relación a los trabajadores de la construcción porque la ley dice que si no se ajustan a los beneficios, quedan disueltos”, enfatizó al recordar que el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción, el Instituto Dominicano de la Seguridad Social, el de la Policía Nacional, Cámara de Cuentas, entre otras, desaparecieron debido a lo que establece la normativa vigente en el país.

¿Cuántos son?

En la actualidad es difícil, por no decir imposible, determinar con exactitud cuáles y cuántas instituciones públicas o privadas tienen sus propios sistemas de pensiones, ya que la Superintendencia afirma que no los regula ni sabes cuántas son y tampoco lo saben a ciencia cierta, la mayoría de las personas que abogan por mejorar el sistema dominicano.

Nélsida Marmolejo, exdirectora de la DIDA, explica que esos planes particulares, algunos creados después de la ley 89-01, debilitan al Sistema Dominicano de Seguridad Social porque las personas que tienen mayores ingresos económicos no cotizan en él.

“Lo afecta por lo siguiente: la mayoría de esos planes de pensiones son de sectores que tienen más ingresos y entonces, la solidaridad desde el punto de vista de robustecer un plan no se da porque hay un discrimen de una población que gana menos, que es la que está en la seguridad social”, refiere Marmolejo al ser cuestionada sobre el particular.

La pasada semana, el Ministerio de Educación anunció un aumento del presupuesto para que el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima) pueda incrementar el monto de las pensiones a los maestros. Esto luego de que el defensor del Pueblo emplazara a esa entidad a dar respuesta a los reglamos hechos por las asociaciones de maestros jubilados y pensionados.

Tribunal Constitucional sería juez y parte

Estos planes constituyen privilegios y discriminación, sin embargo, los más vulnerables no encontrarían la justicia que la diosa Temis procura: los jueces ordinarios, los de altas cortes como el Tribunal Constitucional son de los beneficiarios de esos privilegios.

“Claro que sí. Es un privilegio mayúsculo. Inadmisible en un Estado de derecho, que realmente luche contra los privilegios y promueva la igualdad de oportunidades. Legalmente podría ser recurrido ante el Tribunal Constitucional, pero esa entidad también forma parte del entramado de privilegios y de beneficios desproporcionados”, afirmó Arismendi Díaz.

En el informe presentado por Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), titulado “Los sistemas de pensiones en la encrucijada”, refiere que la sostenibilidad de los sistemas de pensiones está vinculada al concepto de solvencia, es decir, a la capacidad de los sistemas para enfrentar sus obligaciones o cumplir los compromisos de cobertura y suficiencia de las prestaciones de forma indefinida (varias generaciones) sin dejar de ser solventes.

Señala que en la región, el modelo sustitutivo de pensiones se ha implementado en cinco países: Chile (1981), México (1997), el Estado Plurinacional de Bolivia (1997), El Salvador (1998) y la República Dominicana (2003) y que en los últimos diez años, en la mayoría de los países en que se implementó ese modelo, el sistema se ha reformado o se está debatiendo la posibilidad hacerlo, en especial por la insuficiencia de las prestaciones y la escasa cobertura.

36,467
Pensiones AFP: El Sistema Dominicano de Pensiones entregó, al 30 de septiembre de este año, 36,467 millones de pesos a través de distintas modalidades, refiere un informe de la Sipen.

4,355,732
Datos de Sipen: Al 30 de septiembre de 2021, el Sistema Dominicano de Pensiones contó con una población afiliada de 4,355,732 personas según el último reporte trimestral de la entidad./

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