La ley 358-2005, Ley General de Protección de los Derechos de Consumidor o Usuario, tiene su génesis en la aprobación por el Congreso Nacional de la resolución 2-95 que ratifica el Acuerdo de Marrakech, en el cual se establece la Organización Mundial del Comercio. Esta norma, en el considerando 2, prescribe la obligación positiva para el Estado de establecer políticas públicas tendentes a facilitar el desarrollo económico en un ambiente de libre competencia. En ese sentido, en este apartado se establece lo siguiente: “Que dentro de la política económica gubernamental se debe promover el crecimiento y desarrollo económico en un ambiente de libre competencia que facilite las condiciones para el establecimiento de precios justos y estables que fortalezcan el poder adquisitivo de la población, especialmente el de los sectores más pobres y desprotegidos de la sociedad”. Es importante destacar, que en la introducción de esta norma se establece la necesidad de adecuar el ordenamiento jurídico dominicano, para garantizar la protección de los derechos de los consumidores y usuarios. En ese sentido, en el considerando 3, se prescribe lo siguiente: “Es necesario la creación de un marco legal en el que los derechos de los consumidores o usuarios de bienes y servicios se encuentren real y efectivamente consagrados y contemplando especialmente el derecho a información, orientación, educación y transparencia en los mercados de bienes y servicios”. En este contexto, esta norma es el resultado de la incorporación de las directrices de la ONU, aprobadas el 19 de abril de 1985, la cual vino a llenar un vacío que existía en el ordenamiento jurídico dominicano en esta materia. Partiendo de lo expresado en el párrafo anterior, con la entrada en vigencia de esta ley, el Estado dominicano está cumpliendo con su obligación asumida en los diferentes instrumentos internacionales de derechos humanos que hemos aprobado y ratificado, de establecer políticas públicas para lograr una mayor protección de los derechos de los ciudadanos. En síntesis, colegimos que esta ley marca un antes y un después en lo referente a la defensa y protección de los derechos de los consumidores y usuarios en el país. En ese sentido, esta norma se convertirá en una importante herramienta de defensa, ya que a través de la misma se crea el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, como órgano rector de esta norma. -
Por:Máximo Calzado Reyes
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