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sábado, 30 de enero de 2016

¿Por qué la tarifa eléctrica ni baja ni sube?




La no reducción de la tarifa eléctrica a los consumidores, a pesar de la drástica rebaja al precio del barril del petróleo haría pensar a cualquiera que existe alguna limitación legal que impida que la tarifa refleje los costos reales involucrados en la producción y suministro de electricidad.
O algunos podrían hasta llegar a pensar que existen estructuras contractuales que no permiten que las subidas o bajadas del petróleo, gas natural y carbón se reflejen en los costos de producción y por ende en el consumidor final.
La respuesta a ambas inquietudes es que no existe una limitación en la ley de electricidad (todo lo contrario), pero sí existe una limitación fruto de la política de subsidio tarifario establecida; y sí es cierto que los costos de generación reflejan las variaciones de los combustibles en los mercados internacionales, aunque las distribuidoras no se lo reflejen a los consumidores en sus tarifas y facturas mensuales.
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La ley general de electricidad en su artículo 24 ordena a la Superintendencia de Electricidad (SIE) a “Elaborar, hacer cumplir y analizar sistemáticamente la estructura y niveles de precios de la electricidad y fijar, mediante resolución, las tarifas y peajes sujetos a regulación de acuerdo con las pautas y normas establecidas en la ley y su reglamento”.
Luego más adelante en el artículo 111, dice “Las tarifas a usuarios de servicio público serán fijadas por La Superintendencia. Las mismas estarán compuestas del costo de suministro de electricidad a las empresas distribuidoras establecido competitivamente, referido a los puntos de conexión con las instalaciones de distribución más el valor agregado por concepto de costos de distribución, adicionándolos a través de fórmulas tarifarias indexadas que representen una combinación de dichos valores”.
La misma ley general de electricidad define la tarifa técnica como la llamada a cubrir “el costo de abastecimiento de las distribuidoras, sustentado en un régimen de competencia según lo establecido en el Artículo 110 de la ley, más las pérdidas técnicas entre el punto de inyección de los generadores y el punto de retiro de la energía por parte del consumidor al que se le factura el servicio, más los costos asociados a la labor de transmisión y distribución (costo de expansión, operación, mantenimiento y márgenes de operación), cargando un máximo de un 3% de energía incobrables”.
Visto lo anterior queda claro que la ley de electricidad ordena a la SIE a calcular y a hacer los ajustes periódicos a la tarifa eléctrica que reflejen sus costos reales y que así le llegue al consumidor final.
¿Qué argumenta la SIE para no reflejar la reducción de los costos en la tarifa? El gobierno dominicano a través de la SIE ha informado que no ha bajado la tarifa porque aún quedan algunos bloques tarifarios que reciben subsidio, pero además, existe una “deuda” histórica a través del Fondo de Estabilización de la Tarifa Eléctrica (FETE) por la cantidad de dinero destinado al subsidio de la tarifa eléctrica desde hace algunos años con el objetivo que la misma no llegara a precios que se entendía eran altos para el consumidor.
El argumento de mayor peso para la SIE de no ajustar la tarifa eléctrica se encuentra en el decreto 302-03 que crea el FETE cuyo objetivo es “suavizar las fluctuaciones en la tarifa eléctrica por las variaciones en los precios de los hidrocarburos, IPC y tasa de cambio”.
El artículo 8 del decreto señala que “una vez se inicie la reducción de la tarifa por efecto de la variación de los precios de los hidrocarburos o la variación de la tasa de cambio.
La Superintendencia de Electricidad no aplicará la totalidad del ajuste hacia la disminución de la tarifa, creando así un fondo cada mes hasta compensar la totalidad aportada con anterioridad por este Fondo de Estabilización de la Tarifa Eléctrica”.
No obstante, el art. 3 del mismo decreto dice “Las compensaciones creadas en el presente decreto se aplicarán en clientes residenciales que consuman menos de 300 Kwh. en un 100%, y en aquellos usuarios cuyo consumo sea mayor de 300 Kwh., hasta un 50%.”; cosa que no ha ocurrido desde hace meses con los clientes cuyo consumo ha sido mayor a los 300 kWh y están pagando una tarifa mayor a la indexada por la SIE.
El gobierno realiza varias transferencias importantes al sector eléctrico, entre ellas la que cubre las deficiencias financieras de las empresas distribuidoras por las pérdidas de energía que sobrepasan el 30%, diferencia entre lo facturado y lo cobrado, y las transferencias al subsidio de la tarifa cuyo monto del FETE fue en el año 2014 de RD$14,327 millones y en el 2015 de RD$1,413 millones (la décima parte) como resultado de la reducción de los costos de generación.
La realidad es que el subsidio generalizado a la tarifa es una medida que más que ser temporal se ha mantenido prácticamente constante a pesar de algunas variaciones en los bloques tarifarios. Además, parece que no ha respondido a una “rationale económico” que ponga en una balanza elementos como el costo de oportunidad del apagón, o el “willingness to pay” del usuario ante la calidad del servicio y continuidad del suministro.
Decimos esto, porque en el país existen experiencias de servicios eléctricos aislados con tarifas eléctricas que reflejan costos reales y los clientes, dominicanos por igual, la han estado pagando con la única garantía de disponer de un servicio eléctrico constante y de calidad.
Obviamente, la aplicación de subsidios a las tarifas de servicios ofrecidos por empresas públicas es un derecho que tienen los Estados. Pero igualmente el cliente tiene el derecho de conocer de manera transparente la estructura tarifaria del servicio que recibe, incluyendo el monto de subsidio que recibe del gobierno en su tarifa eléctrica. Si esto se hiciera, quizás ayudaría a la creación de mayor conciencia en el consumidor.
Implementar la tarifa técnica, derogar el decreto 302-03 e implementar una política de subsidio razonable, es lo que permitiría que cuando suban o bajen los precios de la generación, o cuando las distribuidoras se manejen mejor operativamente, la Superintendencia de Electricidad (SIE) pueda ajustar la tarifa para que la misma refleje los costos reales para los clientes.
http://www.eldinero.com.do/19589/por-que-la-tarifa-electrica-ni-baja-ni-sube/

lunes, 25 de enero de 2016

ORIENTANDO AL CONSUMIDOR: La diferencia entre la factura y la tarifa eléctrica

SANTO DOMINGO,R.D.- Es casual escuchar reclamos de usuarios diciendo que le subieron la tarifa eléctrica habiendo consumido lo mismo en el mes o sin haber comprado ningún electrodoméstico nuevo; o que se fue de viaje y que como quiera le cobraron como si hubiese estado en la casa; o que su vecino tiene más electrodomésticos que ellos, y pagan una factura eléctrica más baja, y por tanto a ellos no le están midiendo o el vecino se la roba. Así como las anteriores expresiones existen muchas otras que delatan falta de información.  
La factura y la tarifa no son lo mismo. La tarifa revela el monto de dinero que usted va a pagar por la potencia o la energía que consuma de acuerdo a las condiciones contractuales con su distribuidora de electricidad. Los cargos tarifarios no han variado desde hace poco más de 4 años. La factura eléctrica refleja el uso mensual que usted le ha dado a sus electrodomésticos en un periodo de tiempo, y por tanto la tarifa es parte de la factura.
A modo de ilustración, dos personas pueden mudarse en viviendas similares una al lado de la otra, y comprar los mismos electrodomésticos de la misma marca y en la misma tienda, y al cabo de un mes la factura eléctrica será diferente para cada uno de los usuarios, a pesar de tener la misma tarifa eléctrica. Esto se debe a que el monto de nuestra factura eléctrica depende del uso, comportamiento y hábitos de consumo de cada consumidor.
Por tanto, usted puede haber cambiado todas sus luces a bajo consumo o sus electrodomésticos a la tecnología inverter, pero es bueno que sepa que luces y electrodomésticos de bajo consumo usados inadecuadamente y bajo una lógica del derroche, terminan representando un consumo importante en su factura.
En el caso de aquellos que salen de viaje y al retornar a sus viviendas u oficinas encuentran que la factura les refleja un monto de dinero, tiene mucho que ver con el cargo fijo y el cargo por potencia al cual están sujetas todas las estructuras tarifarias tal como establecen las normativas. En el caso de los que tienen tarifa BTS1 y BTS2 el cargo fijo es de RD$137.27 y los que tienen facturas BTD cuya potencia supera los 10 kW es de RD$993.99 por kilovatio. Por ejemplo, si su potencia máxima registrada es de 10 kW, aunque usted no consuma tendrá en su factura que pagar RD$9,993.99  pesos.     
De igual manera debe entender que electrodomésticos como la nevera que se abren muy a menudo, o que las puertas no cierran bien y por ende no retienen el frio; o el caso de acondicionados de aire cuyo termostato no funcione, o usted no coloque las temperaturas adecuadas, o estén funcionando con ventanas o puertas abiertas; o el caso de bombas de agua cuyos tanques de almacenamiento o cisternas tengas fugas; en ninguno de esos casos mencionados, dichos equipos consumirán menos energía inclusive que otro equipo similar funcionando la misma cantidad de horas al día.
En fin, lo importante no es tanto fijarse en la tarifa, sino en el uso adecuado de los equipos y electrodomésticos, que es lo que al final de cuentas diferenciará el valor de su factura eléctrica mensual.

http://www.listindiario.com/economia/2016/01/25/405109/la-diferencia-entre-la-factura-y-la-tarifa-electrica

lunes, 8 de septiembre de 2014

Superintendencia de Electricidad ordena acreditar a más de RD$3 millones a usuarios

SANTO DOMINGO,R.D.- La Superintendencia de Electricidad (SIE) informó que ordenó a  las distribuidoras acreditar más de 3 millones de pesos en beneficio de 767 clientes que sus reclamaciones fueron consideradas procedentes.
José Rosario, director de la Dirección de Protección al Consumidor(Protecom),  explicó  que un 0.91 por ciento de  las reclamaciones de los usuarios del servicio eléctrico fueron por alta facturación, un 0.03 por ciento por  irregularidad en el acta y un 0.06 por ciento por otros conceptos.
Los usuarios del Distrito Nacional, provincia Santo Domingo y el interior del país fueron beneficiados con RD$ 3,174,672.00  suma que las distribuidoras acreditaron a las cuentas de esos clientes, indica la información suministrada a los medios de comunicación.
La Distribuidora del Este se le instruyó acreditar a los usuarios RD$531,628.00; mientras que Edesur tuvo que acreditar RD$2,061,751.00 en tanto Edenorte debió acreditar RD$581,293.00.
Durante el mes de julio la SIE recibió 3,078 reclamaciones de las cuales 767 fueron consideradas procedentes 1,885 improcedentes.
La empresa Distribuidora Edeeste, fueron beneficiado 378 usuarios, en Edesur 253 y en Edenorte 136.
En tanto que de la 1,885 consideradas improcedentes 942 pertenecen a EdeEste, 626 a Edesur y 317 de Edenorte.


 http://eldia.com.do/superintendencia-de-electricidad-ordena-acreditar-a-mas-de-rd3-millones-a-usuarios/