SANTO DOMINGO,R.D.- El precio de la tarifa eléctrica puede reducirse
cuando suceden los siguiente: 1)cuando el cliente ahorra su consumo,2)cuando el
precio del
barril del petróleo baja y los generadores transfieren ese ahorro al
precio de venta a las distribuidoras,3)cuando la matriz de generación
cambia de hidrocarburo. Es bueno señalar
que la FORMULA tarifaria eléctrica se basa a la variación de los precios
internacionales de los combustibles fósiles, y que este cambio se refleje en la
tarifa eléctrica al usuario final. Y esos motivos
han ocurrido en los últimos años, pero El Fondo de
Estabilización de la Tarifa Eléctrica (FETE) es culpable de la no reducción del
precio de la Tarifa Eléctrica porque ese fondo no se ha manejado con
transparencia .
Para entender el
cambio que debió producirse en el precio de los diferentes bloques de tarifa
desde julio,agosto,septiembre,octubre y noviembre del 2014 hasta noviembre del
2015, que los precios de tarifa se han congelado, es necesario señalar que en
2014 las tarifas indexadas fueron menores a las que se aplicaron, por lo cual
las distribuidoras de electricidad no debieron recibir subsidio, sino devolver
un% en millones de US$ al FETE como un aporte de los usuarios.Por concepto de descenso del precio del petróleo.
Partiendo
de lo señalado arriba, esto quiere decir, que el porcentaje atribuido a la
congelación de la tarifa eléctrica, lo aporta el usuario final siempre que
bajen las variables que componen la ecuación tarifaria .
En
caso de que ocurra un descenso del precio de los combustibles como lo contempla
la presente ley 125-01(. Como se está presentando últimamente), se aplicará una
reducción máxima de 0.5 % en la tarifa eléctrica al usuario final,
debiendo aplicarse la proporción restante del descenso para reducir la
diferencia entre la tarifa aplicada y la indexada. que queremos decir,es que,
en estos últimos meses al bajar la variable del combustible fosil,hay una
reducción mensual de 1,32% en la tarifa eléctrica donde 0.5% es para la
reducción de precios que será traspasada a dicha tarifa aplicada a los usuarios
en su totalidad. Y 0.82% es para reducir la diferencia éntrela tarifa aplicada
y la tarifa indexada.
El papel del FETE debió culminar,al que fue creado
por que su papel es transistorio,pero la violación a la Ley 125-01 es una
constante de las autoridades. El Fondo de Estabilización de la Tarifa Eléctrica
(FETE) ha sido una de los componentes que integran el déficit tarifario y
consiste en un mecanismo mediante el cual el Estado no transfiere a los
consumidores finales todo el incremento de los combustibles, aplicando una
tarifa inferior a la resultante del cálculo, asumiendo así, la diferencia entre
ambas. Pero el ente regulador y los agentes involucrado en su aplicación,lo
realizan con poca transparencia.
Este fondo no vas a culminar ahora porque para
nosotros es una forma de desviar la reducción del usuario final hacia la planta
a carbón de Catalina, decimos estos porque los escándalos y
denuncias de corrupción del sector electrico como
han sido La querella del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas
(Fonper) en contra de las empresas
Ege Haina y Ege Itabo, AES-Distribuidora del Este, por la presunta estafa de
varios miles de millones de pesos, el
caso de las auditorias, el caso de EGEHID, el caso de ETED, etc.,etc.
En consecuencia,los consumidores en la República Dominicana vienen
pagando un precio que ha permanecido constante a lo largo del tiempo, ajeno
totalmente a cualquier señal de escasez o de abundancia de los recursos,
independiente además de las eficiencias o ineficiencias del sistema y de los
costos del servicio.
Y mientras eso pasa el artículo 110
de la ley General de Electricidad 125-01, define la Tarifa Técnica como aquella
que cubre el costo de abastecimiento de las distribuidoras sustentado en un
régimen de competencia, más las pérdidas técnicas que se producen desde que
inicia la generación de la energía hasta que se factura el servicio al
consumidor.
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