SANTO DOMINGO, República Dominicana.- De acuerdo con un informe de la Comisión Nacional de Energía (CNE), el actual esquema de Medición Neta para la autogeneración de electricidad a base de fuentes primarias renovables, consignado en la Ley 57-07, produce pérdidas económicas cuantiosas a las empresas distribuidoras.
Tan solo en el período enero-octubre de 2015, se estima que esta normativa tuvo un “impacto negativo” de 3.57 millones de dólares en la facturación de las Edes de propiedad estatal.
Así lo expone el director ejecutivo de la CNE, Juan Rodríguez Nina, en una comunicación al presidente Danilo Medina y al vicepresidente ejecutivo de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), Rubén Jiménez Bichara, con fecha del pasado 5 de enero.
En la misiva, el funcionario aduce que tiene facultad para efectuar la modificación que promueve al Reglamento de Modificación Neta (RMN), incluso al margen del proceso del Pacto Eléctrico. Dicha propuesta fue consensuada con las tres compañías distribuidoras, según la CNE, pero es objetada por sectores empresariales que la describen como un “golpe bajo” al desarrollo del sector.
La postura de Rodríguez Nina ha sido rechazada enérgicamente por la Asociación para el Fomento de las Energías Renovables (Asofer), que aglutina a empresas del sector, y contraviene a simple vista lo externado sobre este controvertido tema por el ministro de Energía y Minas, Antonio Isa Conde.
En declaraciones al periódico Diario Libre, Isa Conde dijo en diciembre que cualquier discusión en torno a cambios en normativas del ámbito eléctrico, incluida la medición neta, se pospuso para después de la firma del Pacto Eléctrico. En el plano institucional, la CNE es una entidad adscrita al Ministerio de Energía y Minas.
La Medición Neta o bidireccional es un sistema de medición que permite que los usuarios que decidan autoabastecerse parcial o totalmente mediante sistemas de generación a base de fuentes renovables -fotovoltaicas y eólicas- reciban del distribuidor un crédito en kilovatios (Kwh) equivalente a la energía generada por el cliente, explica en su portal la CNE.
Entre otros aspectos, la modificación del rererido reglamento implicaría que los “autoproductores” residenciales o comerciales integrados al Sistema Nacional Eléctrico Interconectado (SENI) vendan la energía que generan a un precio menor que bajo el esquema vigente. Además, establece una especie de “peaje” que estas empresas deberán pagar por utilizar las redes de distribución.
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Atribuciones y “sobrecostos”
En la carta de motivación de su propuesta, de la que posee copia el periódico Acento, Rodríguez Nina cita y anexa los resultados de un estudio técnico elaborado por “expertos y técnicos de las distribuidoras”. Según este informe, el costo promedio a que las Edes compran la energía que producen los usuarios de medición neta ha sido de unos 19 centavos de dólar por kilovatio/hora (Kwh), “cuando el costo monómico de compra ronda los 12.7 US$/Kwh”.
Concluye, por tanto, que “esta energía tiene un sobre costo del 48% frente a los costos del mercado eléctrico” nacional.
El informe de la CNE concluye que el Programa de Medición Neta tiene “serias implicaciones económicas” para las distribuidoras, lo que arriesga su sostenibilidad financiera “si no se establecen acuerdos transaccionales más equitativos” entre estas empresas y sus usuarios.
Sostiene que para el 2015, las Edes han tenido una pérdida de US$3,96 millones, al pagar “un sobreprecio en la compra de energía inyectad por los usuarios del programa de 6.30 centavos de dólar, incluyendo los cargos por capacidad.
Rodríguez Nina indica que el citado reglamento “no responde a ninguna” de las propuestas conocidas en el marco del Pacto Eléctrico, ni tampoco en el documento remitido al Consejo Económico y Social (CES) que recoge la posición del Sector Gubernamental.
Asimismo, alega que en virtud del artículo 8 de la Ley 57-07 de Incentivo a las Energías Renovables y Regímenes Especiales, compete a la CNE “autorizar o rechazar, previa evaluación técnico-económica (…) todas las solicitudes de aplicación a los incentivos” de la legislación. Así como “velar por la correcta aplicación de la presente ley y su reglamento y garantizar el buen uso de los incentivos” que provee este marco legal.
Aclara que las eventuales disposiciones que pudieran resultar de la modificación del reglamento “de ninguna manera serán retroactivas”, conforme lo estipulan la Constitución y las leyes dominicanas, por lo que no afectaría los derechos adquiridos, ni la seguridad jurídica de las inversiones en la generación de energías limpias.
La propuesta de la CNE surge, explica Rodríguez Nina, “por verse afectadas” las distribuidoras del Estado” y fue discutida con estas empresas en su calidad de agentes del Mercado Eléctrico Mayoristas (MEM).
Agrega que también fue remitida, para su conocimiento el 18 de noviembre pasado, a los miembros del Directorio de la CNE. Señala, sin embargo, que este sometimiento fue rechazado entonces por el representante de Energía y Minas, Ernesto Vilalta, impidiendo que se diera lectura a la propuesta, “sin tomar en cuenta que la misma había sido consensuada” con las distribuidoras.
Consideraciones “personales”
Al término de la carta al presidente Medina, el titular de la CNE se permite incluir varias “consideraciones de carácter personal, sin menoscabar el anexo del informe técnico” que figura anexo al documento.
Plantea, en este orden, que al permitir que los usuarios con una demanda de potencia superior a 1 megavatio (1 MW) puedan optar por contratar su suministro directamente con los generadores, operando como Usuarios No Regulados, la Ley 125-01 despojó a las distribuidoras de “el mejor mercado a precios regulados”.
Con la creación del programa de medición neta -en el 2012- se abrió “una brecha para que los mejores clientes de las Edes, aquellos con mayor poder adquisitivo, puedan autogenerar” con energías renovables, afirma el funcionario.
En síntesis -apunta- “los sectores más pudientes, que pueden pagar la inversión en renovables, también pueden dejar de ser clientes de las Edes, y peor aún, ellas están obligadas a pagar a éstos la energía a precio de venta y no a precio de compra, sin tomar en cuenta los costos de distribución, pago de potencia firme” ni sus pérdidas.
De acuerdo con Rodríguez Nina “aquellos que propugnan por dejar las cosas como están, lo que están es propiciando el déficit de caja de las Edes y beneficiándose de las lagunas regulatorias que han surgido de la interpretación del reglamento en cuestión”.
Argumenta que con la propuesta de la CNE “no se está atentando en contra de las energías renovables, sino que éstas sean aprovechadas a precios razonables”.
http://acento.com.do/2016/economia/8315772-documento-alex/
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