Informe especial
Análisis del Pacto Eléctrico
SANTO DOMINGO,R.D.-El pasado jueves fue firmado el Pacto Nacional para la Reforma del Sector Eléctrico (Pacto Eléctrico) con 14 disensos o desacuerdos entre el sector empresarial, social, sindical y Gobierno, además sin la firma de los representantes del sector social.
Las discusiones del pacto iniciaron el 20 de enero del 2015 y el documento final aprobado y firmado en el Palacio Nacional fue elaborado el 26 de octubre de 2017.
Es decir, desde esa fecha hasta el pasado 25 de febrero del 2021 los mismos disensos o desacuerdos estaban a la mesa esperando solución.
En enero del 2016 el Partido Revolucionario Moderno (PRM) se retiró del diálogo del pacto, alegando que era necesario presentar los informes técnicos de infraestructuras y acciones que llevaba a cabo el Gobierno en especial sobre Punta Catalina y porque algunos aspectos incorporados violaban la Ley General de Electricidad.
En agosto del 2017 los representantes del sector social abandonaron el diálogo, expresaron que no lo firmarían y criticaron que sus 31 propuestas no fueran incorporadas al pacto.
Ocho de los 14 disensos son sobre la administración y operación de Central Termoeléctrica Punta Catalina y dos de los disensos se refieren al pago a los usuarios por energía no servida.
El resto aborda temas como la reestructuración de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE); incorporación de los sistemas aislados al Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI); el uso de suelo para el alumbrado público y la revisión de los contratos de privatización de tramos de las redes de transmisión.
De acuerdo al documento, aprobado el pasado jueves, el disenso número uno es sobre la reestructuración de la CDEEE. El documento expresa que de conformidad con lo establecido por la Ley 142-13, en un plazo no mayor de 12 meses a partir de la suscripción del Pacto para la Reforma del Sector Eléctrico, la CDEEE debía reestructurarse en consistencia con lo establecido en la Ley de Sector Eléctrico No.125-01, la Ley número 100-13 que crea el Ministerio de Energía y Minas y la Ley 1-12 que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo.
Además, se agrega a este disenso que los nuevos contratos de compra y venta de energía que se propuso fueran realizados por las EDE mediante proceso de licitación pública y administrados por ellos.
El disenso dos es acerca de la incorporación de los sistemas aislados al SENI. La propuesta está que los sistemas aislados, de común acuerdo con la ETED y bajo regulación de la SIE, empezaran un proceso gradual de incorporación al SENI, considerando niveles adecuados de calidad de servicio en el SENI antes de su interconexión.
El tercer disenso es sobre el inicio de pago compensaciones por energía no servida. La propuesta era que las empresas distribuidoras de electricidad deben pagar a los usuarios regulados las compensaciones por energía no servida, procediendo conforme a lo establecido en la Ley 125-01 y sus modificaciones, en los artículos 93, articulo 101, artículo 110.
El disenso cuatro es sobre el inicio de pago compensaciones por energía no servida, similar al disenso tres. Establece que las compensaciones por energía no servida se comenzarán a implementar a partir del momento en que se complete el Plan de Reducción Perdidas.
En el intertanto, la SIE emitirá las normas de calidad de servicio. No habrá compensaciones cuando se alcance la reducción de pérdidas de 15 % o el término del periodo de los seis años, lo que ocurra primero. Al 5 de octubre del 2017.
El disenso cinco es sobre racionalidad del costo de la servidumbre y/o uso de suelo, subsuelo y espacio aéreo en la actualidad. Esto a fines del alumbrado público. Al 5 de octubre del 2017.
El disenso seis trata sobre el modelo de negocio de Punta Catalina. Establece que el Estado terminará la construcción de la Central Termoeléctrica Punta Catalina y que quedará como propiedad total estatal, pudiendo tomar cualquier otro tipo de decisión al respecto para resguardar los mejores intereses del país.
El disenso siete también es sobre Punta Catalina. La otra propuesta sin acuerdo era que el Estado terminara la construcción de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, quedara como propiedad estatal, pudiendo tomar cualquier otro tipo de decisión al respecto que fuera vender parte de la planta siempre que nunca pase del 49 % de las acciones y que este porcentaje sea oferta al país) para resguardar los mejores intereses nacionales.
El disenso ocho, es sobre la propuesta del sector social. Indica que el Estado terminará, a su completa responsabilidad financiera, la construcción de la Central Eléctrica Punta Catalina, asumiendo el compromiso de presentar, a más tardar dentro de un año (dentro de 10 años) después de la firma del Pacto Eléctrico, un modelo de negocios que garantice la incorporación de la inversión, en acciones corporativas propiedad de los ciudadanos de las pequeñas y medianas empresas, de las cooperativas de la gran empresa, en una sumatoria de que nunca será superior al 49 % del conjunto accionario de esa empresa generadora estatal.
Los valores generados en el progreso de capitalización de la empresa serán negociados a través de la Bolsa de valores de Santo Domingo.
El disenso nueve se refiere también a Punta Catalina: la propuesta a presentar por parte del Gobierno deberá estar sustentada en una auditoría de inversión independiente, realizada por una firma auditora reconocida internacionalmente, contratada mediante licitación pública competitiva internacional, sin ningún vínculo a los procesos previos de esa empresa.
El disenso 10 trata también sobre Punta Catalina. Aquí se indica que los accionistas, en mayoría calificada, se comprometerán a establecer en los estatutos de la empresa, la obligatoriedad de la reinversión de dividendos en una proporción no establecida.
Además el disenso número 11, también sobre Punta Catalina indica que la empresa estará obligada a contratar las responsabilidades de operación y mantenimiento (O&M) de las plantas generadoras a través de un mecanismo de licitación pública competitiva-internacional.
El disenso 12 establece que el Consejo de la Administración de la Empresa estará conformado de acuerdo a la participación de capital accionario, lo presidirá el representante gubernamental designado, en atención a dicha participación.
También, el disenso 13 indica que el administrador de la misma será designado por concurso de oposición de acuerdo a sus méritos profesionales y experiencia. Ese nombramiento deberá ser obligatoriamente ratificado por una mayoría calificada.
El último acerca del que tampoco hubo acuerdo en las discusiones, el disenso número 14, explica que la SIE (Superintendencia de Electricidad) deberá proceder a la revisión de los contratos de privatización de tramos de las redes de transmisión con el fin de recuperar su propiedad para la empresa de transmisión, conforme lo establecido por la ley y cumpliendo los compromisos asumidos por el Estado.
Las metas y objetivos planteados en el pacto tienen como fecha el 2017 a pesar
de que el documento se firma en el 2021.
El especialista
José Luis Moreno San Juan
Ingeniero Mecánico Electricista, Docente
Un “pacto basura” El ingeniero expuso que en el documento firmado quedó igual que el 2017 y que entiende que los motivos de esta firma acelerada se esconde el interés particular de las empresas de generación, para garantizar sus privilegios. “Es el mismo pacto del 23 de diciembre del 2017, incluso sin cambiar fechas de metas. Firmar por firmar aunque en el fondo no resuelva nada”, expresó.
En ese sentido agregó es “pacto basura, no pasa de un acuerdo entre una parte del sector empresarial y Gobierno, no puede ser pacto pues no se incluye al sector social mayoritario. Y si se quiere hacer pasar como pacto dentro del contexto del Consejo Económico y Social, sería un pacto basura”.
Expuso que por el tiempo transcurrido desde que se cerró el diálogo, se tenía que actualizar e incluir otros temas que han surgido desde que se suspendieron los debates en agosto de 2017.
Dijo que se debía evaluar lo ocurrido en el sistema eléctrico y actualizar los puntos pendientes, pudiéndose agregar otros, como los relacionados con la transición energética en marcha y que debe ser puesta en agenda dentro de plan de expansión de costo mínimo, así como el cumplimiento de las leyes vigentes y de ser necesaria la modificación de las mismas, realizar estas con apego al orden constitucional, para poder lograr la necesaria reestructuración del sistema eléctrico.
Moreno agregó que se debió alcanzar mayores niveles de entendimientos entre las partes involucradas, para la firma del Pacto Eléctrico, ya que aspectos esenciales han sido obviados en el documento presentado como final por el gobierno desde esa época, que no tomaba en cuenta las opiniones y las repetidas solicitudes al diálogo tanto de parte de la UASD, como del sector social y una parte del sector empresarial.
Expuso que en el pacto se debió incluir los siguientes temas:
1- La realidad actual de la Central Térmica de Punta Catalina, la cual pasa por la realización de una auditoría técnico-financiera, y la discusión sobre su realidad operacional actual, para sacar el mayor provecho de su explotación, con el menor impacto ambiental posible.
2- Debate y consenso sobre algunas de las medidas tomadas por Ministerio de Energía y Minas que implican compromisos a largo plazo para el sector energético.
3- Estudiar desde la lógica de defensa de la propiedad pública, cómo hacer más eficiente el proceso de democratización de la inversión pública.
Un cuarto elemento era consensuar las acciones a seguir para la necesaria transición energética, la cual debe normar y definir la política a adoptar por el país un horizonte de 30 años, lo que implica un cambio de la matriz, dando una participación preponderante dentro de lo posible a las energías alternativas y a la movilidad eléctrica y afrontar dentro del plan, los retos socio-culturales y económicos de la misma.
El especialista
Bernardo Castellanos
Ingeniero Civil, especialista en Proyectos Hidroeléctricos.
Es un “tollo”
El experto en el sector eléctrico consideró el pacto como un “tollo” y criticó que fue el mismo documento que el PRM se negó a firmar en el 2019, sin una coma, punto ni corrección ortográfica.
Dijo que de esta forma lo convirtieron en un triunfo para el pasado gobierno del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
“Marginaron, desconsideraron y obviaron al sector social para irse con los empresarios cuando en oposición su aliado era el sector social. Si plantean que se seguirá discutiendo los disensos, ¿cuál era la prisa de apresurar la firma ahora y no después de haber resuelto los disensos?”, expuso.
Se preguntó que porqué en seis meses de gobierno nunca convocaron para discutir y acordar los disensos.
Además criticó que el PRM planteó veeduría social de partidos de oposición, cuando eran oposición, pero firmó un pacto donde no hay veeduría de los partidos de oposición y la veeduría es favorable ampliamente al gobierno pues tienen tres representantes, los empresarios, aliados del gobierno y dos del sector laboral y el sector social excluido.
Resaltó que el pacto no tiene cronograma de inversiones para reducción de pérdidas y no existe régimen de consecuencias para incumplimiento a del gobierno.
Agregó que para modificar la tarifa y esquema de subsidios no es necesario el pacto, solo cumplir la Ley General de Electricidad y que el pacto no está por encima de la Ley.
Violación a la ley de electricidad
Castellanos indicó que el Ministerio de Energía y Minas viola la Ley de Electricidad por que preside el Consejo de las Ede y las Ede tienen bajo contrato más del 80% de la demanda cuando no debe pasar el 80%; además la viola porque Punta Catalina firmó un contrato grado a grado ilegal que aumentó el déficit de las Ede en el 2020 en 74 millones de dólares vendiendo energía más cara que las Ede podían comprar más barata en el spot.
También viola la ley porque usurpa funciones pues actúa como planificador y rector del sector energético (Electricidad y combustible) y a la vez agente del sector eléctrico al presidir el Consejo Unificado de las Ede e involucrarse en los aspectos técnicos y comerciales de Punta Catalina.
Entiende que el MEM ejerce una competencia desleal con los demás agentes, pues es juez y parte.
“Es un desastre institucional y el MEM no puede ser juez y parte Un decreto no está por encima de la ley.
Además mantienen los contratos ilegales con los generadores de SPM y San Felipe, que el PRM denunció ilegales y se comprometió a eliminar”, dijo.
Castellanos agregó que el PRM nunca planteó la destrucción de la CDEEE sino su reestructuración y reestructuración no significa destrucción.
Dijo que la disolución de la CDEEE no está ni en los consensos ni disensos del pacto.
https://hoy.com.do/mayoria-de-disensos-en-el-pacto-electrico-son-sobre-punta-catalina/
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