Que la ansiedad o urgencia por obtener un crédito u otro producto no te haga firmar sin leer letras chiquitas.
Las instituciones financieras pueden tomarte el pelo de distintas formas, una de ellas es por medio de las cláusulas abusivas en los contratos, mismas que representan un desequilibrio entre las obligaciones y beneficios que obtienen (con la firma del contrato) el cliente y la institución financiera.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) define a las cláusulas abusivas como: cláusulas que las instituciones financieras emplean en los contratos de adhesión con sus clientes, afectando el patrimonio de los mismos.
En los contratos que los usuarios firman con las entidades financieras para el uso de productos o servicios financieros, a veces se incluyen cláusulas que derivan en desventajas para el cliente, e incluso dejan en riesgo su patrimonio".
TIPOS DE CONTRATO CON CLÁUSULAS ABUSIVAS:
- Crédito automotriz.
- Crédito de habilitación o avío.
- Crédito de nómina.
- Crédito en cuenta corriente.
- Crédito hipotecario.
- Crédito personal.
- Crédito refaccionario.
- Crédito simple.
- Créditos de habilitación o avío.
- Depósito a la vista (con o sin chequera, nómina y ahorro).
- Seguro de ahorro para el retiro.
- Tarjeta de crédito.
La institución señala que, actualmente, derivado de la reforma financiera, la CONDUSEF puede sancionar a las instituciones financieras por tener este tipo de cláusulas en sus contratos y obligarlas a suprimirlas.Condusef recomienda que los usuarios que sientan que están siendo afectados, denuncien las cláusulas abusivas.
https://www.mibolsillo.com/tips/Cuidado-con-las-clausulas-abusivas-en-contratos-20190126-0002.html
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