miércoles, 18 de marzo de 2020

El sector eléctrico y el discurso presidencial-2-

SANTO DOMINGO,R.D.- PUNTA CATALINA Y LA CONVERSION A GAS NATURAL PARQUE TERMICO SAN PEDRO DE MACORIS
El Presidente de la Republica, en su discurso pronunciado ante la Asamblea Nacional el 27 de Febrero del 2020, afirmo que, la entrada en operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, es la responsable de que las plantas térmicas de generación instaladas en San Pedro de Macorís, con una capacidad instalada de 940 Mw, que en la actualidad operan con derivados de petróleo, hayan decidido convertirse a gas natural.
El parque de generación de San Pedro de Macorís esta conformado por las centrales Cogentrix (300 Mw), Quisqueya I (215 Mw), Quisqueya II (215 Mw), Sultana del Este (150 Mw) y Los Orígenes (60 Mw).  A excepción de Cogentrix, que utiliza el combustible más caro para generar electricidad, el Fuel Oil 2 o Diesel, el resto de las plantas térmicas instaladas en San Pedro de Macorís opera con Bunker C o Fuel Oil 6, un combustible más barato que el Diesel.
Cogentrix, debido a sus altos costos de operación y producción de electricidad, desde mucho antes de la entrada en operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, solamente era utilizada, en los casos de emergencia, como fue la avería sufrida por la central a gas natural AES Andrés y cuando una planta del sistema sale de operación para fines de mantenimiento anual programado.
Prácticamente Cogentrix ha operado desde el inicio de su entrada en operación en el 2002, como reserva fría del sistema de generación, lo que significa que siempre ha estado apagada y solo es despachada para fines de generación de electricidad, cuando ocurre una situación de emergencia en el sistema eléctrico, como en los casos de avería de plantas existentes y/o salidas de centrales de generación existentes por razones de mantenimiento anual programado.
Cogentrix, con su conversión a gas natural, pasa a ser de una de las plantas más ineficientes y caras del sistema, a una de las más eficientes y de menor costo de generación y en consecuencia, una vez sea convertida para operar con gas natural, dejará de ser una planta de reserva fría, para convertirse en una central que tendrá un alto factor de utilización o factor de planta.
Con o sin la entrada de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, la permanencia y sobrevivencia de Cogentrix como planta de generación, estaba supeditada y vinculada a su conversión a gas natural. Aun sin la entrada en operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, si Cogentrix no se convertía a gas natural, su utilización seria exclusivamente, como reserva del fría, ante la presencia de situaciones de emergencia o de los mantenimientos anuales programados de otras centrales de generación.
Quisqueya I y Quisqueya II son centrales de generación del tipo ciclo combinado a base de motores Wartsila. Son de las centrales térmicas más eficientes del sistema en términos de eficiencia térmica y aun operando con Bunker C o Fuel Oil 6, su costo variable de despacho, las sitúa entre las cinco (5) centrales más baratas del sistema y siempre son despachadas. Por tal razón, aun dichas centrales permanecieran operando con Bunker C o Fuel Oil 6, la entrada en operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, no las afectaría, ya que debido a su eficiencia térmica, siempre estarían generando, con un alto factor de planta o de utilización.
En el caso de la central térmica Quisqueya I, hay que recordar, que el objetivo de esa central térmica de generación, es suplir las necesidades de electricidad de la mina de Barrick en Pueblo Viejo y los excedentes de electricidad no utilizados en las necesidades de la mina, son vendidos al Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI). Una parte reducida de la producción de electricidad de Quisqueya I es inyectada a las redes del SENI, ya que la mayor parte d su producción va destinada a la mina de Pueblo Viejo.
En el caso de Los Orígenes, es una central térmica de generación con las mismas características técnicas de eficiencia que las centrales Quisqueya I y Quisqueya II. Es una de las centrales térmicas más eficientes del sistema en términos de eficiencia térmica y aun operando con Bunker C o Fuel Oil 6, su costo variable de despacho las sitúa entre las centrales más baratas del sistema y siempre es despachada.
El objetivo de dicha central térmica de generación, es satisfacer las necesidades de electricidad del complejo industrial instalado en San Pedro de Macorís perteneciente al Grupo de Cesar Iglesias. Los excedentes de electricidad no utilizados en las necesidades del complejo industrial, son vendidos al sistema eléctrico nacional interconectado. Una parte reducida de la producción de electricidad de Los Orígenes, es inyectada a las redes del SENI, ya que la mayor parte de su producción va destinada al complejo industrial del Grupo de Cesar Iglesias.
Por tal razón, aun Los Orígenes permaneciera operando con Bunker C o Fuel Oil 6, la entrada en operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, no la afectaría, ya que debido a su eficiencia térmica, siempre estaría generando, con un alto factor de planta o de utilización.
La Sultana del Este es una planta que posee más de la mitad de su capacidad instalada, comprometida con el suministro de electricidad a la zona turística de Bayahibe, Bávaro, Punta Cana, Macao y el excedente, es vendido al SENI. En consecuencia, la entrada en operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, prácticamente no afectaría las operaciones de la Sultana del Este, en el caso de que esta central de generación hubiera permanecido operando con Bunker C o Fuel Oil 6.
La conversión del parque de generación térmico de San Pedro de Macorís, se debe única y exclusivamente, a qué la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), violando la Ley General de Electricidad, ha otorgado contratos grado a grado, sin licitación, a las empresas generadores que han decidido convertir sus plantas de generación para utilizar gas natural como combustible en lugar de derivados del petróleo.
Si la CDEEE, no firma esos contratos que son violatorios de la Ley General de Electricidad, no se hubiera producido la conversión a gas natural del parque de generación de San Pedro de Macorís.
Las empresas privadas que han instalado plantas de energía renovables, eólica y solar, lo han hecho por qué han conseguido contratos de venta de energía con la CDEEE o con usuarios no regulados (UNR).
Para El Estado Dominicano poder vender el 50% de las acciones de la Central Termoeléctrica Punta Catalina, como pretende el Gobierno, previamente la empresa creada, Central Termoeléctrica Punta Catalina, deberá haber firmado un contrato de venta de potencia y energía con las distribuidoras. Si ese contrato previo de venta de potencia y energía con las distribuidoras no se firma, prácticamente será imposible poder vender el 50% de las acciones de la Central Termoeléctrica Punta Catalina.

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