miércoles, 30 de octubre de 2019

Amplían cobertura sin costos extras para afiliados del régimen contributivo


SANTO DOMINGO, R. D.- El ministro de Trabajo y presidente del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS),  Winston Santos, anunció que se amplió la cobertura sin costos extras para los afiliados del régimen contributivo y se aumentó la tarifa de la consulta médica que pasa de 300 a 500 pesos.
Las coberturas nuevas para los afiliados del régimen contributivo suman 36 procedimientos que incluyen tres tipos de biopsias con técnicas cerradas, dos medicamentos de alto costo, dos de rehabilitación y once medicamentos ambulatorios y sillas de rueda en caso de discapacidad permanente.
El asunto se detalla en la resolución número 482-07 adoptada por el organismo que precisó que las nuevas coberturas estarán disponibles a partir del 1 de noviembre para todos los afiliados del régimen contributivo del Seguro Familiar de Salud (SFS).
Destacó que dicha resolución aprueba la partida necesaria para el cumplimiento del Acuerdo de Compromisos suscrito entre la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS), el Seguro Nacional de Salud (ARS SeNaSa), la Asociación Dominicana de Igualas Médicas y Administradoras de Riesgos de Salud (ADIMARS), el Colegio Médico Dominicano (CMD), la Asociación Nacional de Dueños de Clínicas Privadas (ANDECLIP) y el Consejo Nacional de Sociedades Médicas Especializadas.
La resolución 482-07 incrementó el per cápita de RD$1,013.62 a RD$1,167.81 asimismo a partir de noviembre de este año.
No es para el régimen subsidiado por ahora
Esto no beneficia por ahora a los afiliados del régimen subsidiado, para cuya entrada el CNSS estableció un plazo de seis meses a fin de que el Gobierno disponga previamente un aumento de la cápita.
«Las disposiciones de esta resolución para el Régimen Subsidiado entrarán en vigencia en el 30 de abril del 2020», destacó.
Se aclaró que el sistema no tiene capacidad financiera para soportar la implementación de la propuesta de la estrategia de atención primaria, ya que requiere de una cápita de 150 pesos por afiliado, equivalente a 600 millones de pesos mensuales y más de dos mil millones al año.
Los anuncios fueron parte de una rueda de prensa en la sede del Ministerio de Trabajo, en la que también participaron las principales autoridades de las estatales  involucradas, del CM) y de Andeclip, como se aprecia en la fotografía.
Se incrementó a RD$ 300.00 la cobertura por concepto de habitación en el Plan de Servicio de Salud (PDSS) con cargo a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS).
Consultas médicas suben de 300 a 500 pesos
También se informó de un aumento de 200 pesos a la tarifa de consulta de los médicos: pasa de 300 a 500 pesos, un alza de 67% .
También se decidió un aumento de 15 % en las tarifas de estudios y laboratorios de las clínicas.
El presidente del CMD, Wilson Roa, dijo que el aumento de la tarifa de consulta médica «es la posible» y que por ahora se aplicará a la consulta y no a los procedimientos.
«Todos los médicos consultan, pero no todos hacen procedimientos», manifestó al respecto tras sostener que cada mes se efectúan diez millones de consultas que equivalen a dos mil millones de pesos.
El titular de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), Pedro Luis Castellanos, informó que se emitirán otras resoluciones y que ello será explicado en próximas ruedas de prensa.
https://acento.com.do/2019/salud/8744880-amplian-cobertura-sin-costos-extras-para-afiliados-del-regimen-contributivo/

(SeNaSa) requiere dos mil millones de pesos más para su presupuesto y así poder cubrir los nuevos beneficios que establece la Resolución 472-01, que emitió la semana pasada el Consejo Nacional de la Seguridad Social y que solo beneficia a los afiliados del régimen Contributivo y deja fuera a 3.6 millones de afiliados en el Subsidiado.indicó que solicitaron para el presupuesto del año que viene el monto de RD$12,555,699.411 y un adicional o incremento de RD$2,415,199.411, lo que representa un 23% con relación al presupuesto.
Jeffrey Lizardo, gerente de Servicios de Salud, puntualizó que el cálculo se hizo conjuntamente con la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, de añadir al per cápita RD$51.63 adicionales a los RD$222 que se paga en la actualidad al sistema.


3 comentarios:

  1. ” Hepejcodeee no pretende polemizar, tampoco le huye a eso, ni dar clases de Seguridad Social. Sólo pretende remarcar lo mismo que establece la Ley 87-01 en su primer artículo. Se enfatiza que el objeto de la ley de seguridad social es anclar el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en la Constitución de la República Dominicana, como marco de referencia, para regularla y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos…, esto a los fines de proteger a la población contra todo riesgo de desamparo, vejez, carencias…Adicional, especifica que la estructura del SDSS está formada por “todas las instituciones públicas, privadas y mixtas que realizan actividades de seguridad social y, además, las normas y procedimientos que los rigen”.

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  2. HEPEJCODEEE considera discriminatoria la resolución número 482-07 adoptada por el CNSS, YA que ignoran a los pensionados y jubilados de los demás regímenes que contempla la Ley 87-01 y tambien que esas normas que rigen el Sistema Dominicano de Seguridad Social, según el ART. 2 de la Ley 87-01 son esta misma ley; las leyes vigentes (Leyes 1896 y 379), que crean fondos de pensiones y jubilaciones, así como seguros de salud, en beneficio de sectores y grupos específicos; todos los reglamentos de la Ley 87-01; los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Social y las resoluciones de las Superintendencias de Pensiones y de Salud y Riesgos Laborales”.

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  3. Mientras el Consejo de Ministros reunido este jueves aprobó a unanimidad el anteproyecto de presupuesto para el 2020, por un monto de RD$997 mil 119.2 millones que fue presentado por el ministro de Hacienda, Donald Guerrero, ante el presidente Danilo Medina, en el Palacio Nacional. Donde el el gasto social, que recibirá el 47% del gasto total. Los pensionados y jubilados que pertenecen al régimen subsidiado de la seguridad social no se contemplan para aumentar su cobertura y mucho menos para su indexacion. Por eso que HEPEJCODEEE fortalece su posición sobre la reciente resolución del CNSS 482-07 Y DEL DECRETO 18-19 de la supuesta revolución social.Puede hablar el CNSS DE la Ley 87-01 CUANDO que establece en el Art. 21 que la entidad superior del SDSS es el CNSS, el cual es público y autónomo. Esto implica, según el Art.22 de dicha ley, que el CNSS “tendrá a su cargo la dirección y conducción del SDSS” Aunque la responsabilidad queda clara, el literal a) pretende no dejar nada al azar, por lo cual expresa que entre las funciones del CNSS estará: “Establecer políticas de seguridad social orientadas a la protección integral y a1 bienestar general de la población, en especial a elevar los niveles de equidad, solidaridad y participación; a la reducción de la pobreza, la promoción de la mujer, la protección de la niñez y la vejez”…

    La organización entiende al igual que el gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto, que al indexar las pensiones se aumenta el poder adquisitivo de los pensionados, pero, al no hacerlo, disminuye dicho poder adquisitivo y la calidad de vida de los pensionados objetos de esa discriminación .

    “Pero el CNSS está consciente de su actuación sesgada y quiere justificarse. Por eso, en una publicación del Consejo, se lee lo que dijo el Gerente General: Es responsabilidad de cada entidad realizar las indexaciones correspondientes, pues está establecido en la ley”.

    Explicó que en tal sentido si está establecido en la Ley 87-01, el CNSS no tiene que emitir una resolución. En tanto que, para los pensionados por sobrevivencia y discapacidad del Seguro de Riesgos Laborales, no estaba establecido indexar las pensiones y el Consejo mediante la resolución lo dispuso.

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