SANTO DOMINGO,R.D.- Indirectamente, en ocasiones, sin proponérselo, creemos, el regulador actúa en contra del desarrollo de la telecomunicaciones, Porque el INDOTEL es muy cuidadoso y muy meticuloso con garantizar y proteger los derechos de las empresas, lo cual es plausible, y también los privilegios, lo cual es un fallo. Pero esta entidad se transforma descuidada, ignorante e indolente frente a los derechos de los usuarios trato a tal punto que INDOTEL da la impresión de estar a cargo de la defensa y protección de la imagen de las prestadoras, imagen, señores, que dichas prestadoras no cuidan. Por eso, aunque usted no lo crea, allí se trabaja mucho, demasiado, hay que decirlo, solamente para poder justificar todas las diabluras de las prestadoras sin sancionarlas. Si se aplicara la ley, se trabajaría menos, aumentarían tanto la eficiencia como la eficacia y, consecuentemente, el desarrollo de las telecomunicaciones: objetivos estatales obligados.
Y es que INDOTEL, podemos afirmar, con pruebas, actúa con displicencia, desgano, desparpajo y desprecio a la Ley cuando los derechos de los usuarios se quedan en las garras de las prestadoras; no importa que sea sobrefacturación o que le corten el servicio estando usted al día y, además, le nieguen una reclamación; aunque usted no lo crea, la prestadora saldrá bien parada. Si, así fue, así es y así…,¿será? Pero no debe seguir siendo así, no señor. Debe ser como dice el “REGLAMENTO PARA LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS USUARIOS Y LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES”. Dice este reglamento de solución de controversias, en el numeral 4.1 del Art. 4, que cuando a usted no le facturen “acorde a lo consumido y en ocasión al contrato de servicio” es, podríamos decir, mandatorio un reclamo, máxime cuando en el Art.5 (Derechos del usuario), numeral 5, se consigna como un derecho “A no pagar facturas por servicios no solicitados, que no cuenten con la voluntad expresa por parte del usuario titular de su intención de recibirlos,…” Pero aunque usted no los solicite y, además, se niegue o exprese que no quiere recibir los cambios, en INDOTEL“entienden” que el contrato es abierto, por lo cual ni la cita anterior ni, mucho menos, el contrato tienen algún valor; y la prestadora solamente tiene que decir que agregaron algo, aunque eso implique cambiar el contrato unilateralmente. Pero, además, las prestadoras de servicios parecen tener licencia para darle al usuario solamente parte de lo contratado en cualesquiera que sean los servicios. Si usted solicita a NDOTEL que verifique la mutilación en los servicios que usted recibe, no le harán caso.
Es como si el Estado actuara en contra del Estado, ya que no se respetan las normas y se niega a incrementar El Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones. Pasamos a ilustrar por qué el Estado pierde por limitar el desarrollo del sector telecomunicaciones al rehuir INDOTEL a incrementar El Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones por el hecho de negarse a sancionar a las prestadoras que cometen faltas; es decir se evita la aplicación de los artículos del 105 al 110 de la ley. Veamos. Si usted reclama, y el caso llega a INDOTEL, porque le están cobrando por un servicio que no le han brindado; aunque esta es una falta grave por la que deben pagar, las empresas de las telecomunicaciones, como mínimo RD$ 200,000.00 de 1997 y un máximo RD$ 600,000.00 de 1997, lo cual significa que ese dinero de1997 indexados, ahora en el 2018, el mínimo se convierte en más o menos un (1) millón de pesos, y el máximo en tres (3) millones de pesos, y ese dinero debe ir al Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones del INDOTEL. Pero en INDOTEL le darán vueltas al asunto para que usted desista. Si usted insiste, le harán saber, en INDOTEL, que no sea ridículo…, que eso no es nuevo, que ellos también lo saben; luego pasarán a instruirlo, a usted, y le dirán, igual que a mí, que no solamente lo hace la empresa que usted señala sino que todas las empresas del sector telecomunicaciones lo hacen, y hasta le insinúan que quién es usted para reclamar, ya que todo el mundo paga sin reclamar. Con esto evitan que se incremente el Fondo de Desarrollo al no recibir ese dinero por el hecho de no sancionar a las prestadoras.
Por lo anterior, no entendemos por qué INDOTEL desprecia ese dinero; lo que sí sabemos es que INDOTEL contribuye a que las prestadoras tengan un fondo con los “depósitos informales” de los usuarios, por el cual no pagan intereses. Sin embargo, INDOTEL lo obliga a usted a pagar por adelantado un servicio que no le han brindado (falta grave). Lo más grave es que INDOTELautoriza a que le cobren recargo por ese dinero sin usted tener deuda. . ¿Captura del regulador, riesgo moral o… qué?
Ing. Domingo Rodríguez Tatis
dart2991@gmail.com
http://eldia.com.do/indotel-contra-indotel-o-el-estado-contra-el-estado/
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