sábado, 23 de julio de 2016

Edesur y el Ing. Radhamés del Carmen

SANTO DOMINGO,R.D.- Radhamés del Carmen Maríñez no pudo haber llegado en mejor momento a dirigir la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (Edesur). Aunque está en su peor momento, por el desorden administrativo y gerencial que hay ahí, un técnico como el nuevo gerente general ofrece una luz (de esperanza).
Por supuesto, a los dominicanos siempre les han pintado pajaritos en el aire y cada funcionario llega su librito, logrando atraer la atención de unos consumidores hastiados de los apagones, que más que un problema gerencial, también constituyen una vergüenza para un país con un crecimiento económico tan alto.
Habrá que jugar un papel de odontólogo y aplicar profilaxis en todos los rincones de esta empresa estatal. Con la llegada de Del Carmen también es el momento propicio para fusionar las tres distribuidoras en una sola empresa, pues al fin y al cabo hacen lo mismo, estén un mismo territorio, tienen un único dueño y enfrentan los mismos problemas.

http://www.eldinero.com.do/25513/radhames-del-carmen-en-edesur/

viernes, 22 de julio de 2016

ATRIBUYE APAGONES A LA FALTA DE GENERACIÓN EN R.D.

Edesur atribuye apagones a la falta de generación

SANTO DOMINGO.- La Empresa de Electricidad del Sur (EDESUR) atribuyó a un déficit en la generación las interrupciones que fuera de su programación oficial se han producido en lo que va de mes en su área de concesión.
Hasta este viernes, 22 de julio, a 451,801 clientes se les ha interrumpido el servicio eléctrico durante 5,948 horas, según un informe escrito ofrecido por la Dirección de Comunicación de la empresa estatal.
Asimismo, en el mismo período se han producido 1,479 interrupciones en 164 circuitos.
La situación deficitaria en el servicio eléctrico ha afectado,  de acuerdo a Edesur, los sectores de Azua, Barahona, Baní, San Cristóbal, San Juan, Santo Domingo Centro, Santo Domingo Oeste y Santo Domingo Norte.
“Hemos presentado indisponibilidad del servicio por la salida de las siguientes unidades de generación: Macorís II, con 100 megavatios (MW); San Felipe, con 185; y Los Mina V, con 105”, dice la nota.
En el mismo orden, precisa la institución,  también han estado fuera por fallas o averías ITABO II, con 132 MW; Haina, con 132; ITABO I, con 128; y AES Andrés, con 300.
of-am

http://almomento.net/edesur-atribuye-apagones-a-la-falta-de-generacion/227357

Construir cinco presas ante sequías e inundaciones en R.D.


SANTO DOMINGO,R.D.- En República Dominicana se deben construir de inmediato cuatro presas: Monte Grande en el Sur, Guaigüí en La Vega, Chavón en La Romana, Boca de Los Ríos en Santiago Rodríguez y Amina en Santiago, las cuales solucionarían los problemas en zonas vulnerables a sequías e inundaciones por fuertes lluvias.
Estos planteamientos fueron expuestos por los ingenieros Teodoro Tejada, ex presidente del Colegio Dominicano de Ingernieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia); Aris Sánchez, presidente de la Asociación Dominicana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental (ADIS) y el técnico forestal Guillermo Bretón, al participar en el Encuentro Económico de HOY.
Tejada destacó que es imprescindible construir más presas y reservorios en el país para poder almacenar el agua en tiempo de lluvias, pues es alarmante que del agua de lluvias que cae en el país el 82 por ciento se va al mar, y que solo el 17% de esas precipitaciones son almacenadas en las presas existentes.
Los ingenieros coincidieron en destacar que de las presas a construir la principal es Monte Grande, en la Región Sur, que va a controlar las inundaciones provocadas por los desbordamientos del Yaque del Sur, producirá electricidad y abastecerá de agua hasta la frontera.
Sánchez destacó que la presa de Monte Grande fue programada para hacerse con un financiamiento del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social de Brasil por unos US$249 millones a través de la empresa Andrade Gutiérrez, pero la obra está paralizada por los conflictos políticos en Brasil.
Indicó que para continuar esta obra se debe buscar financiamiento.
El ingeniero Tejada entiende que en segundo lugar se debe construir una presa en el Este, específicamente en La Romana, sobre el río Chavón, pues hasta el momento se han estado abasteciendo de pozos, pero esto no es sostenible en el tiempo.
Agregó que la ejecución de la presa de Guaigüí se inicio, pero actualmente está paralizada.
Enfatizó que “todos los años el país enfrenta una demanda mayor de agua de los sectores productivos y grandes quejas por la sequía, pero no hacemos nada para resolverlo. Las cuencas de los ríos siguen sin ser reforestadas, las granceras depedrando nuestros ríos y nadie dice nada. Hay que aplicar una política de Estado para la producción y retención de agua”.
Tejada señaló que el 70% de los acueductos del país se abastecen de las aguas de ríos y pozos, y de esta producción de agua el 30% se dedica a la agricultura, ya que el 82% de las tuberías del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa) pasa por calles y carreteras del país, lo que agudiza más la falta del líquido para el consumo humano.
Presas existentes son insuficientes. De acuerdo a datos ofrecidos por el ingeniero Tejada, la República Dominicana tiene 34 presas que son insuficientes, debido a que solo garantizan almacenar de forma segura entre el siete y 10% del agua de lluvia caída anualmente. De las 34 presas que hay, unas 20 son de volumen considerable.
La reserva de agua almacenada que tiene el país al 29 de mayo de este año, de acuerdo con el corte realizado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), es de unos 200 millones de metros cúbicos, lo representa 52,800 millones de galones.
“En un metro cúbico de agua hay mil litros. En el peor de los tiempos, cuando la sequía estuvo en su punto máximo, la reserva de agua en República Dominicana se colocó apenas entre los 38 y 60 millones de metros cúbicos de agua, contando todos los embalses existentes” indicó.

viernes, 15 de julio de 2016

Deficiencias en salud opacan logros de la Seguridad Social -



SANTO DOMINGO,R.D.- El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) arribó a sus 15 años arrastrando una serie de deficiencias que se reflejan en la mala calidad de la atención en los afiliados al Seguro Familiar de Salud (SFS) y en la escasa protección social del universo de afiliados, lo que opaca sus logros.

Al margen de las decenas de quejas que a diario recibe la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), hasta el momento se desconocen las que reciben las Aseguradoras de Riesgos de Salud (ARS) por servicios no recibidos, aunque figuren en el catálogo de prestaciones y los ofrecidos por los planes de afiliación.

En el caso de los medios de comunicación, las quejas llueven a raudales, al punto de que ya ni caso les hacen a los afiliados (aunque parezca falta de sensibilidad) que acuden a la prensa convencidos de que mediante la denuncia sus situaciones particulares serán resueltas.

En estos 15 años, el único logro significativo que pude exhibir el SDSS es la ampliación de la cobertura, que de acuerdo con el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) al cierre del primer trimestre del 2016, la afiliación al Seguro Familiar de Salud, subió al 68.5% en relación del 46.2% que había en diciembre 2011, es decir, un crecimiento de 2,270,000 personas.

En el Régimen Contributivo, que protege a los trabajadores del sector público y privado formal y sus familiares, la afiliación llegó a 3,580,000 personas, un incremento de 38.4% con relación a diciembre del 2011.

Mientras que en el Régimen Subsidiado, que establece la protección de las personas más vulnerables, con ingresos inestables e inferiores al salario mínimo, la afiliación se incrementó en 1,313,000 personas, pasando del 46.6% de cobertura en diciembre 2011 al 101.4% al cierre del primer trimestre del 2016, para un total de 3,271,000 personas registradas
El SDSS tiene por delante grandes retos si es que quiere cumplir con su carácter universal, obligatorio, solidario, plural e integral a fin de otorgar los derechos constitucionales a la población, así como cumplir con su objetivo de regular y desarrollar los deberes y derechos recíprocos del Estado y los ciudadanos en lo referente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.


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jueves, 14 de julio de 2016

NO a las pensiones no contributivas en R.D.

SANTO DOMINGO,R.D.- Un grupo de regidores del Ayuntamiento del Distrito Nacional pretendía auto asignarse jugosas pensiones, sin haber cotizado. De inmediato se generó un rechazo total por considerar que se trataba de una acción ilegal y de un abuso de poder.
El Procurador General Francisco Domínguez Brito, les advirtió que es “ilegitimo e ilícito auto asignarse pensiones al margen de las previsiones presupuestarias y de la Ley de Seguridad Social”. “Los ayuntamientos que no pagan fondos a la Seguridad Social no pueden legalmente beneficiarse con pensiones”.
Hay que aplaudir a la regidora Thania Báez, vocera del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) por rechazar este plan. El Secretario General de la Liga Municipal Dominicana (LMD), Johnny Jones, desestimó la idea ya que “la alcaldía no resiste reducir más su presupuesto como cada año lo hace”.
El municipalita Domingo Matías consideró que  “solamente con la pensión de 6 regidores los contribuyentes dejarían de recibir en bienes y servicios casi 6 millones al año, con lo que este sector estaría profundizando su histórico descrédito”.
El presidente de la Fundación Justicia y Transparencia, Trajano Vidal Potentini, señaló el desorden institucional. “No es posible que haya tanta asimetría, profesores con 30 o 40 años sirviendo al país reciben apenas 11 mil pesos y que personas sin los méritos quieran alzarse con una pensión”, siete veces mayor.
Lo cierto es que la ilegalidad arropa a todo el país: a los ayuntamientos no se le entregan los fondos que ordena la ley, y éstos no afilian a sus servidores a la Seguridad Social. Estamos frente a una informalidad más del sector formal.
Quien reparte y reparte ……….
Teníamos la esperanza de que estos rechazos fuesen suficientes para olvidar el asunto. Ilusión. Ahora se hacen gestiones para que el Poder Ejecutivo les asigne una pensión. En ese caso estaríamos en la misma, porque de todas formas ese costo sería siendo pagado por los contribuyentes.
De acuerdo a la ley, para recibir una pensión del Estado no basta con alegar que ha trabajado, tiene que demostrar que ha cotizado regularmente durante por lo menos 20 años. Las únicas pensiones no contributivas son las que corresponden a las familias indigentes, pobres de solemnidad.
Estas distorsiones son típicas de los sistemas de reparto basados en un fondo común, lo que permite a las cúpulas auto asignarse pensiones incluso, sin haber aportado, mientras los demás reciben pensiones pírricas de sobrevivencia. Quien reparte y reparte se lleva la mayor parte!!
Casi todos los planes de reparto a cargo del Estado generan grandes déficits, cuyo costo millonario recae sobre todos los dominicanos, obligados a pagar impuestos para que una minoría nos estruje en la cara sus privilegios.
Mientras tanto, como hemos señalado en múltiples mensajes, los  pensionados de la base pasan décadas sin reajustes, y mueren impotentes ante la reducción de su calidad de vida, a pesar del mandato de la Ley 87-01 que dispone ajustes periódicos. Por eso, en este país para la gran mayoría, pensión equivale a pobreza, olvido e irrespeto.

http://acento.com.do/2016/opinion/8364248-no-las-pensiones-no-contributivas/

Los retos de la Seguridad Social en R.D.

SANTO DOMINGO,R.D.- El Sistema Dominicano de Seguridad Social arribó a sus 15 años sin que se haya producido una revisión profunda a la ley 87-01, a fin de adecuarla a las necesidades reales de salud y protección de los afiliados, y haciendo posible la implementación de uno de sus principales retos, la atención primaria como puerta de entrada al sistema de salud.

Todos los sectores del país han expresado la necesidad de que la ley 87-01 sea revisada, a fin de que limite el derecho al veto, cuestión de que solamente el Estado pueda ejercerlo, y que la misma garantice las atenciones que necesita la población dominicana, ciudadanos y residentes legales.

Igualmente, las modificaciones deben garantizar que el afiliado sienta y perciba los beneficios del SDSS en cuanto a la cobertura real del Plan Básico de Salud, tanto en servicios como en medicamentos, a fin de que no suceda como con la resolución 375-02 que manda cubrir hasta con RD$1,000,000 por eventos para las enfermedades de alto costo y máximo nivel de complejidad.

Sin embargo, este mandato de la resolución no es acatado del todo; así como la elevación de RD$3,000 a RD$8,000 al año en la cobertura de medicamentos, pero que la realidad es que las ARS cubren todo, menos lo que el afiliado necesita.

Otros de los reclamos que se hacen es la limitación de las ganancias de las Aseguradoras de Fondos de Pensiones (AFP), lo que fue aprobado por la Cámara de Diputados, que en marzo de este año redujo los beneficios de un 30% a un 15%. Sin embargo, no ha sido conocida por el Senado de la República.

Atención primaria
Pero el principal logro que tiene por delante el SDSS es hacer que la atención primaria funcione, ya que es uno de los pilares fundamentales del Seguro Familiar de Salud (SFS) y la prevención y promoción constituyen el componente que marca la diferencia entre los viejos seguros sociales curativos y la moderna seguridad social orientada al cuidado de la salud.

El economista Arismendy Díaz Santana señala que “este retraso explica el encarecimiento de la atención, el crecimiento incontenible del gasto de bolsillo y los pocos avances en las condiciones generales de salud de los dominicanos”.

Díaz Santana, primer director del SDSS, es categórico en afirmar que “el objetivo de la prevención no es economizar recursos, sino utilizarlos mejor a fin de agregar otros servicios importantes actualmente excluidos del Plan Básico de Salud”. l

La ley prioriza la atención primaria

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la Resolución No. 279-03 dispone el inicio del Primer Nivel de Atención como puerta de entrada a los servicios del Plan Básico de Salud del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo, a partir del 1 de mayo de 2012. 

La Ley 87-01 del Sistema de Seguridad Social define la Atención Primaria en Salud como la asistencia ambulatoria basada en métodos y tecnologías prácticas, científicamente fundamentadas y socialmente aceptables, puesta al alcance de la comunidad, con énfasis en los individuos, la familia y el ambiente. La Atención Primaria incluye las emergencias, los servicios ambulatorios y a domicilio, el cuidado materno infantil y las prestaciones farmacéuticas ambulatorias, así como la participación de los médicos especialistas, la hospitalización, y la asistencia quirúrgica.  

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miércoles, 13 de julio de 2016

Acuerdan bajar al 15% pérdidas de las distribuidoras en un plazo de 6 años




SANTO DOMINGO. Todos los sectores involucrados en el diálogo para lograr el Pacto Eléctrico acordaron reducir las pérdidas eléctricas de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDE) a un 15 por ciento, en seis años.
La revelación la hizo el nuevo administrador de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur), Radhamés del Carmen Martínez, quien junto al administrador de EdeEste, Luis Ernesto León y técnicos de Ede-Norte y de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) participó en la exposición titulada “Gestión de Recuperación Financiera de las Empresas Distribuidoras de Electricidad”.
La actividad se desarrolló en el Senado, a petición de la Comisión de Hacienda de ese hemiciclo, como parte de su rol fiscalizador para determinar el impacto de algunos empréstitos adquiridos con esos fines.
Actualmente, esa comisión analiza si es factible ratificar un préstamo, suscrito el 29 de diciembre pasado, por el Poder Ejecutivo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, por un monto deUS$120 millones para el financiamiento del Proyecto de Modernización de Red de Distribución y Reducción de Pérdidas Eléctricas.
“Es por eso que todos los sectores del Pacto Eléctrico acordaron, de los consensos que se lograron, fue que lo hagamos en seis años. Que en seis años bajemos las pérdidas totales (de las tres Edes) al 15 por ciento, y que eso ya se recoja en la tarifa, y no será problema de ineficiencia de las Edes”, expresó Del Carmen Martínez.
Al responder una pregunta del senador Charlie Mariotti, el funcionario explicó que en el sistema eléctrico dominicano se considera que una empresa es eficientemente gestionada cuando logre reducir las perdidas a un 12 %, y que tomando en cuenta las características de América Latina y las condiciones socio-económicas a ese porcentaje se le suma un 3 % de servicio incobrable.
Según las estadísticas de la CDEEE, a marzo de este año, la energía no cobrada de las EDE representa un 31.3%. El administrador de EdeSur dijo que con pérdidas superiores al 30% es imposible lograr el equilibrio financiero.
Inversión millonaria
Durante su exposición, el administrador de EdeEste, Luis de León, aseguró que el déficit del sector eléctrico se eliminará cuando se desarrolle un programa de inversión hacia el futuro de más de US$1,200 millones. Precisó que esa inversión la tienen que hacer las EDE, porque son las que distribuyen y cobran la energía eléctrica.
Dijo que si eso no se hace, para cambiar toda la estructura eléctrica del país, el déficit jamás podrá eliminarse, independientemente de los préstamos que se puedan adquirir y otras acciones.

http://www.diariolibre.com/economia/acuerdan-bajar-al-15-perdidas-de-las-distribuidoras-en-un-plazo-de-6-anos-MI4318439

LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS DE R.D. SE ORGANIZAN POR SER OLVIDADOS


HÉCTOR GONZÁLEZ VARGAS

El sábado 9 de julio del 2016 se realizó una asamblea multisectorial del sector  Jubilados y Pensionados  de la R.D. esta conformación  multisectorial es un elemento que nos da fuerzas a todas las instituciones en una lucha que creemos absolutamente justa. Ya que esa magna asamblea fue producto a una evaluación o una mirada a nuestro pasado,y una razón para nuestro presente y futuro.
En este evento se planteo como problema fundamental la posibilidad de:crear una estructuraNacional integrada por Asociaciones de pensionados y jubilados de República Dominicana,bajo una dirección central que posibilite las conquistas de las organizaciones. Establecer por ley el día Nacional del pensionado y jubilado. Establecer una ley que nos permita asistir con descuento o gratis a las actividades deportivas,culturales,recreativas,a la compra o adquisición de medicinas,transportes,pasajes y demás servicios públicos y privados. Establecer por ley la indexación de las pensiones ya que la Ley 87-01 discrimina a los pensionados y jubilados del sistema de reparto(Ley 379-81).
Las asociaciones que conforman el comité gestor:convocatorio son: la Asociación de Pensionados y Jubilados de la UASD(ASOPEJUASD), la Asociación de Pensionados de la C.D.E.E.E.(ANPECODEEE), la Hermandad de Veteranos Pensionados de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, la Asociación de Pensionados y Jubilados de los Ayuntamientos(APENJUARD), la Hermandad de Pensionados y Jubilados de la C.D.E.E.E.(HEPEJCODEEE), la Federacion Nacional de la CASC-IDSS:FENATRASAL-CASC-IDSS, la Asociación de Pensionados y Jubilados de Arrimos y Portuarios, la Asociación de Pensionados Los PINOS DE OTOÑO DE MEDICOOP, la Asociación de Profesores retirados y Jubilados de la UASD(APREJUASD) y la SOCIEDAD DOMINICANA DE ENFERMERAS JUBILADAS(SODOENJU).
La asamblea se conformo preocupada por el bienestar de todos los jubilados y pensionados y que los hombre que integren dicha junta directiva sean personas de lucha. Ante las circnstancias económico-sociales que vive el país, en materia de devaluación, alza constante de la canasta familiar y el costo de la vida,en general,lo cual se traduce en una mensurable y creciente perdida del poder adquisitivo en los salarios del sector de los pensionados y jubilados ya que tienen mas de 10 años que no se indexan sus sueldos.
Ese encuentro sentó la base histórica para que el movimiento gremial que representa al personal laboral del sector público y privado en su condición de pensionados y jubilados pueda abordar la necesidad de realizar una conferencia nacional que le pase balance a la situación de este sector que jugo en su momento un papel estelar en la defensa de los derechos laborales y reinvidicativos.

Por: Héctor González Vargas

http://eldia.com.do/pensionados-jubilados-y-olvidados/autor/eldia/

martes, 12 de julio de 2016

El fraude de las edes en R.D.


El fraude eléctrico en la facturación y cobro de energía no servida
David la Hoz, abogado,
David la Hoz, abogado,
En las últimas semanas, los usuarios del servicio de energía eléctrica observan con pavor, el cómo las empresas comercializadoras de electricidad les dejan sin energía eléctrica, sin siquiera explicar las razones por las cuales han dejado de servirle energía en los términos contractuales convenidos. En su momento, se denominó “sectores con energía las 24 horas”, a aquellas zonas del país en las cuales se hicieron mediciones para determinar si alguien se robaba la energía y al determinarse que la mayoría de las personas disponían de contratos de suministro de energía, decidieron llamarles “circuitos 24 horas”. Al parecer, dicha forma de justificar el servicio de energía ha desaparecido pues los apagones han vuelto a ser cotidianos, incluso allí donde religiosamente se paga la energía eléctrica, a precios prohibitivos. Al grado de que esos sectores no disfrutaron de la bajada de precios que han debido producirse por la caída de los precios del petróleo. Nada de eso, estos consumidores de energía, casi en su totalidad pertenecientes a la denominada clase media, ahora tienen que observar que las odiosas tandas de apagones han regresado triunfalmente.
Por otra parte, se observa, que cuando ocurren averías, por ejemplo, por las lluvias de la presente temporada ciclónica, las comercializadoras y las distribuidoras no están mostrando la eficiencia en corregir las averías que en tiempos recientes exhibían. De modo que se puede afirmar que la calidad del servicio eléctrico ha disminuido, no solo en energía servida sino en cuanto a la calidad y prestezas con que se corrigen las averías usuales del servicio. Entonces cabe la pregunta de si ¿en verdad el no suministro de energía eléctrica y la no reparación a tiempo de averías constituyen o no, faltas atribuible a las comercializadoras y distribuidoras de energía eléctrica? Más todavía, ¿puede calificarse de “fraude eléctrico” el no suministro de energía en los términos contractuales existentes entre usuarios regulados y comercializadoras de energía eléctrica?
Antes de responder esas preguntas debemos también observar que existe en la Procuraduría Eléctrica, en la Superintendencia de Electricidad, en las diversas empresas de generación, distribución y comercialización de energía eléctrica, una serie de estereotipos para calificar a los usuarios morosos entonces ¿Qué cosas son las empresas eléctricas que cobran por una energía no servida y de baja calidad? Para responder esa pregunta debemos adentrarnos al contenido de la ley 125-01 y sus modificaciones, la cual, es la ley base del sistema eléctrico dominicano. Es ahí donde podemos encontrar las obligaciones de los oferentes del servicio eléctrico y los derechos y deberes de los usuarios de energía eléctrica. Al hacer este ejercicio nos encontramos con que, ciertamente, el incumplimiento de suministro de energía está tipificado en la ley, como fraude eléctrico. Esta calificación es importante porque significa que todo usuario tiene derecho a demandar en justicia el incumplimiento contractual de que es víctima de parte de la empresa proveedora de energía de que se trate.
Lo referente al fraude eléctrico tal y como existe en la actualidad, es el producto de modificaciones introducidas a la ley 125-01, por la ley 186-07, particularmente al artículo 125, el cual, al tratar directamente sobre lo que debemos entender por fraude eléctrico, nos dice: “Art. 125.- (Modificado por la Ley No. 186-07) Será acusado de fraude eléctrico, el que intencionalmente sustraiga, o se apropie de energía eléctrica, para su propio beneficio o el de terceros, mediante uno cualquiera de los siguientes medios: a) Manipulación, instalación o manejo clandestino de medidores y/o acometidas, y cualquier otro elemento material de la red de distribución; b) Manipulación y alteración de los elementos eléctricos, magnéticos o electromagnéticos y/o programas informáticos o redes de comunicación interconectadas al sistema de medición del consumo, con el objeto de modificar los registros de consumo de electricidad tanto el cliente como el distribuidor; c) Conexión directa al sistema de suministro de energía eléctrica, sin que haya un contrato previo de servicio con la empresa distribuidora, salvo falta imputable a la distribuidora; d) Se considera como fraude eléctrico la facturación de energía eléctrica no servida y cobrada al consumidor de manera intencional; e) La auto conexión al sistema de suministro de energía eléctrica, luego de haber sido suspendido por cualquiera de las causas tipificadas en la presente Ley, independientemente de que la energía eléctrica haya sido medida, salvo falta imputable a la distribuidora. Las distribuidoras tienen la obligación una vez haya sido efectuado el pago, restablecer el servicio de energía eléctrica dentro de las 24 horas.” Obsérvese que la letra “d” de dicho articulado, establece que no solo el consumidor o usuario puede incurrir en fraude eléctrico, como de ordinario se cree, sino que también las empresas comercializadoras, pueden incurrir en fraude eléctrico cuando facturan la energía no servida, esto es: cuando suministra apagones en lugar de energía. Claro, en dos supuestos: a) que lo hayan facturado apagones, es decir cuando la factura no refleja bajada producto de los continuos apagones y b) que además de facturar haya cobrado dicha factura. Como podrá observarse, el legislador fue sabio al consignar solo dos requisitos que son de fácil comprobación pues observando los promedios de consumos normales, sin apagones, se puede establecer, que bajo tandas de apagones, no puede facturarse igual.
La ley castiga también la tentativa de fraude eléctrico, esto se desprende del contenido del Art. 125.-1.- Se considera como tentativa de Fraude eléctrico, todo principio de ejecución por cualquiera de los medios tipificados en el Artículo 125 de la presente Ley, cuando el imputado, cliente o empresa distribuidora del servicio eléctrico a pesar de haber hecho cuanto estaba de su parte para consumarlo, no logra su propósito. La tentativa del Fraude eléctrico, será pasible de las sanciones que se especifican más adelante. Párrafo I.- El Fraude eléctrico y su tentativa podrán ser perseguidos de manera continua en horarios laborables comprendidos entre la seis de la mañana y la 6 de la tarde, conforme al procedimiento establecido en el presente artículo. Párrafo II.- De manera excepcional y previa orden motivada por un juez competente se podrán hacer las persecuciones comprendidas en los horarios de 6:00 p.m. a 6:00 a.m.; este mismo requisito aplicaría también para los días no laborables, siguiendo el procedimiento especial que a tal efecto establecerá el reglamento de la presente ley.
La Ley sanciona el fraude eléctrico de manera ejemplar y no establece distingos, esto es: no discrimina entre si el fraude es cometido por un usuario, un tercero o una empresa de comercialización eléctrica, distribuidora o generadora, castiga a quien transgreda lo en ella consignado. Sin embargo, de ordinario ocurre que el trato de las autoridades administrativas y judiciales, como de aquellos que deben perseguir este delito, si hacen distinciones que en si mismas constituyen violaciones a la ley, dice el Art. 125.-2, que “El Fraude eléctrico será sancionado conforme a la siguiente escala: A. Para consumos establecidos en Baja Tarifa Simple, o la que la sustituya en la normativa vigente: 1. Con prisión de tres (3) días a cinco (5) días o multas de tres (3) a cinco (5) salarios mínimos, o ambas penas a la vez, cuando la energía sustraída sea inferior a mil (1,000) kwh; 2. Con prisión de cinco (5) días a diez (10) días o multa de (5) a diez (10) salarios mínimos, o ambas penas a la vez, cuando la energía sustraída sea superior a mil (1,000) kwh. e inferior a dos mil (2,000) kwh; 3. Con prisión de diez (10) a veinte (20) días o multa de diez (10) a veinte (20) salarios mínimos o ambas penas a la vez, cuando la energía sustraída sea superior a los dos mil (2,000) kwh; B. Para consumos establecidos en Tarifa con Demanda o la que la sustituya en la normativa vigente: 1. Con prisión de tres (3) meses a seis (6) meses y multa de cuarenta (40) a ochenta (80) salarios mínimos, cuando la potencia sustraída sea hasta veinte kilowatts (20 KW); 2. Con prisión de seis (6) meses a un (1) año y multa de ochenta (80) a ciento sesenta (160) salarios mínimos cuando la potencia sustraída sea superior a veinte kilowatts (20 kw) y hasta cincuenta kilowatts (50 kw); 3. Con prisión de un (1) año a dos (2) años y multa de ciento sesenta (160) a trescientos veinte (320) salarios mínimos, cuando la potencia sustraída sea superior a cincuenta kilowatts (50 kw) y hasta cien kilowatts (l00 kw); 4. Con prisión de tres (3) años y multa de trescientos veinte (320) a cinco mil (5000) salarios mínimos, cuando la potencia sustraída sea superior a cien kilowatts (l00 kw);
Párrafo I.- Cuando el usuario se haya beneficiado del uso del servicio eléctrico en condiciones fraudulentas, realizado por terceras personas, desconocido por este ultimo, la sanción administrativa aplicable consistirá únicamente en la restitución de los valores dejados de pagar equivalentes a los últimos tres meses.
En ningún caso la falta de las empresas distribuidoras podrá ocasionar pagos adicionales o sanciones a los usuarios del servicio eléctrico.
Párrafo II.- En los casos que se compruebe que las empresas distribuidoras incurran en errores imputables a estas que afecten en más de una oportunidad y por el mismo error, a un cliente, el mismo será resarcido con veinte (20) veces el valor de los KWH/horas que erróneamente la empresa distribuidora le ha facturado.
Párrafo III.- En los casos que se compruebe que las Empresas de Distribución incurran en un error de medición de consumo de energía eléctrica al cliente o consumidor y este haya realizado el pago, será resarcido con diez (10) veces el valor de los KWH que erróneamente la Empresa Distribuidora le ha facturado, obligándose esta última a realizar el pago en las condiciones que dicho cliente estime más conveniente, en un plazo no mayor de diez (10) días laborables, contados a partir de la fecha de la comprobación del acto.
Párrafo IV.- En caso de que se compruebe que las distribuidoras realicen su facturación por estimación o por promedio a clientes con medidores, durante un periodo igual o mayor de dos (2) meses consecutivamente, serán sancionadas a favor del cliente con cuatro veces el total de los KWH facturados por estas estimaciones o promedios.
Párrafo V.- En los casos que se compruebe que las empresas distribuidoras incurran en errores reiterados que tipifiquen un patrón de conducta que afecten a la colectividad o a un número considerable de clientes, estos serán resarcidos con treinta (30) veces el valor de los KWH/horas que erróneamente la empresa distribuidora le ha facturado. Art. 125.-3.- Una vez comprobado la comisión de un fraude eléctrico, para la aplicación de la sanción, se estimara, salvo prueba en contrario, que el hecho ha ocurrido en los últimos cinco (5) meses anteriores a la fecha en que se detectó el hecho. intencionalmente sustraiga, o se apropie de energía eléctrica, para su

Por:

David La Hoz

http://diariodigital.com.do/2016/07/11/fraude-las-edes/

EDES piden préstamo de US$120 millones

SANTO DOMINGO,R.D..-La Comisión de Hacienda del Senado, escuchó este lunes a los representantes de las empresas Distribuidoras de Electricidad (Edeeste, Edesur y Edenorte), quienes solicitan un préstamo de 120 millones de dólares, que iría destinado a la modernización de las redes, distribución, recuperación y bajar las pérdidas de energía.
El presidente de la Comisión de Hacienda del Senado, senador Dionis Sánchez, señaló que el financiamiento fue sometido por el Poder Ejecutivo, y que por esa razón se han invitado a las distribuidoras de electricidad.
Dijo que a pesar de ser un financiamiento bastante cómodo, con una tasa boa a seis meses, 24 años para pagar y una gracia de 11 años, se requiere de una explicación de las empresas distribuidoras para saber qué ha pasado con los demás financiamientos que el Congreso Nacional ha aprobado en esa dirección.
Además, cómo han ido mejorando los cobros y reducido las pérdidas de energía y qué ha sucedido con esos recursos  en los que el Gobierno  se ha comprometido.
De su lado, los  representantes de las empresas , solicitaron al Senado la aprobación del préstamo,  y dieron una explicación, a la comisión, sobre la eficiencia y cómo ha mejorado la situación de las empresas.
En tanto, Gustavo Martínez, representante de Edenorte, explicó que producto de las inversiones que han tenido, las pérdidas se han reducido  un 10%.
“Para agosto del  año 2012 las perdidas estaban en un 38%, y la revisión  al cierre de este año en un 28%”, apuntó Martínez.
Señaló que igual que la cantidad clientes que tenían en ese momento ha sobrepasado los  200 mil consumidores, y  alegan que es significativo, porque ha aumentado un tercio la cantidad de clientes, en comparación a la que tenían originalmente.
Los cobros de la factura eléctrica aumentaron un 25 % en comparación al año 2012. La empresa cobraba en ese momento 1,400 millones pesos  y  RD$1,800 millones, agregó Martínez .
Sostuvo que eso es  fruto de las inversiones que la empresa ha realizado, tanto a nivel privado, de los fondos de las Edes como de los préstamos obtenidos, a través del Congreso.
Expresó que la idea de este préstamo es seguir trabajando, utilizar esos recursos como pie de apoyo para seguir reduciendo las pérdidas de energía, eficientizar los cobros de las facturas eléctrica.
A parte del senador Sánchez, la comisión de Hacienda, la integran los legisladores: Amílcar Romero, Félix María Vásquez Espinal, Tommy Alberto Galán Grullón, Luis René Canaán Rojas, Julio César Valentín Jiminián, Francis Emilio Vargas Francisco-Reinaldo Pared Pérez y Charles Mariotti Tapia.
POR RAMÓN RAMOS

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