viernes, 31 de marzo de 2017

Proyecto dispone sanciones graves a telefónicas violan derechos clientes

SANTO DOMINGO,R.D.- Un proyecto de ley orientado a regular los servicios telefónicos dispone sanciones hasta “muy graves” a las prestadoras de esos servicios que atentan contra los derechos de los clientes, como hay casos ya existentes.
La pieza legislativa, original del vicepresidente del Senado, Dionis Sánchez, señala que en violación a los derechos constitucionales, las prestadoras de servicios cobran hasta minutos que el cliente no consume.
“Se hace necesario transparentar las relaciones de las prestadoras de servicios, con sus clientes, respecto de los servicios pagados y no consumidos”, significa la iniciativa.
Servicios pagados y no consumidos. El artículo primero del proyecto tiene por objeto “transparentar las relaciones de las prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones, con sus clientes, respecto de los servicios pagados y no consumidos”.
El artículo tercero, que trata sobre los minutos pagados y no consumidos, dispone que “Al momento de acordar una contratación para la adquisición de un servicio prepago, con una prestadora de servicio de telecomunicaciones, queda establecido que los minutos contratados y pagados por el cliente o usuario y que no hayan sido consumidos serán traspasados y acumulados al mes siguiente”.
El artículo cuarto “dispone que los minutos que no hayan sido consumidos y que hayan sido pagados, se acumularán hasta por un tiempo de 12 meses”.
El artículo séptimo significa que “no se les podrá seguir facturando el tiempo que se mantenga el servicio suspendido”.
Faltas muy graves. El artículo 11 del proyecto del senador Sánchez dispone que las prestadoras de servicio serán sancionadas con faltas consideradas muy graves, conforme a la Ley General de las Telecomunicaciones.
El proyecto recuerda que el artículo 147 de la Constitución establece que es facultad exclusiva del Estado, la regulación de los servicios públicos, los cuales serán regulados por los organismos creados por ley para tales fines.
La pieza fue remitida a investigación.


http://hoy.com.do/proyecto-dispone-sanciones-graves-a-telefonicas-violan-derechos-clientes/

jueves, 30 de marzo de 2017

Editorial El Pacto Eléctrico ¿murió?


Foto: Una de las sesiones de discusión para el Pacto Eléctrico
El 9 de enero el Ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, anunció que se agilizaría la discusión para llegar a un acuerdo y firmar el Pacto Eléctrico. Esta fue la información:
El Gobierno se reunirá muy pronto nuevamente con todos los sectores que participan en la definición del Pacto Eléctrico, informó este lunes la Presidencia de la República Dominicana.
El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, dijo que se hará en procura de avanzar rápidamente hacia la mejora del servicio energético.
Los encuentros se producirán en el marco del Consejo Económico y Social, presidido por monseñor Agripino Núñez Collado, y serán liderados por el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo.
El 23 de enero el enero el Ministro de Energía y Minas, Antonio Isa Conde, aclaró que el gobierno quiere un Pacto Eléctrico fuerte y bien estructurado, como lo merece la sociedad dominicana:
El ministro de Energía y Minas, Antonio Isa Conde, declaró este lunes que el Gobierno aspira a un “pacto eléctrico robusto” y que por esa razón es que el proceso se ha tomado más tiempo.
Señaló que el pacto pudo haber sido discutido a una mayor velocidad y suscrito en menos tiempo, pero con la particularidad de que sería un acuerdo “light” que la sociedad dominicana no merece.
Un mes después, el 23 de febrero se produjo la reunión de reanudación para el Pacto Eléctrico. Y en el siguiente texto se resume el contenido y propósito de la reunión:
El Comité de Coordinación del Pacto Eléctrico se reunió este miércoles, con el objetivo de acordar la continuación del diálogo para la suscripción de la iniciativa, tras varios meses en fase de “revisión técnica”.
El encuentro fue encabezado por el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, y el presidente del Consejo Económico y Social (CES), monseñor Agripino Núñez Collado.
Se precisó que ya hay varios temas que han sido consensuados por todos los participantes en las discusiones. Sin embargo aún quedan aspectos, “que por su complejidad técnica, han requerido mayor tiempo” para su análisis y consenso.
La última actividad que registra la página del Consejo Económico y Social (CES) dedicada al Pacto Eléctrico es del 5 de noviembre del 2016.
El Pacto Eléctrico, contemplado en la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo, duerme tranquilamente en lo que el gobierno atiende otros problemas más urgentes que tiene el presidente Medina. Por ejemplo, aclarar la licitación y concesión de las plantas de Punta Catalina, o las investigaciones del Ministerio Público sobre Odebrecht, o estabilizar el sistema cambiario, a mejorar el gasto público como sugiere el FMI, o resistir las presiones de las marchas verdes, o concebir un buen plan para enfrentar la delincuencia.
Los planes del gobierno con el Pacto Eléctrico han quedado rezagados. Es cierto que hubo contradicciones y diferencias entre los funcionarios del gobierno sobre el Pacto, y que públicamente se habló de ello. Sin embargo, las revelaciones de soborno de Odebrecht lo han trastocado todo.
¿Se animará el CES a retomar el Pacto Eléctrico luego que concluya su informe sobre Punta Catalina?

http://acento.com.do/2017/opinion/editorial/8444331-pacto-electrico-murio/

miércoles, 29 de marzo de 2017

¿Cambió su plan telefónico? Eso no implica renovación de contrato

SANTO DOMINGO,R.D.- Carmen Altagracia Ventura cambió de domicilio. Pidió a la empresa telefónica que le hiciera el traslado de su línea residencial que contrató en 1997. Tenía 18 años como cliente y jamás le cortaron el servicio por falta de pago.
El técnico de la empresa la puso a firmar “el traslado” del teléfono, pero resultó ser una renovación de contrato. Ella, igual que la mayoría de los dominicanos, no leyó lo que firmó porque “son muchas letras” y además son pequeñas.
A menos de un año y medio de residir en su nuevo domicilio decidió cambiarse de prestadora a través de la portabilidad numérica. Ahí fue cuando se dio cuenta que debía pagar una penalidad porque “no había cumplido los 18 meses de contrato mínimo”. ¿Cómo es posible que pague penalidad por un servicio que tiene contratado hace tantos años?
No reclamó y pagó lo que le solicitaron. Su caso es sólo uno de tantos que el ciudadano deja pasar porque prefiere evitar la fatiga del reclamo, especialmente por lo tedioso que resulta el proceso.
El Reglamento General del Servicio Telefónico de la Ley 153-98 de Telecomunicaciones es explícito: El período mínimo de duración para cancelar un contrato no podrá ser reiniciado por la prestadora a consecuencia de la solicitud de servicios adicionales, su reducción o traslado de dirección o residencia por parte del usuario.
La normativa, dictada mediante resolución 110-12 del Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), y modificado por la resolución 003-13, establece que los contratos de servicio sólo podrán estar sujetos a un período mínimo de vigencia en aquellos casos en que las prestadoras proporcionen al usuario: (a) subsidio de equipos terminales, o (b) descuentos, rebajas o exoneraciones en las tarifas vigentes del servicio. “Debe quedar indicado expresamente en el contrato el valor total de cualquier subsidio o descuento”, indica.
En cualquier caso, según el reglamento, la prestadora deberá ofrecer la opción de contratar el servicio sin sujeción a un período mínimo de vigencia, para que el usuario pueda comparar las condiciones y tarifas y decidir libremente.
De manera explícita establece que el valor total de descuento o subsidio referido en el presente numeral (14.4) se calculará como la diferencia entre el valor del contrato sujeto a período mínimo de vigencia y el valor del contrato sin período mínimo de vigencia.
En reglamento, en su inciso 14.6, que trata sobre las condiciones y tiempo de duración, establece que los contratos de servicio deberán especificar el mecanismo utilizado para determinar el cargo de penalidad por cancelación antes del tiempo indicado en el contrato, cuyo cargo de penalidad deberá ser prorrateado y amortizado mes tras mes y en ningún caso podrá ser mayor al saldo de descuento o subsidio referido en el artículo 14.4.
Para evitar que los usuarios sean sorprendidos por la ignorancia de sus derechos, el reglamento dicta que en todo caso las disposiciones del contrato de servicio en el que apliquen plazos mínimos, deberán ser resaltadas ante los demás términos y condiciones e informadas al cliente de manera expresa previo a su ejecución.
Contexto
En noviembre de 2013, la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo efectuó una tercera audiencia por un recurso de amparo de cumplimiento incoado por la Fundación Prensa y Derecho contra el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel).
El tribunal, presidido por el magistrado Federico Fernández, había aplazado la audiencia en dos fechas por incidentes generados por los abogados intervinientes en representación de las compañías Claro, Tricom, Viva, Wind y Orange.
La fundación, que preside el abogado Namphi Rodríguez, buscaba que Indotel regule los contratos de adhesión de las empresas telefónicas y elimine las cláusulas que resultan abusivas para los derechos de los usuarios dominicanos.
En declaraciones hechas para elDinero, Rodríguez responsabilizó a Indotel de los supuestos abusos que se cometen contra los usuarios de los servicios que ofrecen las empresas que venden telefonía, TV e internet.
A su entender, los consumidores están a merced de las empresas de telecomunicaciones y entiende que ya es hora de que la población entienda lo importante que es reclamar sus derechos.
Rodríguez considera abusiva la cláusula de sujeción mínima de 18 meses, ya que fija un plazo igual para todos los servicios contratos, sin discriminar el plan ni valor de los equipos que instale o entregue la empresa a los clientes.
ProConsumidor
La Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor en su artículo 81 se refiere a los contratos de adhesión o formularios, que son aquellos que fueron redactados previa y unilateralmente por los proveedores de bienes o servicios, sin que el consumidor o usuario se encuentre en condiciones de variar sustancialmente sus términos ni evitar su suscripción si deseare adquirir el producto u obtener el servicio.
En su artículo 82, la legislación también establece que las cláusulas de los contratos de venta de productos y prestación de servicios serán interpretadas siempre del modo más favorable para el consumidor.
Sobre las cláusulas y prácticas abusivas en contratos de adhesión, la legislación las considera nula y sin efecto cuando permitan al proveedor la modificación sin previo aviso de los términos y condiciones del contrato, lo que, en ningún caso, podrá hacerse en forma discriminatoria y sin criterios objetivos para los consumidores o usuarios.
Para Namphi Rodríguez constituye una violación de los artículos 53 de la Constitución y 2 de la Ley 358-05 de Derechos del Consumidor o Usuario, aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad por daños sufridos por los usuarios debido a causa de las telefónicas.

http://www.eldinero.com.do/13407/cambio-su-plan-telefonico-eso-no-implica-renovacion-de-contrato/

martes, 28 de marzo de 2017

Deben devolver depósitos si el cliente cancela el contrato

SANTO DOMINGO,R.D.- No evite la fatiga, reclame. Nadie más que usted está en capacidad de incoar o presentar una reclamación por un mal servicio. El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) le da las herramientas para hacer valer su derecho. Acérquese al Centro de Atención al Usuario (CAU), que es el organismo previsto por la Ley.
El artículo 23 del Reglamento de Servicios Telefónicos, que trata sobre los reclamos, establece que los usuarios tienen el derecho a presentar peticiones, quejas y reclamos ante las prestadoras, en los términos establecidos en la Ley y el Reglamento para la Solución de Controversias entre Usuarios y Prestadoras de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, y demás normas aplicables a la materia. El procedimiento de reclamo será, en todo caso, gratuito y expedito.
Uno de los aspectos más trascendentales, pero que pocas veces los clientes de las telefónicas reclaman, especialmente porque no lo recuerdan o no guardaron el contrato que firmaron con la prestadora, es que en los casos en que se acuerde cualquier medio de garantía, corresponderá a la empresa de servicios su devolución, dentro de los 15 días calendario siguientes a la cancelación del servicio.
“En caso de que exista balance pendiente de pago al momento de cancelación, la prestadora deberá deducir la suma correspondiente al balance pendiente del monto de las sumas ofrecidas en garantía, devolviendo al usuario el remanente”, establece el reglamento.
A los usuarios, de acuerdo al artículo 26, les asiste el derecho de cancelar el servicio en cualquier momento, conservando la obligación de pagar el balance pendiente y las demás obligaciones a las que se haya comprometido en el contrato de servicio.
Este derecho, indica, se incluye para modificaciones al plan del servicio contratado, mientras que el período mínimo de duración para cancelar un servicio no podrá ser reiniciado por la prestadora a consecuencia de la solicitud de servicios adicionales, reducción de servicios o traslado por parte del usuario.
Los usuarios también deberán estar atentos a las cláusulas que se consideren sensitivas, que son aquellas que impliquen renuncia o limitación de responsabilidad de alguna de las partes, el término del contrato o la consignación de garantías, subsidios o depósitos, si los hubiere, sin que esta enumeración se considere limitativa.
Destaca que en caso de imposibilidad técnica para la instalación de un servicio solicitado y siempre que el usuario haya efectuado pagos, la prestadora procederá a la devolución del importe pagado dentro de los 30 días calendario siguientes al vencimiento del plazo acordado para la instalación del servicio.
En caso de que la telefónica no cumpliera con la devolución de la mencionada suma dentro del plazo referido, deberá pagar al usuario el porcentaje equivalente a la tasa de interés cobrada por mora, que ésta aplica por el retraso del cumplimiento en el pago de las facturaciones de los servicios consumidos”, establece.
Para reclamar
Si usted decidió iniciar una reclamación por inconformidad por algún servicio recibido de una de las telefónicas hay 18 puntos que deberá tomar en cuenta para llevar un caso por ante el CAU.
Según el Indotel, lo primero es presentar la reclamación ante la prestadora con la que tiene contratado el servicio. La reclamación puede ser en persona o por teléfono, a la dirección o número que está habilitado por la prestadora para estos fines.
Según la entidad, la prestadora puede proveer otro medio para recibir la queja, siempre y cuando permita guardar constancia de que la reclamación fue recibida.
Constancia
Sobre la constancia que debe entregar la prestadora al momento de presentar la reclamación, el usuario debe fijarse que tenga un número asignado, nombre de la persona que lo atendió y el cago que ocupa en la telefónica.
Según el reglamento del CAU, la reclamación puede ser presentada por la persona a nombre de quien está contratado el servicio.
En caso de que el usuario titular no pueda presentar la reclamación otra persona puede hacerlo. ¿Qué es necesario mostrar para quien sirva de representante? Sólo se necesita una carta de autorización a nombre de quien representará, incluyendo el número de cédula de ambos y copias del documento.
Incluso, según el reglamento, el representante puede ser un abogado, aunque los honorarios deberán ser cubiertos por el usuario, quien dispondrá de 45 días calendario contados a partir de la fecha en que se presente el motivo de tu reclamación.
En caso de averías, el plazo comienza a correr desde el momento en que el usuario se da cuenta de que el servicio no funciona como lo estableció el contrato. Si se trata de problemas en la facturación, el tiempo corre a partir de la fecha establecida en la factura como último día hábil para el pago del servicio facturado.
El reglamento del CAU establece que los usuarios pueden reclamar en los casos relacionados con contratación, facturación, instalación, activación o cancelación, suspensión o corte, retiro y averías, así como por la calidad de servicio, entre otras razones. Sólo debe pagar la parte de la facturación que no desea reclamar.
Respecto a que si la prestadora puede suspender el servicio por no pagar la parte reclamada de la facturación, el documento establece que mientras esté el trámite, la empresa no podrá exigir el pago de lo reclamado, proceder al corte o desconectar el servicio, ni poner término al contrato.
El Indotel pide a los usuarios reclamar ante cualquier inconformidad con la prestadora.
Contratos
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) y el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (ProConsumidor) firmaron un convenio para revisar, registrar, analizar, validar o rechazar los contratos de adhesión suscritos por los usuarios y consumidores de los servicios de telecomunicaciones.
El acuerdo establece el Libro de Reclamaciones de los Usuarios (LRU) que deberá ser adquirido por las prestadoras de telecomunicaciones. El convenio fue firmado por, Gedeón Santos, del Indotel; y Altagracia Paulino Ureña, de ProConsumidor.

http://www.eldinero.com.do/13689/telefonicas-deben-devolver-depositos-si-el-cliente-cancela-contrato/

lunes, 27 de marzo de 2017

Exhorta a mantener el 3% de las Edes

SANTO DOMINGO,R.D.- El alcalde del Distrito Nacional, David Collado, dijo que si se quita el 3% que reciben los ayuntamientos por el pago de la energía eléctrica estos colapsarían debido al presupuesto deficitario que manejan.
Dijo que si en las discusiones del pacto eléctrico se acuerda quitar el arbitrio, significaría para el cabildo que dirige más del 25% de los ingresos totales, unos RD$300 millones al año.
“Con la situación financiera que se ha recibido la alcaldía, con todos los compromisos que tiene una ciudad, con las necesidades que tiene, donde todos los residentes quieren que se recoja la basura, que iluminen parques y avenidas, que se resuelvan los mercados; quitarle el 3% que significa más de un 25% de los ingresos totales del ayuntamiento, sería colapsar la ciudad”, indicó.

http://www.listindiario.com/economia/2017/03/27/459488/exhorta-a-mantener-el-3-de-las-edes

domingo, 26 de marzo de 2017

Ley protección consumidores en R.D.

SANTO DOMINGO,R.D.- En la República Dominicana la protección de los derechos de los consumidores es una materia relativamente reciente que se ha ido desarrollando en la medida en que se consolida un régimen de economía social de mercado.
Nuestros primeros atisbos de protección de estos derechos surgieron en 1963, durante el gobierno del extinto presidente Juan Bosch, con la denominada Ley 13-63, sobre Control de Precios. Esa ley coincidió con el movimiento que sobre ese tema se daba en Estados Unidos encabezado por el presidente John F. Kennedy, quien puso en debate el tema de la necesidad de crear legislaciones para proteger a los consumidores y usuarios frente a las empresas.
Pero, no fue sino hasta el año 2005 cuando se aprobó la Ley 358-05, de Protección a los Derechos del Consumidor o Usuario, que surgió un verdadero marco jurídico para regular de manera general esta situación del mercado económico. Posteriormente, la Constitución del 26 de enero del 2010 le dio la máxima jerarquía normativa a los derechos de los consumidores al elevarlo a rango constitucional.
En tal sentido, el artículo 53 de la Constitución desarrolló el precepto constitucional de la siguiente manera: “Toda persona tiene derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley.
Las personas que resulten lesionadas o perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad, tienen derecho a ser compensadas o indemnizadas conforme a la ley”.
Ese texto está inserto en la Sección II del Capítulo I, de los Derechos Fundamentales, en el contexto de los Derechos Económicos y Sociales, lo cual implica que este derecho está dotado (blindado) del sistema de garantías y tutela que establecen los artículos 68 y siguientes para estas prerrogativas, muy especialmente, el amparo constitucional.
Sin duda, que la inclusión de los derechos de los consumidores y los usuarios en ese catálogo constitucional y la aprobación de la Ley 358-05, de Protección de los Derechos del Consumidor o el Usuario, coloca el sistema jurídico dominicano en un nivel de elevación notable en cuanto se refiere al Derecho del Consumidor, que propicia el desarrollo de una doctrina y una jurisprudencia importante sobre la materia.
Luego se ha ido desarrollando una sostenida legislación en el ámbito de la Ley General de Salud, 42-01, la Ley General de Medio Ambiente, Ley 166, del Sistema Dominicano de Calidad, y una profusa regulación reglamentaria sectorial en materia de telecomunicaciones, fondos de pensiones y salud, banca, seguros, electricidad, etc.

http://elnacional.com.do/ley-proteccion-consumidores/

sábado, 25 de marzo de 2017

REPÚBLICA DOMINICANA REGISTRA CASI 11 MILLONES DE LÍNEAS TELEFÓNICAS

SANTO DOMINGO,R.D.- República Dominicana registra casi 11 millones de líneas telefónicas de las que ocho millones son móviles, así como más de seis millones de cuentas de Internet, según afirmó este viernes el presidente del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), José Del Castillo Saviñón.
El funcionario aseguró que el año pasado las cuentas de Internet crecieron un 26 % en este país caribeño de 10 millones de habitantes.

Explicó que el desarrollo del mercado de las telecomunicaciones generará una masa crítica de consumidores de esos servicios, en razón de que, con la tendencia a crecer, inmediatamente habrá disponibilidad de conexión.

Aseguró que hoy el país tiene un 70 % de conexión a Internet lo que implica, según los estudios, un impacto de un 3 % en el crecimiento de la economía por cada 10 % de conectividad.


http://nuevo.z101digital.com/articulos/republica-dominicana-registra-casi-11-millones-de-lineas-telefonicas-03-24-2017

viernes, 24 de marzo de 2017

El 40% de los hogares carece de un contador eléctrico


SANTO DOMINGO,R.D.- Más del 40% de los hogares dominicanos (40.36%) no tienen instalado un contador para medir su consumo energético, lo que se traduce en altos niveles de pérdidas e impide además cuantificar el monto real del subsidio que destina el Estado al sector eléctrico.
Este es uno de los hallazgos del estudio “Impacto de la crisis del sector eléctrico en la economía dominicana”, divulgado este lunes por el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (Intec) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y elaborado con financiamiento de este organismo multilateral.
La investigación señala que la falta de un suministro eléctrico estable empuja a la población a poner en práctica “soluciones individuales que afectan el ingreso de las familias y promueven el uso ineficiente” de la energía.
Establece que, ante esta realidad, las principales fuentes de energía alternativa a que acuden los hogares son el uso de velas, en una proporción del 41.6% de los encuestados, seguido de inversores (el 20.4%) y lámparas de combustible líquido (10.8%).
Asimismo, el 3.3% utiliza linternas o lámparas de baterías, el 1.5% inversoras cargados con paneles solares y el 0.3% declaró que tiene planta eléctrica propia.
La investigación evidencian que el 40.36% de los hogares evaluados, correspondientes a las distintas zonas del territorio nacional, carece de un contador eléctrico, siendo la región Yuma donde hay el mayor porcentaje de domicilios sin medidores, en una proporción de 88.9%, seguida del Cibao Norte, con 72.1%. En la región Ozama, la más extensa del país, solo el 55.8% dispone de medidores.

Este problema “impide cuantificar el monto real del subsidio porque casi la mitad de los hogares que recibe Bonoluz -el 48.4%- no tiene instalado un medidor de su consumo, 

jueves, 23 de marzo de 2017

Cifras de agua a futuro en R.D. son alarmantes

Cifras de agua a futuro en el país son alarmantes

SANTO DOMINGO,R.D.- La cantidad de agua que estadísticamente le corresponde a cada habitante en el país alcanzará niveles críticos para el año 2025, cuando se estima que habrá disminuido en un 57%. Mientras en 2005 la disponibilidad per cápita era de 2,628 metros cúbicos por habitante por año (m3/Hab/año), a 2025 esa cifra habrá disminuido a 1,502 m3/Hab/año. Se estima que a este año la población habrá aumentado de 9.9 millones (2005) a 17.3 millones, mientras la disponibilidad de agua se mantendrá constante: 25,967 millones de metros cúbicos por año.
Esos datos están contenidos en el Plan Hidrológico Nacional, el documento más completo con que cuenta el país en esa materia. La investigación fue realizada a requerimiento del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) y publicada en 2012.
El conjunto de informaciones generadas es crucial para planificar el futuro hídrico de la nación, pero transcurrido un lustro de que fuera hecho público, no se han implementado las recomendaciones que contiene.  
¿Dónde hay mayores complicaciones de agua, conforme este estudio? Las cifras más preocupantes se presentaron para la región hídrica a la que pertenecen el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo: “La región Ozama-Nizao se encuentra en tensión hídrica permanentemente desde 2005 con disponibilidad per cápita de 1,251 m3/habitante por año, lo cual se agravará al 2025 con 715 m3/habitante por año, que ya estaría en el rango de escasez crónica”.
Existe tensión hídrica cuando el suministro de agua disponible respecto a la demanda actúa como una limitante importante para el desarrollo de la demarcación en cuestión. Conforme a las proyecciones, de los 17.3 millones de habitantes que tendrá el país a 2025, 6.8 millones residirán en esta región hidrográfica, lo que representará el 40% de los habitantes del país.
“Estas cifras de disponibilidad per cápita señalan una baja dotación de agua por habitante en la región Ozama-Nizao, lo cual es influenciado por la cantidad de habitantes concentrados en Santo Domingo. Debe recordarse que los datos de disponibilidad de agua corresponden a valores promedios, y que de realizarse las comparaciones con el caudal firme el panorama sería de franca escasez”, se precisa en el documento.
Cuencas hídricas
El agua del país se encuentra distribuida en seis regiones hidrográficas. En el capítulo VI del libro, dedicado al balance hídrico, se indica que la cuenca Yaque del Sur es la que posee mayor disponibilidad de agua, con 5,392 millones m3/año; seguida por Ozama-Nizao, con 4,916 millones m3/año; Atlántica, con 4,851 millones m3/año; Este, con 3,884 millones m3/año; Yuna, con 3,837 millones m3/año, y Yaque del Norte, con 3,086 millones m3/año.
Esta última cuenca mantiene una fuerte presión hídrica puesto que la demanda de agua alcanza los 2,832 millones m3/año, lo que equivale al 92% de su disponibilidad. Se estima que a 2025 presentará niveles de tensión hídrica, desde el punto de vista de la disponibilidad de agua por habitante.
Otra cuenca que también mantiene una fuerte presión hídrica es la del Yaque del Sur, que tiene una demanda de agua de 4,215 millones m3/año, que representa el 78% del agua disponible en esta región hidrográfica.
Datos nacionales sobre el uso del agua en el país indican que, del agua disponible, más del 60% se destina a la producción agropecuaria, seguido de los usos ecológicos, consumo humano, industrial y turismo.
¿Qué hacer?
Para evitar la profundización de la situación expuesta, en el documento se sugieren acciones imprescindibles, como fortalecer los programas educativos dirigidos a la población y a las comunidades para promover una cultura de uso racional del agua y de conservación de los recursos hídricos y las cuencas hidrográficas, así como modernizar las infraestructuras de riego.
“Es recomendable que se diseñen y ejecuten programas específicos de ahorro en el uso de agua para producción de cultivos, que se propongan cambios en patrones de cultivos restringiendo o incentivando estos cultivos en ciertas zonas o regiones y que se programe anualmente la siembra conforme a la disponibilidad hídrica.
La conservación de cuencas debe fomentarse, incluyendo tanto proyectos de restauración de cuencas o reforestación o agroforestación, como de control de erosión”, se indica. Otra acción inaplazable es mejorar la eficiencia de las redes de suministro de agua potable.
En el documento se advierte que, de no emprender las acciones necesarias, la situación se agravará progresivamente: “Con los niveles actuales de eficiencia en el uso del agua, ya en el año 2020 el agua de la cuenca del río Yaque del Norte no será suficiente para cumplir con todos los compromisos del agua y mantener un flujo adecuado para los ecosistemas”.

http://www.listindiario.com/economia/2017/03/22/458800/cifras-de-agua-a-futuro-en-el-pais-son-alarmantes

El agua, principio supremo de la vida: Está al servicio del hombre para usar, no para abusar

SANTO DOMINGO,R.D.- La vida, tal como la entendemos, es hasta nuestros días un suceso discontinuo en el universo que está asociado íntimamente a las condiciones presentes en el planeta Tierra.
Es en la Tierra, Planeta Azul o Planeta Agua el único planeta del sistema solar donde hay presencia de agua en estado liquido. En la tierra primitiva, aun sin vida, existían agua y radiación solar. La radiación ultravioleta proveniente del Sol, actuando sobre el agua generó vapor de agua. El vapor de agua expuesto a la radiación ultravioleta durante millones de años se fue descomponiendo en sus dos elementos constitutivo, hidrógeno y oxígeno, una parte del cual, activado por la radiación ultravioleta, se transformó en Ozono creando una envoltura que protegió a la Tierra de las radiaciones ultravioleta y favoreció la creación de moléculas de carbono más complejas, las proteínas. A partir de ahí el camino para la vida orgánica y la evolución estaba abierto.
El Agua ha sido el factor que creó en la Tierra las condiciones para la vida y es directa e indirectamente el sustento de todas las formas de vida. En este contexto el agua y la vida se hallan tan íntimamente unidas que no es posible la una, sin la otra. Pero el agua también está supeditada al hombre y su servicio. Si el hombre atenta contra el Agua, también atenta contra sí mismo.
Qué puede y debe hacer el hombre ante la misma naturaleza o de los originados por sí mismo y son causas de un estado crítico del agua, y que es perceptible a través de realidades numéricas como lo indican los informes de las Naciones Unidas donde señala que, en los próximos 20 años, la cantidad de agua disponible para todos decrecerá en un 30 por ciento, que el 40 por ciento de los habitantes del mundo actualmente no tiene la cantidad necesaria para el aseo y que aproximadamente 1.8 millones de niños muere al año a causa de enfermedades de origen hídricas. Lo mínimo que debemos hacer es adoptar una posición ante el agua no solo de respecto, protección y cuidado, sino desarrollar una visión más completa que permita superar su manejo como una mercancía sin valor, para avanzar a una comprensión y reconocimiento del agua como recurso único y soporte de la vida en la tierra.
Todos somos responsables de cuidar el agua, no evada tu responsabilidad. Recuerda que cuidar el agua es cuidar la vida.



http://hoy.com.do/el-agua-principio-supremo-de-la-vida-esta-al-servicio-del-hombre-para-usar-no-para-abusar/

miércoles, 22 de marzo de 2017

Cómo beneficiará a los afiliados la reforma a ley 87-01 de la Seguridad social

SANTO DOMINGO,R.D.- En los últimos cinco meses, los distintos sectores que componen el Sistema Dominicano de Seguridad Social han estado planteando sus consideraciones y críticas en torno al proyecto de reforma a la ley 87-01, de Seguridad Social, elaborado por el Poder Ejecutivo.El sector financiero argumenta que la propuesta gubernamental pone en riesgo la sostenibilidad del Sistema; el Colegio Médico Dominicano, que la reforma elimina la libre elección del médico y clínica de preferencia del afiliado y el Gobierno, por su parte, asegura que aumentará los beneficios de los afiliados.

Según un documento elaborado en febrero pasado por el superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Pedro Luis Castellanos, al que tuvo acceso elCaribe, la reforma mejorará la cobertura de los afiliados en los siguientes aspectos:

Beneficios para los afiliados

Amplía hasta los 23 años la cobertura de los hijos de los afiliados; incrementa los subsidios por Enfermedad Común y mantiene a los pensionados en la misma Administradora de Riesgos de Salud (ARS) a la cual estuvieron afiliados mientras estaban activos, garantizando que no se interrumpa la continuidad de cobertura a los servicios de salud.

Asimismo, garantiza el derecho del afiliado a la Atención Primaria y adscripción a establecimientos de primer nivel con enfoque familiar y comunitario para garantizar atención integral y continuada de sus principales necesidades y problemas de salud. Sin copagos y con cobertura de medicamentos, laboratorios y otros procedimientos.

Se elimina el Régimen Contributivo Subsidiado, lo que según las autoridades, permitirá que los trabajadores por cuenta propia con capacidad contributiva puedan afiliarse al Régimen Contributivo y los que no puedan, se afiliarán al Régimen Subsidiado.

Se podrán afiliar los trabajadores bajo contratos temporales, como los del sector de la construcción, al Seguro Familiar de Salud y se incluyen las atenciones por accidentes de tránsito al Plan Básico de Salud.

De igual modo, se darán facilidades de afiliación a las nuevas micro y pequeñas empresas formalizadas ante el Ministerio de Industria y Comercio. Esto incluye tres años de afiliación voluntaria al Seguro de Pensiones y obligatoria a los Seguros de Salud y de Riesgos Laborales.

También se plantea la revisión cada dos años del catálogo de prestaciones, tarifas y honorarios del Plan Básico de Salud y la regulación de la Sisalril para la venta de todos los planes de seguros complementarios para evitar la doble cotización. Asimismo, se abre la posibilidad de incluir al SFS a los familiares hasta el tercer grado de consanguinidad.

Qué mejorará en riesgos laborales

De acuerdo al borrador de reforma, se incrementarían los montos de subsidios por accidentes y enfermedades laborales y las personas tendrían derecho a una pensión por vejez aunque se disfrute simultáneamente de una pensión por discapacidad laboral.
Asimismo, se incrementa 100% el monto de las indemnizaciones por enfermedades y accidentes laborales, así como el monto de las pensiones por discapacidad laboral se indexarán según el costo de la vida y se amplía el beneficio de los sobrevivientes de los pensionados.

De igual modo, se mejora el auxilio funerario hasta cinco salarios cotizables y se le elimina la discriminación por edad del cónyuge para acceder a la pensión de sobrevivientes del Seguro de Riesgos Laborales.
Según el Gobierno, se reducirán fondos de AFP
Se reducen los beneficios de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y se eleva de un 8% a un 8.39% del salario cotizable, el monto acumulado, mensualmente en la cuenta de capitalización individual de cada trabajador, sin que se incremente las cotizaciones ni del trabajador ni de su empleador. Se contempla que las pensiones del Seguro de Discapacidad, Vejez y Sobrevivencia, por discapacidad total permanente sean vitalicias y el derecho a permanecer en el Plan de Pensiones de Reparto al cual pertenezca.
Abre posibilidad de más de un plan previsional
La reforma propone que los afiliados tengan derecho a participar en más de un plan previsional de reparto y/o de capitalización individual, y que puedan disfrutar de dos o más pensiones por vejez y una rentabilidad mínima de sus respectivos fondos capitalizados. Asimismo, se flexibiliza el traspaso voluntario de los afiliados entre AFP y se reconocen los derechos adquiridos de las personas que cotizaron a sistemas de reparto, mediante un fondo especial que garantice la pensión mínima. 


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La DIDA ha jugado un papel tímido en sistema de Seguridad Social



SANTO DOMINGO,R.D.- La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), cuenta con un presupuesto definido y autonomía operativa. Es responsable de: promover el Sistema Dominicano de Seguridad Social e informar a los afiliados sobre sus derechos y deberes; recibir reclamaciones y quejas, así como tramitarlas y darles seguimiento hasta su resolución final; asesorar a los afiliados en sus recursos amigables o contenciosos, por denegación de prestaciones, mediante los procedimientos y recursos establecidos por la ley y sus normas complementarias; realizar estudios sobre la calidad y oportunidad de los servicios de las AFP, del Seguro Nacional de Salud (SNS) y las ARS, y difundir sus resultados, a fin de contribuir en forma objetiva a la toma de decisión del afiliado; supervisar, desde el punto de vista del usuario, el funcionamiento del Sistema Dominicano de Seguridad Social.  La entidad cuenta con normas complementarias que establecen las funciones específicas y las normas y procedimientos para que los afiliados tengan un instrumento de defensa y orientación real. No obstante, ninguno de los encuestados sabía de la existencia de la entidad. 

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martes, 21 de marzo de 2017

Análisis del ciclo de vida y su impacto ambiental



Sin duda alguna es muy importante asegurar el futuro de las generaciones venideras, es por ello la gran importancia que tiene brindarles un medio ambiente apto y adecuado para que ellos puedan desarrollarse. 

Debido a la globalización, las empresas no sólo buscan el interés de vender un producto, sino buscan estar a la par con satisfacer las necesidades de los clientes además de poder mantener un estándar de calidad y que sea agradable al medio ambiente. Es muy bien sabido el tema relacionado con el medio ambiente ha tomado una fuerza muy importante en nuestra sociedad ya que las personas buscan realmente tiempo y los recursos naturales que están relacionados con los productos y/o servicios que reciben.

Es por ello que las empresas se han encontrado con una nueva disyuntiva, no sólo deben de ofrecer productos con calidad y que a su vez satisfagan las necesidades de los clientes, sino que a la par deben de ser productos y/o servicios que conserven el medio ambiente.

Debe quedar muy en claro que el impacto que un producto tiene en el medio ambiente, inicia desde la obtención de la materia prima, hasta que el producto llega consumirse. 

Es por ello la gran importancia que tiene el ciclo de vida ya que es una metodología qué nos va ayudar a poder ubicar y cuantificar cuáles es son los efectos potenciales que el producto va a tener en el medio ambiente. 


Origen y evolución ACV
El desarrollo del Análisis del ciclo de vida inicio casi a la par en Estados Unidos algunos países de Europa. La primera institución que se encargó de aplicar el análisis del ciclo de vida fue el Midwest Research Institute para la empresa Coca-Cola en el año de 1969, en dónde el análisis se enfocó en la disminución del consumo de recursos trayendo consigo una disminución en cuanto a las emisiones ambientales.

Los estudios siguieron en la década de los setentas, sin embargo, la agencia encargada de la protección ambiental indicó que los análisis del ciclo de vida no se realizaran en empresas pequeñas, ya que esto involucra costos altos y tiempo. Otros autores como Lan Boustead, realizó un análisis basado en la energía qué se utilizaba en la producción de envases de bebidas.

Sin embargo, el análisis del ciclo de vida tuvo un gran crecimiento en la década de los ochentas, Ya que en esta década surgieron dos aspectos muy importantes: El primero de ellos fue la creación de nuevos métodos cuantificar la huella que el producto iba a dejar problemáticas ambientales. Por otro lado, el análisis del ciclo de vida comenzó a estar disponible para todo público, es decir que cualquier persona podría realizarlo. (Fullana y Puig, 1997) 
La sociedad de toxicología ambiental y química fue la organización qué desarrolló las discusiones relacionadas con el análisis del ciclo de vida, ya que en el año de 1993 realizó el primer código internacional llamado código de prácticas para el análisis del ciclo de vida, con la finalidad de poder estandarizar todos los estudios realizados hasta la fecha para que todos se basarán una misma metodología, trayendo consigo un fuerte impacto a nivel mundial, ya que comenzaron a realizarse talleres, conferencias y leyes relacionadas con el análisis del ciclo de vida. Al ver el gran crecimiento qué traía esta metodología la ISO comenzó a darle el apoyo necesario para poder unificar una estructura bien establecida en cuanto a la forma en cómo se iba a trabajar lo cual involucraba unificación de formas, métodos, procedimientos y terminologías. (Zaénz y Zufía, 1996)

Cómo se ha visto, en los últimos 30 años el análisis del ciclo de vida ha tenido un avance increíble a pesar de qué se encuentra en etapa de desarrollo.

Metodología ISO
  • La norma ISO 14040:1997, determina que el análisis del ciclo de vida, es una herramienta qué nos va ayudar a poder ubicar todos aquellos aspectos relacionados con el impacto ambiental que trae consigo la elaboración de un producto o servicio.
  • La norma ISO 14401:1998, específica las necesidades y procedimientos para poder realizar la definición de los objetivos, alcance del estudio lo cual ayudará para poder realizar un informe del análisis del inventario el ciclo de vida.
  • La norma ISO 14042:2000, en ella se describe y se establece una estructura general de la fase de análisis del impacto, en dónde se relacionaran con otras fases del Análisis del ciclo de vida.
  • La norma ISO 14043:2000, en ella proporcionan las recomendaciones para poder realizar la fase de interpretación análisis del ciclo de vida en esta no sé especifican metodologías para poder realizar esta fase.
  • La norma ISO 14048, en esta norma se entrega información de todos los datos qué sirven como base fundamental para la evaluación del Análisis del ciclo de vida.
  • La norma ISO 14049, posee ejemplos que ilustran de manera muy clara la aplicación de la guía ISO 14041
La metodología de acuerdo a la norma ISO 14040:1997, toma en cuenta una serie de etapas de trabajo que están conectadas, que de una forma u otra llevan una secuencia definida sin embargo en ocasiones se puede realizar en el análisis pasando por encima de alguna de estas etapas. (Guía, 2001)

Las etapas son: objetivo y alcance del estudio, análisis del inventario, análisis del impacto e interpretación.

En la etapa de objetivos y alcance del estudio se debe precisar objetivos qué conllevan a la realización del estudio así como la delimitación del sistema que se va a analizar a fin de poder identificar los componentes del ciclo de vida. Para ello se deben definir tres aspectos muy importantes:
  • Función del sistema: Se deben representar las funciones que precisan el sistema en estudio. Esto es de suma importancia en aquellos casos donde el producto puede cumplir diferentes funciones. Si el ACV se realiza para contrastar ambientalmente varios sistemas, se debe garantizar que cumplan la misma función.
  • Unidad funcional: La unidad funcional se describe a la base de cálculo sobre la cual se desarrollarán los balances de materias y energía. En el caso de ACV comparativos, se debe seleccionar una unidad funcional que refleje la función que interesa comparar.
  • Límites del sistema: Se debe ubicar el conjunto de procesos unitarios o subsistemas que aprueban producir el producto en estudio. Esto incluye la obtención de los recursos primarios, todos los procesos de fabricación y transporte de los componentes del producto y sus materias primas, además de todas las fases del ciclo de vida del producto terminado. Es indispensable resolver qué procesos y etapas del sistema se van a incluir en el estudio, así como los criterios que se utilizan para tal decisión y su compatibilidad con los objetivos del ACV. Es importante establecer los límites geográficos de las actividades a incluir en el ACV, ya que pueden ser afectadas por condiciones locales.
En la etapa del análisis de inventario, se debe desarrollar un balance entre materia y energía por medio de los diferentes componentes del ciclo de vida. El análisis de inventario es un balance de materia y energía del sistema, aunque puede incluir otros parámetros, tales como: utilización del suelo, radiaciones, ruido, vibraciones, biodiversidad afectada, etc. Comprende la recopilación de los datos y la realización de los cálculos adecuados para cuantificar las entradas y salidas del sistema estudiado:
  • Entradas: son las materias primas y las fuentes de energía
  • Salidas: son las emisiones al aire, al agua y al suelo, y los productos

http://www.estrucplan.com.ar/secciones/articulos/verarticulo.asp?IDArticulo=3621

lunes, 20 de marzo de 2017

Punta Catalina no es viable

SANTO DOMINGO,R.D.- Sulpicio Medina Peña, quien es ingeniero electromecánico y profesor del Departamento de Ingeniería Electromecánica de la UASD, remite un análisis sobre la controversial planta Punta Catalina, que merece ser conocido y que esta columna se honra en divulgar. A continuación el informe del ingeniero Medina, con algunos recortes por falta de espacio:
Un simple ejercicio aritmético lleva a la conclusión de que el proyecto Planta Punta Catalina no es viable desde el punto de vista financiero y todavía está por verse si es viable desde el punto de vista ecológico. En el sistema eléctrico nacional se pierde el 33.33 % de la energía que reciben las distribuidoras eléctricas desde las plantas generadoras, ¿cuál negocio es financieramente sostenible si pierde 1/3 de la mercancía?
El Estado nunca cobraría esa energía mientras encuentre la forma de subsidiarla. Siendo así, el problema nunca se resolvería ni con 20 plantas Punta Catalina. Mientras no se le tape el agujero a ese barril sin fondo llamado sistema eléctrico nacional, nunca habría solución.
Veamos: la planta Punta Catalina es de 770 MW pero tendría un consumo propio de 74.8 MW, o sea, tiene potencia neta de 695.2 MW. Suponer que trabaje al 80 % = 0.80 de su potencia nominal y que trabaje el 90 % = 0.90 del tiempo que es aproximado de unos 25 años de vida útil = 219,000 horas.
La energía producida sería 695.2 por 0.80 por 0.90 por 219,000 = 109,619,136 MWH, o sea, unos 110 millones de MWH (megavatio-hora). De esa energía inyectada al sistema eléctrico se perderían el 33.33% = 0.3333. La energía perdida sería 36.66 millones de MWH. Cada MWH producido con carbón con tecnología sub-crítica es de US$81 (81 dólares).
El dinero perdido sería 36.66 millones por 81 dólares es igual a US$2,970 millones de dólares igual a 3 plantas Punta Catalina. O sea, US$119 millones de dólares cada año. Ese déficit anual el Gobierno lo podría financiar con préstamos o bonos soberanos, lo cual implicaría en 25 años muchos miles de millones de dólares en capital e intereses.
La energía de Punta Catalina sería la más cara del mundo si con la venta de esa energía se cubriera el costo de la planta sobrevaluada, el puerto carbonero, el terreno donde se construye, el financiamiento, los costos de operación y mantenimiento, etc. En conclusión: una planta con un sistema eléctrico así, no es viable ni sostenible mientras persistan los niveles de pérdidas.
El problema no es de falta de plantas, sino de pérdidas. Es más prioritario enfrentar las pérdidas que instalar nuevas plantas. sulpicio.m@gmail.com


http://elnacional.com.do/voces-y-ecos-327/

domingo, 19 de marzo de 2017

Duda que cambios a ley 87-01 mejoren pensiones

SANTO DOMINGO,R.D.- El diputado Ramón Cabrera desconfía que la modificación a la ley 87-01 de Seguridad Social, que discute el Poder Ejecutivo, logre una pensión digna a los trabajadores dominicanos al momento de su retiro.El presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja se mostró preocupado por las modificaciones de la ley en lo que respecta al tema de la administración de los fondos de pensiones. “Lo que se plantea es una comisión por saldo. Sería una comisión que cobraría un porcentaje sobre el total de los fondos que tienen todas las AFP, los fondos van aumentando cada año, por tanto se debe poner algún desmonte en el tiempo”, explicó.

“Porque si usted tiene una comisión fija y los fondos van subiendo, las ganancias se irán elevando cada vez más. De manera que hay que tener control, las ganancias deben ser en función de la rentabilidad sostenida” prosiguió el diputado del PLD por Santo Domingo Este.

Cabrera expresó que con estas comisiones las Administradoras de los Fondos de Pensiones serán más beneficiadas que en la actualidad, pero esto no refleja lo mismo para el cotizante.

“Me sorprende que las AFP no estén protestando por la eliminación de algunos fondos que se proponen en este proyecto. Me explico, las AFP no han protestado por el porcentaje que se le está asignando para cobrarlo de comisión que es un 0.7% sobre el saldo de los fondos, además en la propuesta se está eliminando el 0.5 % de comisión que cobraban de manera administrativa del salario de los trabajadores y el 30% de comisión complementaria que yo pedía que se redujera de un 30 a un 15%”, expuso el legislador al referirse al proyecto de ley que trabajó y que buscaba que reducir de 30 a 15 por ciento la comisión que cobran las AFP por administrar los fondos de pensiones. Este proyecto perimió por segunda ocasión en el Senado de la República.

El diputado dijo que el anhelo de todos los trabajadores es que al momento de su retiro dispongan de fondos “respetables” y que de aprobarse esas modificaciones no será así.

Sistema de pensiones

Planteó que en el país debería haber una transición para que opere un sistema mixto de pensiones, tanto el de reparto, como el de capitalización individual en altos niveles de ingresos. “Es que parecería que el sistema de capitalización individual fue pensado para países desarrollados donde hay estabilidad en el ingreso, en los salarios y que la gente tuviera estabilidad, porque hay que acumular para una pensión por vejez 360 cotizaciones, 30 años de trabajo”.
Solo un 10.4 % ha logrado 164 cotizaciones
El diputado criticó que con el sistema de capitalización individual, el cotizante sea pensionado con un 23-35 % de su sueldo. Dijo que en los primeros catorce años del sistema apenas un 10.4% de los empleados que cotizan ha logrado las 164 cotizaciones, o sea, unos 194 mil empleados de 3 millones 400 mil dominicanos afiliados. “En tanto que el 52% al llegar a la edad de 60 años no reunirán las 300 cotizaciones requeridas para una pensión de vejez”.
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sábado, 18 de marzo de 2017

Favorece el sistema reparto en modificación a ley Seguridad Social -

SANTO DOMINGO,R.D.- La presidenta de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, Inés Xiomara Bryant, consideró que el sistema de pensiones del país debe volver al método de reparto y no de capitalización individual como rige la ley actual. En este planteamiento, la diputada coincide con el Colegio Médico Dominicano, que presentó al Poder Ejecutivo un conjunto de 29 observaciones a la Ley 87-01 de Seguridad Social, dentro de las que figura la sustitución de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y el sistema de capitalización individual por un sistema de reparto.

“Con el sistema actual no hay una pensión digna y el usuario pierde su derecho de mantenerse dentro del seguro médico después de su retiro”, expresó la legisladora por San Pedro de Macorís, que inició una serie de consultas con los sectores involucrados en el tema con miras a la modificación a la ley de seguridad social propuestas por el Poder Ejecutivo y que aún no ha sido sometida al Congreso Nacional.

Salud

La diputada estableció que tras 15 años la ley de Seguridad Social debe ser fortalecida e implementar un verdadero catálogo en el sistema de salud.

“El catálogo ha sido cercenado, solamente una parte ha sido puesto en ejecución porque no es posible que una persona vaya y se consulte con la tarjeta, pero no puede hacerse los estudios porque el plan subsidiado no le cubre. En el sentido del contributivo, siempre tiene que pagar una diferencia en las consultas.

Explicó que se busca reformar los regímenes contributivo, subsidiado y contributivo/subsidiado, este último dijo no se aplica por falta de voluntad política de los gobiernos.

“Más de tres millones de dominicanos no se han podido beneficiar de este sistema porque no se ha hecho el esfuerzo para que ese sector entre”, expuso.

En tanto que el presidente de la Comisión de Salud de la Cámara Baja, Juan Carlos Quiñones, está a favor de que el sistema mixto de cotización (contributivo-subsidiado) sea eliminado.

“Hay trabajadores independientes especializados que tienen entradas fijas muy buenas y que pueden pagar un plan de seguro médico para su familia, porque el Estado debe subsidiar a las personas pobres”, por eso consideró que el Estado, con los mecanismos que tiene, debe hacer un censo para establecer quiénes son los que califican para recibir el subsidio de salud por parte del Gobierno. Asimismo se mostró a favor de la eliminación del veto del CNSS.
CNTD rechaza eliminación del veto 
La Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD), rechazó la eliminación del veto en el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) como establece el proyecto de reforma a la ley 87-01. Jacobo Ramos, presidente del gremio, afirmó que el veto en el CNSS mantiene el control, “actualmente tenemos autoridades confiables, pero los cargos son sujetos a cambios, y no se puede predecir cómo se manejarían las futuras autoridades”.

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viernes, 17 de marzo de 2017

Senasa dice el fin de la Seguridad Social son los usuarios -

SANTO DOMINGO,R.D.- La entrada en vigencia del primer nivel de atención, y con ella, la eliminación del copago por consultas; el aumento del monto de los subsidios por enfermedad y lactancia; la reducción de las ganancias de las Administradoras de Fondos de Pensiones, así como el fortalecimiento de las entidades supervisoras y fiscalizadoras del sistema, son algunas de las bondades del proyecto de reforma a la Ley 87-01 de Seguridad Social, que redundarán en beneficio de los afiliados.

Así lo considera el director ejecutivo del Seguro Nacional de Salud (Senasa), Chanel Mateo Rosa, quien afirma que la actualización de la normativa ha seguido un proceso de socialización con todos los sectores involucrados (empresarial, sindical y gremial), cuyos representantes han presentado sus recomendaciones a la espera de que en una próxima reunión, bajo la coordinación del ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, se decida cuáles se incorporarán al proyecto que se someterá al Congreso.

El funcionario revela que la gobernabilidad del sistema de Seguridad Social, especialmente lo relativo a la eliminación del veto, ha sido uno de los puntos más críticos de las discusiones, por la oposición tajante del sector empresarial.

En ese sentido, Chanel Rosa rebate el argumento de los empresarios, quienes alegan que si ellos pagan la Seguridad Social deben preservar el derecho a los mecanismos de selección. “Frente a ese argumento hay que decir dos cosas importantes: primero, ellos no pagan la seguridad social, la seguridad social la paga el consumidor (...) ellos son agentes de retención de ese costo, si fuese así, igual tendrían entonces ellos que tener representación en el Gobierno porque pagan impuestos”.

Asimismo, agrega que es poco ético que los empresarios pretendan incidir en el órgano regulador, como es el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) para proponer y seleccionar a los superintendentes, tanto de Salud como de Pensiones, que los van a supervisar y regular.

También deplora que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) se opongan a que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) supervisen los planes voluntarios de salud. “Hay que supervisarlos, porque son planes de salud en un mercado donde la gente casi no tiene información, o muy poca información y alguien tiene que regularlo, y alguien tiene que mirarle la letra pequeña a los contratos para decirle al ciudadano, mire, usted lo puede comprar, pero recuerde que si usted tiene un problema preexistente no se lo va a cubrir, entonces eso le corresponde a la Sisalril”.

Sostiene que actualmente el afiliado se encuentra atrapado entre las ARS y los prestadores de servicio de salud, lo que justifica que la Sisalril regule la relación entre prestadores y aseguradores.

“Si se leen las distintas posiciones de los sectores, cada quien está reivindicando su sector, no ha habido de ninguno de los sectores una visión integral del tema, sino que cada quien ve donde presumiblemente la reforma puede afectarle, y ahí es que tiene que entrar el Estado como garante de los derechos fundamentales del ciudadano, porque un sistema de seguridad social no es un sistema que debe tomar en cuenta solo los agentes, sino y fundamentalmente a la población”.

Atención primaria reduciría gastos
Al conversar con elCaribe, el director de Senasa también defendió la entrada en vigencia de la Atención Primaria a la que se opone el Colegio Médico Dominicano (CMD) y la Asociación de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip), argumentando que no hay un sistema de Seguridad Social en el mundo que no esté basado en el primer nivel de atención.

“Cuando el doctor Waldo Suero refiere que perderían el 80% de las consultas que no irían a los especialistas, está diciendo dos cosas: primero, que ese 80% se puede resolver en un primer nivel de atención y segundo, que su interés está en los médicos y no en los afiliados”.

Asegura que en este nivel, los afiliados no tendrían que pagar copago en las consultas y que las personas con enfermedades crónicas, como diabetes e hipertensión, tendrían garantizado su medicamento completo todos los meses de acuerdo a la dosis prescrita.

Asimismo, dijo que esos centros para ser habilitados por la Sisalril y el Ministerio de Salud deberán contar con un médico familiar, un internista, un ginecoobstetra y un pediatra. “Lo que no se resuelva ahí, iría a un segundo nivel, eso no quita el tema de la libre elección, porque si tu quieres ir a tu médico, vas y simplemente pagas la diferencia”, dice.

El funcionario revela que según estudios, el 25% de los afiliados del régimen contributivo están yendo a los hospitales públicos porque no pueden hacer el copago. “Entonces, ese proyecto está pensado en esa parte de la población que es la inmensa mayoría de los afiliados”. La ley también dispone la creación del Instituto Nacional de Riesgos Laborales, que prevé incrementar las prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Aumenta la capacidad recaudatoria y de supervisión de la Tesorería de la Seguridad Social e integra a la Dirección de Información y Defensa del Afiliado (DIDA) al CNSS con derecho a voz.
Sin salarios buenos no habrá pensiones buenas
Mateo Rosa dice que es muy difícil mejorar las pensiones bajo un Sistema de Capitalización Individual como el que impera en el país, pues para hacerlo deberían mejorarse los salarios y la base de cotización, razón por la cual el Gobierno plantea la reducción de las ganancias de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Afirma que se trata de un sector oligopólico que ha ganado RD$20 mil millones durante la vigencia de la ley, mientras los cotizantes tendrán que retirarse con apenas el 22% de su salario. Dijo que personalmente se inscribe en el sistema mixto que contempla el reparto y la capitalización individual, mediante el cual toda la población tendría acceso a una pensión básica y aquellos que así lo deseen, opten por una pensión complementaria bajo la gestión de las AFP.

Recordó que de siete países que tienen el régimen de capitalización, Argentina y Bolivia lo han derogado y Chile y El Salvador están en ese proceso.


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